La cotización parcial de los autónomos se negociará en la Subcomisión de Empleo

Lorenzo Amor, presidente de ATA: “todos tenemos muchas ganas pero es una reforma que hay que afrontar con tranquilidad. Es un reto que debe abordarse con la profundidad que merece y la suficiente reflexión”.

La cotización parcial de los autónomos se negociará en la Subcomisión de Empleo

“Tranquilidad, profundidad y reflexión” es lo que Lorenzo Amor, presidente de ATA ha pedido para el desarrollo del modelo de cotización parcial de los autónomos, que se negociará en el Parlamento bajo el marco de la Subcomisión de Empleo para la Reforma del RETA (Régimen General de Trabajadores Autónomos). Ésta posibilidad es una vieja reivindicación que muchas veces se ha puesto sobre la mesa. Incluso, el Estatuto del Trabajo Autónomo lo contempla aunque, hasta el momento, no hay un reglamento al efecto.

En este sentido, ATA constata que Seguridad Social ya nos ha comunicado que iniciará conversaciones con los representantes del colectivo para estudiar fórmulas de cotización a tiempo parcial para los autónomos. Ahora bien, éstas tendrán que ir paralelas a los trabajos de la subcomisión creada en el Congreso de los Diputados, que ya tiene esta tarea entre los objetivos a tratar.

Desde la Federación nos ponemos a disposición del Gobierno para encontrar, cuanto antes, soluciones para aquellos autónomos que por su actividad, temporalidad u otras condiciones no realizan una actividad a jornada completa.

Lorenzo Amor, presidente de ATA, explica que “todos tenemos muchas ganas pero es una reforma que hay que afrontar con tranquilidad. Es un reto que debe abordarse con la profundidad que merece y la suficiente reflexión”.

Pendiente de desarrollo

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 aplazaba la entrada en vigor de la posibilidad de ejercer a tiempo parcial la actividad autónoma hasta el 1 de enero de 2017. Sin embargo, a pesar de las modificaciones realizadas en su momento en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, para el efectivo desarrollo de esta posibilidad será necesaria la implantación de las siguientes reglas específicas:

° Establecer las condiciones para la inclusión en el RETA de los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial;

° Fijar un sistema de cotización a tiempo parcial ad hoc para los trabajadores autónomos, por actividades o colectivos o durante determinados periodos de su vida laboral;

° Diseñar un sistema de reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social a quienes ejerzan su actividad a tiempo parcial, en análogas condiciones a las de un trabajador por cuenta ajena en la misma situación contractual.