Cómo tramitar el aplazamiento del IVA

Como casi siempre con la administración, la tramitación del aplazamiento del IVA comienza con una solicitud del autónomo ante la Agencia Tributaria.
Cómo tramitar el aplazamiento del IVA

Hacienda permitirá que los autónomos y pymes aplacen el IVA sin que tengan que justificar que no han cobrado las cuotas repercutidas. Pero ¡ojo! sólo para las solicitudes automatizadas. Es decir, las que se tramitan a través de la web de la AEAT. El resto podrán solicitar el aplazamiento pero deberán aportar la documentación que pruebe que dichas cuotas repercuitdas no han sido pagadas por sus clientes o proveedores.

Para las solicitudes automatizadas el contribuyente ha de acceder a la opción de "Aplazamiento y fraccionamiento de deudas" situado en el apartado "Trámites destacados" de la Sede Electrónica. También puede acceder desde "Recaudación" del apartado "Todos los trámites" a "Aplazamientos y fraccionamientos", en Sede Electrónica.

Si se hace presencialmente, el interesado deberá acudir al departamento de aplazamientos de la oficina de la AEAT que le toque y tramitar la demora en los pagos al mismo tiempo que presenta el modelo de autoliquidación 303 del IVA. En el caso de otros impuestos, el modelo que corresponda pues el procedimiento es el mismo.

La propuesta de aplazamiento la realiza el contribuyente, es decir, que es él quien decide en cuantos plazos, siempre mensuales, paga hasta un máximo de 12 meses las personas físicas y hasta un máximo de seis meses las personas jurídicas.

Hay que recordar que para deudas hasta 30.000 euros no es necesario presentar ninguna garantía de pago. A partir de 30.000 hay que acudir con algún tipo de garantía, un aval fundamentalmente.

Un dato imprescindible y obvio es facilitar a la AEAT una cuenta bancaria donde se realizarán las domiciliaciones si, y esto es importante, se recibe una notificación de que el aplazamiento ha sido concedido. En dicha carta, se comunicarán los plazos aprobados y la cantidad a pagar en cada uno, así como la total. Porque no hay que olvidar nunca que pagar a plazos no es gratis. Hacienda cobrará como si fuera un préstamo y aplicará el interés legal del dinero vigente en ese ejercicio a la cantidad adeudada.

En el caso de que la AEAT rechace el aplazamiento se puede interponer un recurso.

Para solicitar el aplazamiento por vía digital, hay que disponer del certificado electrónico (firma digital) que conceden las autoridades de certificación o mediante el sistema cl@ve PIN.