Se espera una avalancha de asuntos en los juzgados

Las 5 causas por las que los autónomos están acudiendo más a los tribunales

Muchos autónomos están acudiendo más a juicio a raíz de las consecuencias de la pandemia en sus negocios, así lo alerto el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que espera una avalancha de asuntos judiciales. A continuación, las cinco causas más habituales por las que los profesionales recurren a los tribunales.

 

Tribunal Supremo
Los cinco motivos por los que los autónomos acuden más a juicio.
Las 5 causas por las que los autónomos están acudiendo más a los tribunales

Muchos autónomos tendrán que acudir a los tribunales para defender los derechos que les han sido arrebatados por la Administración pública a raíz de la pandemia del Covid-19. De hecho, el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Celso Rodríguez, auguró una avalancha de asuntos en los órganos judiciales durante los últimos meses, "especialmente relacionados con compensaciones económicas" derivadas de la responsabilidad de la crisis sanitaria. Últimamente, los dos casos más llamativos y que más controversia han generado en este sentido, son la inconstitucionalidad del primer Estado de Alarma impuesto por el Gobierno y la presentación de concursos de acreedores con deudas con Hacienda o Seguridad Social.

"No cabe ninguna duda de que en los próximos meses se producirá un incremento del ingreso de asuntos en los órganos judiciales. Todo lo que ha generado la pandemia en términos de perjuicio económico, empresarial e, incluso, en lo personal, va a tener un impacto indudable en lo que es la llamada a la justicia", aseguró Rodríguez durante la presentación de la Memoria del tribunal regional correspondiente al año 2020. Asimismo, advirtió que este aumento de demandas que tendrán que procesar los distintos tribunales, repercutirá, inevitablemente, en más tiempo de espera de respuesta judiciales. "Este impacto se verá especialmente en la jurisdicción Penal y Mercantil, que sufrirá la mayor sobrecarga de asuntos", añadió el presidente del TSJM.

No obstante, la crisis económica del coronavirus no es el único detonante para que los trabajadores por cuenta propia recurran a los tribunales. Los autónomos tienen otras razones para elevar su caso a la autoridad judicial, como, por ejemplo, la comprobación de deducciones en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF). "Es algo que genera siempre mucha conflictividad entre el colectivo y Hacienda, y que en la mayoría de los casos acaba en manos de la justicia", explicó José María Salcedo, abogado tributario y socio del bufete Ático Jurídico. A continuación, las cinco casuísticas más comunes por las que los profesionales al frente de un negocio recurren a la justicia y cuál es el procedimiento para llevarlo a cabo:

Cinco razones de los autónomos para acudir a juicio

Indemnizaciones por el Estado de Alarma

Por cierre de los negocios

La ilegalidad o no del primer Estado de Alarma que impuso el Gobierno entre los meses de marzo y junio de 2020, con sus posibles indemnizaciones a los negocios por prohibirles desarrollar su actividad, ha estado en el punto de mira desde principios de verano. Finalmente, el Tribunal Constitucional determinó que la medida era inconstitucional, lo que abrió la puerta a las reclamaciones de una compensación económica por parte de los autónomos al Gobierno. Para lo cual, los profesionales tienen que demandar a la Administración y acudir a juicio. 

Existen dos vías para llevarlo a cabo:

  • Por un lado, pueden acogerse al derecho de Responsabilidad Patrimonial de la Administración, no obstante, si bien la sentencia no rechaza de forma absoluta esta opción, "si la debilita considerablemente", explicó Alberto Ruíz, catedrático de Derecho Administrativo y socio del despacho de abogados Cremades & Calvo Sotelo. Además, para reclamar por esta vía, los autónomos deberían haber presentado una reclamación por la vía administrativa antes del pasado lunes 21 de junio, fecha en que se cumplirá un año desde que finalizó en España el primer Estado de Alarma.
  • La segunda vía que tienen los trabajadores por cuenta propia para reclamar una indemnización por el cierre de sus negocios al Ejecutivo, es la Ley Orgánica 4/1981. De hecho, el propio documento que emitió el Tribunal recoge la opción de reclamar a través de esta ley, que "avala el derecho de los autónomos a solicitar a la Administración una compensación económica por los daños derivados de la imposición de un Estado de Alarma, Excepción o Sitio; asimismo, obliga al Estado a tener que hacerse cargo de esas indemnizaciones", dijo el experto. 

Por las multas a los negocios

Por otra parte, tras conocer la sentencia del Constitucional, se ha concluido en que los autónomos pueden reclamar las multas por aforo y horarios que les impusieron durante el primer Estado de Alarma. Los magistrados consultados por este medio digital han entendido como nulas las sanciones que recibieron los trabajadores por cuenta propia, en su gran mayoría hosteleros y comerciantes, al incumplir las medidas sanitarias entre los meses de marzo y junio de 2020. No obstante, el documento oficial deja claro que sólo podrán reclamar estas denuncias aquellos profesionales que cuyo procedimiento sancionador esté todavía vigente, es decir, que "aún no hayan recibido la notificación de la denuncia, o que el procedimiento sí haya finalizado, pero hayan presentado alegaciones en contra", recordó Alberto Ruiz. No obstante, "los profesionales que hayan dado por válidas las sanciones no tienen derecho a reclamarlas, ni siquiera después de que la sentencia de los magistrados haya dictaminado que se impusieron bajo una medida ilegal", añadió.

Cerrar un negocio mediante un concurso de acreedores

Según el último Barómetro de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), más 300.000 pequeños negocios cerrarán por la emergencia sanitaria. Desgraciadamente, muchos de ellos tendrán que acudir a los tribunales para liquidar sus negocios porque acarrean deudas, no sólo con sus acreedores, sino también con la Administración pública, con quien es "prácticamente imposible llegar a un acuerdo y exonerarse de esos impagos sin pasar por un juzgado", explicaron distintos expertos.

El hecho de que el procedimiento judicial sea la única vía que tienen los trabajadores por cuenta propia para quedar libres de sus deudas públicas, se debe a que la Ley Concursal española no ha traspuesto la normativa europea en esta materia -que si prevé la exoneración de las deudas con las administraciones en caso de insolvencia- y sigue obligando al autónomo a pagar sus deudas con Hacienda y a la Seguridad Social por delante de cualquier otro acreedor y a pesar de no poder hacer frente a esos pagos. A pesar de ello, los jueces de lo Mercantil están considerando que las deudas fiscales o en materia de cotizaciones no deben tener un privilegio especial en los procedimientos concursales de la Ley de Segunda Oportunidad, y sus deudas también deben quedar exentas para el trabajador por cuenta propia.

Deducciones tributarias en el IRPF

Las deducciones tributarias en IRPF son, como ya adelantó el abogado del despacho Ático Jurídico, "un tema que genera mucha conflictividad entre los autónomos y la Administración pública que, en la mayoría de los casos suele acabar en los tribunales". Existen muchas deducciones a las que los trabajadores por cuenta propia tienen difícil acceso, sin embargo, las más comunes y "los casos que más se llevan a juicio son los gastos de las dietas y del vehículo", aseguró el experto tributario.

  • La deducción de las comidas de negocios en el IRPF para los profesionales es un "derecho que llevan años luchando, pero que, sin embargo, recientemente ha obtenido una sentencia favorable del Tribunal Supremo", explicó Salcedo. La autoridad judicial se posicionó en contra del criterio de Hacienda, que, como norma general, rechaza cualquier deducción que no esté directamente relacionada con el negocio y exige una estricta justificación del gasto. No obstante, a raíz del fallo del Supremo, "los autónomos ya tienen derecho a deducirse cualquier gasto derivado de comidas, cenas o incluso regalos, a clientes o proveedores sin necesidad de que esa acción de atención tenga que derivar en un ingreso para el negocio justificado", explicó la abogada Andrea Torner, del despacho de la asesoría online Declarando.
  • Otro de los gastos que encabeza la lista de los más de difíciles de justificar para los autónomos, y de los que más juicios protagoniza, es el derivado del vehículo. Normalmente, la propia naturaleza del gasto impide la prueba. Es el caso del combustible, las reparaciones del vehículo, los peajes o los parkings. “Hacienda suele cuestionar este tipo de compras, es casi imposible probar que el combustible del vehículo se ha utilizado única y exclusivamente para el desarrollo de la actividad. Lo mismo sucede con las reparaciones, no existen pruebas irrefutables de que estos gastos hayan sido imprescindibles para el desarrollo de la actividad”, señaló el abogado José María Salcedo.

Reducción en los alquileres de los negocios

Los pequeños negocios con locales alquilados se han visto en una situación muy complicada al inicio de la pandemia: no podía desarrollar su actividad, pero debían seguir abonando el alquiler. Tras el confinamiento, a pesar de haber reiniciado su actividad, los ingresos siguen sin estar al mismo nivel que antes de la crisis sanitaria, por lo que abonar mensualmente la renta de un local sigue siendo una tarea difícil para el colectivo. No obstante, los profesionales están empezando a conseguir rebajas en el pago de sus alquileres a través de la cláusula ‘Rebus Sic Stantibus’Los Tribunales de varios territorios del país se han posicionado a favor de los autónomos reduciendo el alquiler a la mitad, o incluso, exonerándoles por completo del pago de la renta.

Mediante la aplicación del significado de esta doctrina, que significa 'estando así las cosas', los jueces están adaptando los contratos, en este caso de alquiler, a las circunstancias actuales. Según el gestor y abogado José Rodríguez del despacho Rodríguez Albarrán Abogados, "la clave de que la justicia esté fallando a favor de los inquilinos, es que la pandemia ha generado una situación excepcional, sobrevenida e imprevisible, que afecta directamente a la base económica del contrato de alquiler", explicó. De esta forma, y al tratarse de algo ajeno a ambas partes –propietario e inquilino- que ha provocado que el negocio deje de facturar, "el alquiler no se puede mantener al mismo precio que cuando se pactó". Para que el juez aplique a favor del autónomo la doctrina, es "muy importante presentar un informe pericial donde un economista indique cuál es la situación económica del negocio a raíz de la crisis del Covid-19. Así, el inquilino podrá demostrar cuánto ha descendido su facturación para, en base a ese porcentaje, solicitar una bajada en el alquiler del local donde desarrolla su actividad. "Todos esos datos justifican que los ingresos se hayan reducido, y si el profesional puede demostrar que han caído en un 80%, podrá pedir una bajada del alquiler proporcional, es decir, de un 80%", dijo Rodríguez.

Discriminación en el complemento de maternidad

Muchos autónomos están teniendo problemas para acceder al complemento de pensiones por haber sido padres. Hace unos meses, el Gobierno aprobó una reforma del mismo para corregir la situación de discriminación que el anterior complemento de maternidad estaba generando para los hombres, ya que sólo las mujeres podían acceder a él. Sin embargo, la nueva modificación no está teniendo el efecto igualitario deseado, como señalan los expertos consultados. Lo que ha empezado a colapsar los tribunales, “las consultas y demandas sobre este asunto se han incrementado en los últimos meses, según los expertos, pese a que el nuevo complemento para reducir la brecha de género aprobado por el Gobierno en 2021 reconociese este derecho también a algunos progenitores varones”, explicó el graduado social del área laboral de AGM abogados, Rubén Mateu,

Según señaló el experto, hasta el pasado febrero los hombres que se jubilaban podían acceder a un incremento de entre el 5 %y 15% de su pensión por haber sido padres. “Acudían a la vida judicial para que en base a la decisión de Tribunal de Justifica Europeo (TJE), en la que se establecía que el complemento de maternidad era discriminatorio, se les reconociera el derecho a ese incremento de la pensión, igual que ocurría con las mujeres” dijo Mateu. Pero todo se paró el día que entró en vigor la modificación del complemento de maternidad y por el que pasó a llamarse complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género, y que estaría dejando en principio a muchos hombres fuera. “Lo que ocurre ahora es que muchos solicitantes no cumplen con los nuevos criterios establecidos y no pueden alegar a la decisión del TJE para acceder al él”.