Gracias al Real Decreto-Ley de protección social

550.000 autónomos cotizarán menos a partir de enero

El proyecto de Real Decreto-Ley aprobado por el Consejo de Ministros supone una rebaja en las cuotas de los autónomos que hasta ahora venían cotizando por cese de actividad y por accidente laboral, unos 550.000 en total. Éstos pagarán menos a la Seguridad Social al estar incluidas estas contingencias en el tipo general fijado en el 30% a partir de enero. En cese de actividad se ahorrarán 1,5 puntos en el tipo a aplicar a su base de cotización y en accidente laboral, hasta 70 euros al mes.

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550.000 autónomos cotizarán menos a partir de enero

A partir de 2019, unos 550.000 de los 3,2 millones de trabajadores por cuenta propia existentes, experimentarán una rebaja en sus cotizaciones. El proyecto de Real Decreto-Ley, que recoge las medidas de mejora de la protección social de los autónomos y las nuevas bases de cotización, prevé un único tipo de cotización (30%) incluyendo todas las contingencias, también el cese de actividad, las enfermedades profesionales y los accidentes laborales. Por este motivo, aquellos que hasta ahora cotizaban voluntariamente y por separado para estar cubiertos en los supuestos de cese de actividad o de accidente laboral, ya no tendrán que hacerlo al estar incluidas estas contingencias en el tipo único general y, por tanto, deberían ver reducida sus cuotas. Aquéllos que cotizaban por cese de actividad pasarán de un tipo del 31,5% en 2018 al general del 30% el año que viene. En el caso del accidente laboral, depende de la actividad, pero el ahorro puede alcanzar los 70 euros mensuales.

El proyecto de RD-Ley, fruto del acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y las asociaciones representativas de los trabajadores autónomos (ATA, UPTA, CEAT y UATAE), fija en el 30%, para 2019, el tipo aplicable a la base de cotización para hallar la cuota que el afiliado al RETA debe abonar a la Seguridad Social. Ese 30% se reparte de la siguiente manera: para contingencias comunes, se destina el 28,3%; para contingencias profesionales, el 0,9%; y para cese de actividad, el 0,8%. En el año 2020, el tipo de cotización para las contingencias profesionales será del 1,1% y por cese de actividad, del 0,9%. Y en 2021, para contingencias profesionales el tipo se sitúa en el 1,3% y para cese de actividad, en el 1%. Para el año 2022, “el tipo de cotización será el que se establezca con carácter definitivo para este régimen especial en la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado”. Los tipos de contingencias profesionales quedan establecidos así: del 0,9%, el 0,46% corresponde a la contingencia de incapacidad temporal y el 0,44%, a la de incapacidad permanente, muerte y supervivencia.

Ahorro de hasta 70 euros mensuales

Hasta ahora, los trabajadores autónomos que optaban voluntariamente por cotizar por cese de actividad tenían que añadir al tipo un 2,2% adicional. Es decir, hasta ahora se aplicaba un tipo del 29,8% más un 2,2% de la contingencia (el 32%). Lo que ocurría es que si optaban por tener cubiertas también las contingencias comunes o Incapacidad Temporal se le aplicaba una reducción de 0,5 puntos en el tipo y éste se le quedaba en el 31,5%, lo que resulta, como mínimo, un 1,5% más alto que el tipo que se le va aplicar a partir de enero con todas las contingencias incluidas.

Además otros muchos autónomos cotizaban también por Accidentes de Trabajo (AT) y Enfermedades Profesionales (EP). En el caso de los autónomos económicamente dependientes (TRADE) y de los comerciantes ambulantes, la cotización por las dos contingencias era obligatoria. El tipo de cotización por contingencias profesionales depende de la actividad que desarrolle el autónomo. A ellos se les aplica un tipo sobre la base de cotización que, en el caso de un fotógrafo por ejemplo, es del 0,9%, mientras que las actividades mineras y extractivas supone ya un 7,1%. El transporte de mercancías y la construcción tiene un tipo de cotización del 6,7%, mientras que el taxi y el transporte ligero, un 3,3%. La hostelería, profesión muy habitual para los trabajadores autónomos, tiene un 1,3%. El ahorro a partir de 2019 para los que cotizan por ambas contingencias en estos momentos es evidente al pasar al 30% "único" y sólo en el caso de la enfermedad profesional y del accidente laboral puede llegar a 70 euros mensuales.

El caso concreto de un electricista que estaba pagando hasta ahora por la base mínima (932 euros) 357,22 euros al mes incluyendo el cese de actividad, la enfermedad profesional y el accidente laboral, a partir de enero pasará a tener una base mínima de 944,36 y, sin embargo, su cuota bajará hasta los 283,30 euros mensuales sin dejar de estar cubierto por las contingencias que ya tenía, es decir, el cese de actividad y el accidente laboral.

Más periodo de cobro

El Real Decreto-Ley contempla, asimismo, duplicar los periodos de cobro de la prestación por cese de actividad. Desde 2019, si se han cotizado de 12 a 17 meses, se cobrará la prestación cuatro meses en vez de dos como en la actualidad. Se duplica el periodo de cobro progresivamente hasta los 24 meses como máximo si se han cotizado de 48 meses en adelante.

Otra de las novedades relacionadas con el cese de actividad es la creación de una comisión paritaria que tiene por objeto facilitar las reclamaciones de los autónomos sobre esta contingencia. Si hasta ahora, hay que acudir a los juzgados de lo Social, desde el año que viene se podrá formular una reclamación previa ante el órgano gestor contra las resoluciones de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social en materia de prestaciones por cese de actividad. Al formularse dicha resolución, la comisión emitirá un informe vinculante. En esta comisión estarán representadas las mutuas, las asociaciones representativas de autónomos y la Seguridad Social. A las mutuas se les emplaza a prestar el apoyo financiero y administrativo preciso para el funcionamiento de esta comisión mediante convenios.

De esta manera, y aunque el texto no modifica los requisitos para acceder a la prestación, se intenta que el cese de actividad se implante como derecho general de los autónomos. Hasta la fecha, y desde su implantación en 2010, el cese de actividad ha resultado un fracaso y hasta “un fraude” según el secretario de Estado de la Seguridad Social Octavio Granado. De acuerdo con los datos últimos facilitados por la Seguridad Social, a 5 de noviembre de 2018, el 45,3% de las solicitudes para acceder a la prestación han sido denegadas.