Ya ha habilitado el enlace para la solicitud, que estará operativo "próximamente"

La Agencia Tributaria aclara a los autónomos sus dudas sobre el cobro del nuevo bono de 200 euros

La Agencia Tributaria ha abierto un espacio en su sede electrónica para aclarar las dudas más frecuentes de los autónomos y demás solicitantes sobre el nuevo bono de 200 euros que aprobó el Gobierno recientemente.
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La Agencia Tributaria aclara a los autónomos sus dudas sobre el cobro del nuevo bono de 200 euros
La Agencia Tributaria aclara a los autónomos sus dudas sobre el cobro del nuevo bono de 200 euros

La Agencia Tributaria ya ha abierto un espacio en su sede electrónica donde los autónomos y otros colectivos vulnerables podrán acceder próximamente a la nueva ayuda directa de 200 euros que puso en marcha el Gobierno a finales de junio y aclarar sus dudas. También el formulario para solicitar el bono se podrá solicitar de forma electrónica y estará disponible en escasos días. 

El nuevo bono está recogido en el Real Decreto Ley 11/2022, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. Según la ley,  la "línea directa de ayudas" va dirigida a "personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio". Entre ellos se encuentran los autónomos.

Desde la aprobación de la norma , esta nueva ayuda y los requisitos para acceder a ella han suscitado algunas dudas entre todos los posibles beneficiarios, pero especialmente los autónomos, ya que la ley no aclara algunas cuestiones como, por ejemplo,  la manera en la que los trabajadores por cuenta propia deberían calcular sus ingresos o su patrimonio para comprobar si tienen derecho al bono. Tampoco se especifican claramente otros aspectos como la documentación que tendrían que aportar los solicitantes,

Para aclarar éstas y otras dudas de los autónomos y demás beneficiarios acerca de la nueva ayuda de 200 euros, la Agencia Tributaria abrió hace escasos días un apartado específico en su sede electrónica donde responde a las preguntas más frecuentas sobre el bono, que se resumen a continuación. 

Dudas frecuentes de los autónomos sobre el nuevo bono de 200 euros

¿Qué es y cómo se cobra el bono de 200 euros?

Esta línea consiste en una ayuda que los beneficiarios que cumplan los requisitos podrán cobrar a través de un pago único en su cuenta bancaria de 200 euros. El bono, según el Gobierno, va dirigido a las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que sean asalariados, autónomos o desempleados. Por lo tanto, quedarían excluidos de la subvención los trabajadores por cuenta propia al frente de una sociedad.

¿Qué autónomos pueden cobrar la ayuda?

Pueden pedir esta ayuda aquellas personas que, a 27 de junio de 2022 cumplan las siguientes condiciones:

  • Tengan residencia legal y efectiva en España y la hayan tenido de forma continuada e ininterrumpida durante el año inmediato anterior.

  • Realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad. En el caso de los trabajadores por cuenta propia sería el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Las rentas obtenidas en 2021, incluidas las que perciban los convivientes, sean inferiores a 14.000 euros y el patrimonio, descontando la vivienda habitual, no supere los 43.196,40 euros. (Este último requisito es el que más dudas ha suscitado, sobre todo entre los autónomos, por la manera en la que se calculan estos límites o quiénes se consideran convivientes).

¿Cuál es el límite renta y de patrimonio para cobrar la ayuda y cómo se calcula?

Para solicitar la ayuda es necesario que la suma de las rentas de todas las personas que convivan en el mismo domicilio, obtenidas en 2021, sea inferior a 14.000 euros anuales y su patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales. Los ingresos y el patrimonio se determinarán considerando los ingresos y el patrimonio de todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022.

Los ingresos y la cuantía del patrimonio del beneficiario se calcularán con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20, apartados 1, 4 y 5 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital. Esto significa que, para el computo del patrimonio no se tendrá en cuenta la vivienda habitual. En cuanto a los autónomos, los ingresos de su actividad que se valorarán para el acceso serán los rendimientos netos declarados en IRPF -es decir, ingresos menos gastos deducibles-.

¿Qué personas de la unidad familiar se contabilizan para calcular el límite de ingresos o patrimonio?

A la hora de calcular los límites para poder cobrar la ayuda de 200 euros se tendrán en cuenta los ingresos o patrimonio del solicitante pero también de:

  • cónyuge o pareja con al menos dos años de antelación
  • relación de parentesco hasta el tercer grado, incluidos los afines (ejemplos: hijos, hermanos, abuelos, tíos, nuera, nietos…),
  • así como quienes convivan con cualquiera de los anteriores en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.

¿Quiénes están excluidos de la ayuda?

No tienen derecho a la ayuda aunque cumplan los requisitos de ingresos y patrimonio quienes, a fecha 27 de junio de 2022:

  • Perciban el Ingreso Mínimo Vital 

  • Perciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado. (Incapacidad Permanente, jubilación...)
  • Tampoco tienen derecho los autónomos que perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo).

¿Cómo pueden solicitar los autónomos el nuevo bono?

La ayuda se solicitará a través del formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que tiene ya un espacio dedicado pero que todavía no está activado.

Cuando se active -que será "próximamente", según la Agencia Tributaria-, los autónomos podrán hacer la presentación de la solicitud con Cl@ve o certificado electrónico (incluido DNI-e).

Para la solicitud de estas ayudas se debe consignar el NIF del solicitante y de las personas que convivan en el mismo domicilio y una cuenta bancaria titularidad del solicitante en la que desea que se realice el abono de la ayuda. No es obligatorio consignar el NIF de menores de 14 años que no dispongan del mismo. 

¿Hay que aportar alguna documentación al solicitar el bono de 200 euros?

No. Al igual que sucedió con las ayudas directas al transporte por la subida de precios serán la Seguridad Social y otros organismos públicos quienes remitan a la Agencia Tributaria la información necesaria para verificar si el solicitante cumple los requisitos necesarios para cobrar el bono.

¿Cómo se paga la ayuda y cuánto tiempo puede tardar?

La ayuda se abonará mediante transferencia bancaria. Por tal motivo, es necesario indicar una cuenta bancaria titularidad del solicitante para poder efectuar el pago de la ayuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada. 

¿Hasta cuándo se podrá solicitar el bono de 200 euros? 

Como se ha dicho anteriormente, la ayuda podrá empezar a solicitarse en escasos días. En cuanto al plazo límite para presentar el formulario, las solicitudes se podrán formalizar hasta el 30 de septiembre de 2022.