En esta campaña habrá más autónomos que deban pagar por su IRPF al Fisco

Hacienda devolverá este año en la Renta una media de 730 euros a dos de cada tres contribuyentes

Según las estimaciones de la Agencia Tributaria, este año, la RENTA saldrá a devolver a más del 60% de los autónomos y demás contribuyentes que hagan la declaración. Se prevé que reciban una media de 730 euros. Aunque el porcentaje es alto, serán más los que paguen que los que logren la devolución en comparación con otros años. 
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Hacienda devolverá este año en la Renta una media de 730 euros a dos de cada tres contribuyentes
Hacienda devolverá este año en la Renta una media de 730 euros a dos de cada tres contribuyentes

La Agencia Tributaria prevé que, este año, casi 22,9 millones de contribuyentes presenten la declaración de la RENTA, un 3,4% más que el año pasado. La campaña está activa desde el pasado lunes 11 de abril y a partir de este jueves Hacienda empezará a pagar a las personas que ya hayan presentado el IRPF y tengan derecho a devolución. 

Según las estimaciones de Hacienda, más de un 60% de los contribuyentes tendrían derecho a devolución en 2023. De hecho, del total de casi 23 millones de declaraciones que se prevé que se presenten este año, se espera devolver dinero a 13,6 millones de personas por un importe estimado de 9.9 millones de euros. Esto significa que en esta campaña de la RENTA, los autónomos y demás contribuyentes que tengan derecho a devolución cobrarán una media de 730 euros.

Por otro lado, más de un 33% de los contribuyentes que presenten la declaración de IRPF relativa al ejercicio 2022 tendrán que pagar a la Agencia Tributaria. De los 23 millones de declaraciones presentadas, Hacienda estima que 7,6 millones saldrán a pagar por importe de 16.448 millones. Esto significa que en esta campaña de la RENTA, los autónomos y demás contribuyentes que tengan resultado positivo en la declaración deberán pagar más de 2.150 euros de media.

En esta renta habrá más declaraciones a pagar y menos a devolver que el año pasado 

Este año, los autónomos tendrán que declarar antes del 30 de junio todos los ingresos y gastos que tuvieron en 2022. La declaración les puede salir a pagar -Hacienda les ha retenido menos durante el año de lo que debería respecto a sus beneficios- o a devolver -esto es, que la Agencia Tributaria ha retenido más dinero de lo que debería y, por tanto, deberá realizar una devolución-

Uno de los efectos que está teniendo la recuperación económica y la subida de los precios es que han aumentado también las declaraciones a pagar, ya que el Gobierno no ha deflactado las tarifas y los trabajadores por cuenta propia están ingresando más para tener el mismo o menos nivel de vida que el año anterior.

Por ello, tal y como se puede observar en el cuadro de estimaciones de la Agencia Tributaria, este año se espera que haya un 14,2% más de declaraciones positivas y un 2% menos de declaraciones a devolver.  

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Fuente: Agencia Tributaria

 

Los expertos recomiendan antes de presentar la RENTA acudir a la herramienta de la Agencia Tributaria para saber si la liquidación de este año saldrá a pagar o a devolver. En caso de que el autónomo tenga derecho a devolución, es recomendable presentar la declaración cuanto antes para agilizar el proceso de devolución porque la Agencia Tributaria ya ha comenzado a hacer los primeros pagos.

¿Cómo puede saber un autónomo si su declaración de la RENTA va a salir a devolver? 

Para adelantarse al resultado, los autónomos que todavía no hayan hecho la declaración tienen a su disposición un simulador actualizado a 2022 que predice si la declaración del IRPF les saldrá a pagar o a devolver este año. De hecho, el programa RENTA Web Open, ofrece un calculo aproximado del resultado de la RENTA, en base a los datos personales y familiares del contribuyente, los ingresos y gastos de su actividad o las deducciones estatales y autonómicas aplicables. 

El autónomo puede acceder al simulador de la declaración de IRPF a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado de Renta Web Open. Una vez dentro, el funcionamiento es muy sencillo: aparecerá una ventana en la que se puede optar por la casilla 'Nueva declaración' o por 'cargar'.

Esta última opción está disponible desde el año pasado y consiste en que los autónomos pueden importar de forma instantánea los rendimientos de su actividad a través de los libros registro. Con tan sólo subir este documento en Excel al sistema, se auto-completarán los datos más importantes de la declaración, que son fundamentalmente los ingresos y gastos deducibles de 2022.

Ahora bien, si no se tienen a mano estos libros, también se puede hacer una estimación de la declaración pulsando en 'Nueva declaración'. A partir de ahí se entrará en la simulación y la primera pantalla recogerá los datos identificativos del contribuyente. En caso de no tener descendientes, el autónomo sólo tendrá que completar las casillas que aparecen en la siguiente imagen: NIF, nombre y apellidos, estado civil, si se trata de una declaración individual o no, fecha de nacimiento, sexo y Comunidad Autónoma.

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Tras haber completado estos datos, y haber pulsado en el botón aceptar, se pasará a la siguiente fase del simulador, en la que aparecerá directamente el resumen de declaraciones. En él se muestran las distintas bases imponibles y liquidables y un resultado que, al principio, va a salir a cero. Lo único que aparecerá pre-completado será el mínimo del contribuyente.

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Para que este resumen deje de estar a cero y el programa calcule el resultado de la declaración, habrá que completar las 54 páginas que ofrece el simulador. Se puede acceder a ellas tanto pulsando en el botón 'continuar con la declaración', como en cualquiera de las cifras que aparecen en el resumen. 

Una vez dentro de la declaración, el autónomo se encontrará con varias páginas que dan la opción de completar desde posibles asignaciones a entidades como la Iglesia, hasta los rendimientos del capital inmobiliario o del trabajo. Sin embargo, la que realmente interesa a la mayoría de los trabajadores por cuenta propia es la página 7. 

Esta página se deberá completar por todos los autónomos persona física que tributen por estimación directa -en caso de tributar por módulos, habrá que completar la siguiente página-. En el primer apartado de esta pantalla se deben rellenar algunos datos como el tipo de actividad que se realiza -y que se puede seleccionar en el desplegable de la casilla 0166-.  

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En el caso de no disponer de los libros registro en ese momento, habrá que rellenar uno a uno tanto los siguientes campos de ingresos -de explotación, financieros, por subvenciones..-, como de los gastos deducibles -compra de existencias, Seguridad Social, dietas...-. Una vez completados, el programa ya calculará el rendimiento neto de la actividad -casilla 0224-, que es el que determinará más adelante, tras aplicar otras posibles deducciones, si el resultado sale a pagar o a devolver, y en qué cantidades.

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Una vez completada la página 7 y calculados los rendimientos netos, el autónomo deberá fijarse especialmente en las páginas 35 a 47, que son las que recogen tanto las deducciones por maternidad o familiares dependientes, como las desgravaciones por inversión en empresas de nueva creación, deducciones por incentivos y estímulo a la inversión empresarial y otras deducciones propias de cada autonomía.  

Así pues, por ejemplo, en la página 35 estará la Deducción por inversión en vivienda habitual (aplicable cuando la adquisición se hubiera efectuado con anterioridad a 1 de enero de 2013); en la 36 la Deducción por inversiones en empresas de nueva o reciente creación y en la 37 la Deducción por alquiler de la vivienda habitual. 

Más adelante, en la página 38 y 39 están las deducciones por donativos y otras deducciones como por inversiones o gastos de interés cultural. Y de la 43 a la 46 están las Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial. Por último, en la 47, se encuentran todas las deducciones autonómicas de la comunidad en la que resida el autónomo.

Cuando se hayan introducido todos los datos necesarios, se puede dar a "Validar" para comprobar si falta información o existen errores. El programa hará automáticamente un resumen con los datos y el resultado de la declaración. 

Una vez presentada la declaración, ¿cómo saber el estado de mi devolución?

Una vez que el autónomo ya haya hecho la declaración de IRPF, si le ha salido a devolver, también puede saber en qué estado se encuentra en cada momento el ingreso que Hacienda tiene pendiente de pagarle.  

Para obtener información sobre el estado de tramitación de su devolución de Renta 2022, el contribuyente puede acceder a los servicios de "Renta 2022" y entrar en su expediente a través de la opción "Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)".

Actualmente, para la consulta del estado de tramitación, la identificación se puede hacer de tres formas:

  • Con certificado o DNI electrónico;
  • Con Cl@ve PIN (si estás registrado en el sistema Cl@ve PIN);
  • Con la referencia del borrador/declaración de Renta 2021 y que consta de 6 caracteres.

En función de la situación del expediente, en el apartado "Estado de Tramitación" del expediente aparecerá alguno de estos mensajes: "Su declaración se está tramitando", "Su declaración está siendo comprobada", "Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted", etc.