Podían solicitarse desde principios de este mes

La Agencia Tributaria se ve obligada a aclarar por qué los transportistas aún no han recibido las ayudas

Los autónomos del Transporte han empezado a recibir sólo parte de las ayudas al combustible. Es decir, únicamente han percibido el ingreso correspondiente al impuesto de hidrocarburos. La Agencia Tributaria ha aclarado que la bonificación de los 20 céntimos se abonará más adelante, por separado. 
La Agencia Tributaria aclara por qué los transportistas solo han recibido una parte de las ayudas al
La Agencia Tributaria aclara por qué los transportistas solo han recibido una parte de las ayudas al combustible
La Agencia Tributaria se ve obligada a aclarar por qué los transportistas aún no han recibido las ayudas

En los últimos días, tal y como informaron desde la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer), “se ha originado cierta inquietud y confusión” entre el colectivo de transportistas. Este revuelo, según la Federación, ha sido ocasionado porque los autónomos del transporte ya han empezado a recibir el importe correspondiente al impuesto de hidrocarburos de enero, pero no han recibido la bonificación de 20 céntimos adicionales por litro.

Tal y como aclaró Fenadismer, esto se debe a que la Agencia Tributaria realizará los pagos cada mes de forma diferenciada. Por un lado, se producirá el ingreso correspondiente a los 4,9 céntimos por litro de devolución del Impuesto de hidrocarburos y, en otra fecha, se producirá el pago de la bonificación adicional de 20 céntimos.

Confusión entre los transportistas por no haber recibido la bonificación de 20 céntimos

Según explicó Fenadismer, “se ha originado cierta inquietud y confusión” entre el colectivo de transportistas. Esto ha sido consecuencia de los pagos que han estado percibiendo en febrero por parte de la Agencia Tributaria en concepto de devolución del gasóleo profesional correspondiente a los consumos realizados en enero.

Tal y como indicó la Federación, “el importe recibido se limitaba exclusivamente a los 4,9 céntimos por litro de devolución del Impuesto de hidrocarburos, pero sin hacer referencia alguna a la bonificación extraordinaria de 20 céntimos adicionales por litro aprobada por el Gobierno a finales de diciembre”.

Desde Fenadismer transmitieron “absoluta tranquilidad” a todos los transportistas dados de alta en el Censo de Beneficiarios de Gasóleo Profesional, ya que, al tratarse de tramites diferenciados, la Agencia Tributaria realizará cada mes dos pagos por separado”. Esto se debe a que, en el caso de la ayuda extraordinaria, la Administración “está obligada a hacer la comprobación sobre el límite de ayudas recibidas según establece la normativa europea”.

El Gobierno aprobó las nuevas ayudas en diciembre

A finales de diciembre, el Gobierno aprobó mediante Decreto-Ley un nuevo Paquete de Ayudas, que, entre otras medidas, incluye las nuevas ayudas al carburante. Dicha subvención consiste en una bonificación a los combustibles para toda categoría de vehículos de transporte, tanto ligeros como pesados, y con independencia de la energía de propulsión utilizada, ya que incluye ayudas tanto para los vehículos diésel como para los de gas natural.

Como ya informó este diario, las ayudas al combustible han sido organizadas en dos líneas, una para los beneficiarios del gasóleo profesional y otra para los que no lo son. En el primer grupo se incluye a los autónomos del transporte beneficiarios de la devolución del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos, es decir, los titulares de camiones y cabezas tractoras con motor diésel de MMA igual o superior a 7,5 toneladas, así como los autobuses diésel y taxis.

Por su parte, el segundo grupo incluye a los profesionales titulares de camiones y furgonetas con motor diésel de menos de 7,5 toneladas de MMA, o bien de cualquier tonelaje pero propulsados por GNC, GNL o GLP.

Desde el pasado 31 de enero, los autónomos beneficiarios de la devolución del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos -los acogidos a gasóleo profesional- pueden solicitar las ayudas presentando una declaración responsable, conforme al modelo publicado por la Agencia Tributaria. En este documento, los profesionales autónomos deben declarar que se han visto afectado por las consecuencias derivadas de la invasión en Ucrania, así como indicar otras ayudas que se hayan recibido por dicho motivo.

La primera confusión que surgió respecto a estas ayudas fue motivada por la fecha límite para solicitar la subvención. En este contexto, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) aclaró que no hay establecida ninguna fecha límite para presentar dichas declaraciones, “aunque se recomienda que se presenten como muy tarde en los diez primeros días de febrero”. Esto se debe a que a mediados de mes es cuando se produce el pago mensual de la devolución del gasóleo profesional, por lo que si se presenta la declaración responsable en los diez primeros días del mes, el pago de la subvención de 20 céntimos por litro de carburante podría coincidir con el pago relativo al impuesto.

No obstante, tal y como aclaró la Agencia Tributaria, si se presentara con posterioridad, “nunca se perderían las ayudas, sino que lo único que se produciría sería un retraso en el cobro”.

Cabe recordar que esta bonificación es de 20 céntimos por litro de enero a marzo y de 10 céntimos por litro de abril a junio. Por lo tanto, en febrero, los autónomos taxistas y transportistas beneficiarios del gasóleo profesional cobrarán la subvención de 20 céntimos por litro por la subida del carburante relativa a enero.

Requisitos para solicitar las nuevas ayudas al carburante

Según explicó la Agencia Tributaria, "pueden ser beneficiarios de esta ayuda los titulares de los vehículos que tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional, por los consumos de gasóleo utilizado como carburante en los motores de los vehículos de su titularidad que figuren matriculados en España". 

Para poder solicitar la ayuda, los autónomos primero tienen que pagar el gasóleo adquirido en instalaciones de venta al por menor con sus tarjetas gasóleo profesional y, posteriormente, rellenar con carácter previo a la percepción de las ayudas los siguientes documentos:

  • Una declaración responsable en la que señalen expresamente que se han visto afectados económicamente por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania. 
  • Una declaración de cualesquiera otras ayudas que se hayan recibido en aplicación del Marco Temporal Europeo Ucrania o del Marco Nacional.
  • Una declaración en la que se identifique a las empresas con las que se encuentren vinculados y asociados.

Tal y como recordaron desde Fenadismer, la Agencia Tributaria ha incluido un apartado en su portal web -en el espacio dedicado a la tramitación del gasóleo profesional- en el que los transportistas acogidos pueden comprobar si han presentado las referidas declaraciones, “bajo el título “RDL 20/2022” que es la norma aprobada por el Gobierno que incluyó la citada bonificación extraordinaria al combustible”.

El resto de las transportistas podrá solicitar la ayuda el próximo 1 de abril

En un primer momento, el Ministerio de Transportes anunció que el segundo grupo -camiones y furgonetas con motor diésel de menos de 7,5 toneladas o de cualquier tonelaje pero propulsados por gas-, podría solicitar la subvención a lo largo de febrero. 

No obstante, según explicaron desde la Federación, “la Agencia Tributaria ha confirmado a Fenadismer que el plazo de solicitud se iniciará el 1 de abril, y no este mes de febrero como inicialmente había anunciado el propio Ministerio”. Así, y según la Federación, estaría previsto “que empiecen a cobrarse las ayudas a partir de mayo”

En el caso de este segundo grupo, al no poder acogerse a la figura del gasóleo profesional, el Ministerio de Transportes anunció un sistema de ayudas directas en un único pago, cuyos importes “se han fijado estimando el número de litros aproximado que consumiría cada categoría de vehículo de transporte durante un semestre, ante la imposibilidad técnica de poder controlar los litros efectivamente consumidos por los titulares”.