El Gobierno lo aprobó hace una semana

Ampliado el plazo hasta diciembre para que los negocios presenten sus cuentas anuales adaptadas al cambio de modelo

Los registradores, encargados de recoger las cuentas anuales de los negocios, han dado cinco meses más de plazo a los negocios para que adapten sus cuentas anuales al nuevo modelo que el Gobierno aprobó in extremis cuatro días antes de que se terminara el plazo de presentación.
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Los negocios tienen cincos meses para incluir el nuevo formulario en sus cuentas anuales
Ampliado el plazo hasta diciembre para que los negocios presenten sus cuentas anuales adaptadas al cambio de modelo

Los autónomos al frente de una sociedad pueden respirar hoy más tranquilos. Tienen hasta diciembre para incluir en sus cuentas anuales el nuevo formulario -denominado 'Hoja Covid-19'- que el Gobierno aprobó tan sólo cuatro días antes de que finalizase el plazo de presentación. Debido a las quejas e incomprensión que generó tanto en el colectivo de trabajadores por cuenta propia, como en el Consejo General de Economistas de España (CGE), la publicación in extremis del nuevo modelo que obligaba a los profesionales a adaptar sus resúmenes en cuatro días el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, que representa al colectivo encargado de recoger y registrar los resúmenes de cuentas anuales, ha decidido otorgar cinco meses más a las sociedades para que de adjunten el documento que exige el Ejecutivo desde el pasado lunes.

De esta forma, "los negocios a los que no les haya dado tiempo a recopilar antes del 30 de julio la nueva información que deben incluir en las cuentas anuales, pueden incluirla en el Registro Mercantil a lo largo de los cinco meses siguientes", explicó José Miguel Tabarés, vicedecano del Colegio de Registradores. La Ley de Sociedades de Capital recoge que la fecha límite para que las sociedades -sea cual sea su tamaño o actividad- presenten su informe anual de cuentas el último día de julio -ya que todas suelen haber aprobado sus cuentas en junio-, y este año, el plazo de cumplió el pasado viernes. "Queremos cumplir tanto con la obligación habitual del plazo, como con la inclusión del nuevo requisito. Por ello hemos permitido entregar el modelo de presentación de cuentas anterior hasta el último día del mes, y ampliar a diciembre el periodo de tiempo para que aporten el resto de la documentación ahora exigida desde el 27 de julio", señaló Tabarés.

En concreto, la 'Hoja Covid-19"pretende aunar en un mismo documento toda la información relacionada con la pandemia que tengan los negocios. Por ejemplo, ayudas públicas que hayan solicitado, créditos ICO, número de ERTE desde el inicio de la crisis sanitaria, personal aún afectado por la medida, etc", explicó Quim Alastuey, socio y experto en asesoría fiscal, contable, financiera del despacho AGM. Sin embargo, "que la obligación de adjuntar esta nueva información se exija en estas fechas no ha sido lo más adecuado. Esto es algo que tenía que haberse publicado de cara a las cuentas de este ejercicio, no del pasado", dijo el vicedecano del Colegio de Registradores. Algo que también denunció el presidente del CGE, Valentín Pich: "esto sólo hace que obstaculizar y presionar a los dueños de los negocios".

El problema era que las cuentas debían aprobarse en 4 días

El pasado lunes 26, el Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden que aprueba el nuevo modelo de cuentas anuales, obligando a los autónomos a cumplirlo cuatro días antes de que finalizase el plazo para depositar el resumen en el Registro Mercantil. El principal problema de este nuevo requisito era que todos aquellos negocios que aún no habían depositado el informe en el Registro mercantil, -que según el CGE eran la inmensa mayoría-, tenían que repetir de nuevo el proceso. Es decir, debían volver a aprobar toda la documentación incluyendo este nuevo formulario, para luego entregarlo en el Registro. "Las cuentas anuales las formulan los administradores de la sociedad, pero de su aprobación se encargan los socios. Y no siempre es una tarea fácil reunir de nuevo a todos los socios", explicó Roger Mestres, abogado y manager en CIM Tax & Legal.

Algo que el CGE también entiende como "un sinsentido. El Gobierno sabe que la mayor parte de las empresas todavía no hay presentado sus cuentas anuales, ya que tenían previsto hacerlo a lo largo de esta semana. No se puede aprobar una Ley que afecta a tantos profesionales de hoy para mañana, como mínimo habría que establecer un periodo de seis meses para informar de las novedades y responder a todas las dudas que surjan", señaló su presidente.

No obstante, cabe recordar que aquellos que hayan depositado su informe anual de cuentas antes de que entrase en vigor la inclusión del nuevo formulario, es decir, antes del martes 27 de julio, "no tienen que volver a aprobar el informe ni presentarlo de nuevo", apuntó el socio del despacho AGM. "Esto se debe a que antes de esa fecha lo que estaba en vigor era la documentación previa al Covid-19, por lo que éstos no tendrán que hacer ningún trámite en este sentido", añadió.

Los economistas ven una Administración "insensible"

Para el Consejo General de Economistas de España, la aprobación "casi sobre la campana" de este nuevo modelo es "un ejemplo más de lo insensible que es la Administración pública. El retraso en la publicación de este nuevo formulario supone una presión añadida para las empresas tras el duro período por el que están atravesando. No sólo por las complicaciones administrativas, sino también por los costes de cumplimiento que esto va a suponer, especialmente para los pequeños negocios”, dijo su presidente, Valentín Pich.

El CGE denunció que el Gobierno parece llevarles la contraria. "Lo que llevamos años diciéndole al Ejecutivo es que hay que hacerles la vida más fácil a los negocios y, sin embargo, no dejan de imponer más burocracia y trámites que sólo complican la actividad de los autónomos y empresarios. No es razonable que en pleno periodo de presentación de cuentas anuales cambien los modelos, esto da una imagen de un país poco serio y que no protege a su tejido productivo", apuntó.

Con respecto a la nueva 'Hoja Covid-19', Francisco Gracia, presidente de Economistas Contables (EC), un órgano especializado en información financiera y no financiera dentro del CGE, explicó que “muy posiblemente" muchos de los datos solicitados ya estén a disposición de la Administración, por lo que resulta "poco comprensible que un problema de coordinación entre las administraciones públicas se intente solucionar con una nueva carga para las empresas y, además, en la última semana de campaña”.

¿Qué información contiene en la nueva 'Hoja Covid-19?

Los expertos y profesionales encargados de ayudar a los autónomos a preparar el informe anual de cuentas coinciden en que el nuevo formulario aprobado por el Gobierno contiene información "muy detallada y exhaustiva. Es más una contabilidad analítica que hace referencia a todos los mecanismos que utilizaron las sociedades a raíz del estallido de la pandemia", señaló Alastuey, experto en fiscalidad y contabilidad. Algo que, "ni siquiera los propios dueños de negocio suelen tener a mano", añadió. Concretamente, se trata de un documento que se divide en cuatro grandes apartados de información relativa al Covid-19:

  1. Información relacionada con los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE): debe indicarse si la sociedad ha solicitado un ERTE, y el número de trabajadores que ha tenido o tiene afectados bajo esta medida.
  2. Información de arrendamiento de inmuebles: se refiere a si las sociedades que tienen locales arrendados han concedido moratorias, o condonado alguna mensualidad a sus inquilinos.
  3. Información sobre la solicitud de créditos del Instituto de Crédito Oficial (ICO): si la sociedad ha pedido préstamos con aval ICO, e indicar la cantidad solicitada.
  4. Información sobre la concesión de otro tipo de ayudas públicas: dejar constancia de si se ha tenido algún otro tipo de ayudas públicas, bien por parte del Gobierno central o por parte de las comunidades autónomas.

Qué es el informe de cuentas anuales

Las cuentas anuales son diferentes documentos que muestran la situación económica de un negocio. El primer documento es el balance de situaciónEn él se reflejan los datos de los derechos y bienes de la empresa, denominados activos; y sus deudas y obligaciones, es decir, sus pasivos. Dicho balance también registra el patrimonio neto del negocio, formado por los fondos propios o fuentes de financiación no exigibles -como el capital social, las reservas y los beneficios acumulados de anteriores ejercicios-. El activo y el pasivo indican, respectivamente, lo que lo se tiene y lo que se debe:

  • Bienes: todo lo que compone el patrimonio de la empresa y los derechos de cobro: facturas pendientes de abonos por parte de clientes, rendimientos procedentes de inversiones, etc.
  • Obligaciones: Pagos o deudas con proveedores, entidades de crédito o terceros. También figuran los fondos propios.

El segundo documento refleja la cuenta de pérdidas y ganancias. También denominado cuenta de explotación o cuenta de resultados, que integra los ingresos y gastos del ejercicio contable. Además, la diferencia entre los ingresos y gastos del negocio mostrará el resultado contable de cada ejercicio:

  • Ganancias: el negocio debe incluir las ventas o prestaciones de servicios, subvenciones, ingresos financieros, etc.
  • Pérdidas o gastos: adquisición de aprovisionamiento, gastos de personal, suministros, gastos bancarios, etc.

Por otra parte, los negocios deberán presentar dos estados: el estado de cambios del patrimonio neto y estado de flujos de efectivo. En el patrimonio neto se recogen las ampliaciones de capital, el reparto de dividendos, los resultados de ejercicios anteriores, las reservas; así como las subvenciones y correcciones de errores. Se trata de una partida en la que se reflejan las operaciones del negocio que se producen durante el ejercicio, pero que no influyen en el resultado del mismo. Respecto al estado de flujos de efectivo, este documento informa sobre las variaciones y los movimientos de efectivo. Es decir, muestra el efectivo que ha sido generado por la empresa y aprovechado en las actividades operativas, inversión o financiación.

Finalmente, los negocios deberán presentar la memoria. En ella se recopila toda la información cualitativa y cuantitativa adicional al balance de situación y a la cuenta de pérdidas y ganancias.  El contenido de la memoria se incluye atendiendo a las normas que establecen los artículos 259, 260 y 261 de la Ley de Sociedades de Capital.  En la Memoria debe incluirse cierta información, como las explicaciones sobre:

  • La actividad de la empresa.
  • Los gastos de formación, activos fijos y fondo de comercio, los cuales son necesarios para el funcionamiento de la empresa.
  • Los pasivos devengados e ingresos devengados.
  • Cambios en los cálculos contables.