Otros sectores piden también más actuaciones

Aprobada la ley que intentará acabar con el problema de los falsos autónomos en las plataformas digitales

El Gobierno aprobó la llamada Ley rider para intentar acabar con los falsos autónomos en las llamadas plataformas digitales, pero hay sectores que reclaman más atención porque sufren el mismo problema .

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Yolanda Díaz, la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social.
Aprobada la ley que intentará acabar con el problema de los falsos autónomos en las plataformas digitales

Después de años de disputas en los tribunales, el debate sobre si los repartidores de las plataformas digitales son trabajadores por cuenta propia o ajena llega a su fin en la legislación española. El Gobierno aprobó este martes la norma con la que intentará atajar el problema, la conocida como Ley rider, en la que presupone la relación laboral y no mercantil de estos profesionales de reparto. Dicho de otra forma, el Ejecutivo establece en el Estatuto de los Trabajadores que los repartidores que operan para una plataforma digital son asalariados y da tres meses a las empresas para que actúen con su plantilla atendiendo a esta nueva condición laboral. Que laboralicen a todos sus trabajadores que hasta ahora trabajaban como supuestos autónomos.  Por otro lado, desde los sectores donde este fraude también es frecuente, reclamaron más atención institucional.

La vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, quiso poner en valor la importancia de la norma en el contexto internacional. Durante su comparecencia en la rueda posterior al Consejo de Ministros aseguró que “no hay ningún otro país en el mundo -después de California que hizo un intento pero que luego canceló- que se haya atrevido a legislar sobre esta materia. El mundo está mirando a España y es una una norma de vital importancia” señaló Díaz. Que agradeció a su vez, a los agentes sociales que “hayan sido valientes” para sacar de mutuo acuerdo esta norma adelante.

Desde que Díaz tomó posesión de la cartera de Trabajo y Economía Social siempre había defendido que “un joven en bicicleta utilizando un App no es un empresario, pues no había margen de autonomía. Bien, pues ahora no sólo lo digo yo, los diferentes tribunales superiores autonómicos y el Tribunal Supremo, sino que lo dice el Reino de España”.

Se ha modificado el Estatuto de los Trabajadores

Según explicó la ministra de Trabajo y Economía Social, a través de la publicación de la Ley riders lo que se hace es añadir una nueva disposición adicional al Estatuto de los Trabajadores en la que se dice “que los trabajadores que operan para plataformas digitales se presumen que tienen una relación laboral. Es la primera vez desde el siglo XX que el Gobierno tiene la valentía de incorporar y no excluir del ámbito de la protección laboral a un colectivo de trabajadores” puntualizó Díaz.

Lo que se hace con la publicación de la nueva norma es cambiar el ámbito de actuación de la ajeneidad y dependencia. Ambos son los conceptos jurídicos principales que se utilizan para determinar cuando se trata de un contrato laboral o mercantil. “Los tribunales españoles nos decían que había que adecuar el uso social, ya que ahora las órdenes no los da sólo un empresario, una persona física, sino que se hacen con dispositivos móviles” comentó Díaz.

Precisamente uno de los principales argumentos que utilizan las plataformas digitales de repartos para defender la contratación de trabajadores por cuenta propia es justificar que ellas hacían de intermediarias entre el autónomo y el cliente, simplemente poniendo a disposición del profesional una herramienta digital. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia determinó en una sentencia emitida el pasado 20 de septiembre, en la que además unificó doctrina, que la relación entre un rider y una plataforma digital -en este caso Glovo – es de naturaleza laboral, además de que "la empresa no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores”.

En este sentido, y como dijo Díaz, la norma adapta esos “conceptos tradicionales de ajeneidad y dependencia para permitirlos cuando no se entienda que existen de la manera clásica”. Es decir a partir de ahora, se puede dar de forma indirecta, tal y como ocurre en la relación laboral entre repartidor, la herramienta digital que utiliza y que dicta las órdenes de trabajo, y la empresa poseedora de esa tecnología.

Asimismo, el Gobierno da tres meses a las diferentes plataformas de reparto que hacen uso de la contratación de trabajadores por cuenta propia, cuando debería ser asalariados, para poner en orden su situación con respecto a la nueva condición laboral.

Se ha perdido “una gran oportunidad” en la lucha de los falsos autónomos

Durante los últimos años, desde que en junio de 2018 llegase la primera denuncia de un repartidor de Deliveroo sobre su condición de falso autónomo al juzgado, hasta la sentencia de Supremo emitida el pasado 20 de septiembre, son muchos los casos sobre este presunto fraude que han llegado hasta el juzgado. Y que han puesto bajo el foco del debate público el problema de los falsos autónomos en el mercado laboral.

Este fraude consiste en la contratación de un trabajador por cuenta propia de manera encubierta, pues debería ser asalariado, para ahorrase el pago de las cotizaciones sociales. Se trata de una situación que se da en el mundo de las plataformas digitales con los repartidores, pero también en otros muchos sectores. Para el coordinador del sindicato UGT de turespuestasindical.es, Rubén Ranz, “se ha perdido una gran oportunidad” en lucha de los falsos autónomo con la publicación de esta nueva ley. A su juicio, la norma sólo se aplica para los repartidores que operan como falsos trabajadores por cuenta propia para las plataformas digitales de reparto “cuando sabemos que hay otros falsos autónomos o, mejor dicho, que la relación laboral no está claramente definida en otro montón de plataformas digitales con el tema de cuidados, fintechs, arreglos, etc”.

Según Ranz hay más de 4.000 empresas que operan así y sobre las que la nueva norma no arroja luz a la situación de los profesionales que hay trabajando en ellas. Es por ello que la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, afirmó que se seguirá trabajando en la lucha contra este tipo de fraudes. De hecho, comentó que se iba a abrir “una consulta pública sobre esta materia para abordar las relaciones laborales en las plataformas digitales”.

18.000 falsos autónomos regularizados por la Inspección de distintos sectores 

En los últimos años, la Inspección de Trabajo ha llevado a cabo una importante labor de detección de falsos autónomos en el mercado laboral, mucho de ellos eran trabajadores de plataformas, pero otros eran profesionales de otros sectores tradicionales como dentistas, fisioterapeutas, pilotos de avión, periodistas.... Según los últimos datos que dijo este martes Díaz, la Inspección había regularizado la situación de 17.957 personas, recuperando 25.987.401 millones de euros por las cuotas que se habían dejado de ingresar.

A juicio del coordinador del sindicato UGT de turespuestasindical.es, Rubén Ranz, con la nueva norma el Gobierno esclarece la situación de los repartidores que trabajan para las plataformas digitales “y no necesita realizar ninguna modificación legislativa para solucionar el problema de los falsos autónomos en el restos de actividades económicas. Ya hay normas que determinar cuando es y cuando no es una relación laboral. Por lo tanto, lo que queda es poner en marcha los mecanismos necesarios para perseguir a las empresas que no cumplan con ellos”.

Más atención sobre los “falsos autónomos de otras profesiones”

Justamente más “atención” de la Administración sobre este tipo de fraudes fue la petición que hizo el presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Odontólogos y Estomatólogos de España, Oscar Castró. Según ha denunciado en múltiples ocasiones el gremio de los dentistas está “plagado de falsos autónomos. Es un problema que agrava la precariedad laboral del sector. Se están produciendo casos en los que hay clínicas en las que un recepcionista o un higienista están contratados como asalariados, mientras que el profesional odontólogo está como falso autónomo, sin ningún tipo de derecho y cobrando, incluso, menos”.

Castro contó que en estos momentos hay varios expedientes abiertos de la Inspección en el sector: “el último caso que recuerdo es de una empresa que tuvo que abonar más de 600.000 euros en cuotas no insatisfecha por la contratación de falsos autónomos dentistas”. Castro apuntó que “hay que seguir persiguiendo estos casos de falsos autónomos y luchar por los derechos laborales de las personas que se vulneran tan descaradamente".

A su juicio no es necesario cambiar la ley, pero sí “ampliar los medios de control para que esto no se siga produciendo”.

La nueva obligación de las empresas: compartir si utilizan algoritmos

El Consejo de Ministros también aprobó este martes la modificación del artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores para aumentar la información a la que tendrán acceso los trabajadores. O mejor dicho, estableció una nueva obligación para que las empresas tengan que compartir cuando el algoritmo que utiliza interfiere en la relación que mantienen con sus empleados.

Según explicó la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, todas las empresas, independientemente de su tamaño, están empezando a utilizar la inteligencia artificial. Y con la aprobación de esta modificación, el Ejecutivo quiere asegurar la protección de los trabajadores al obligar a que todas las empresas sean "transparentes para saber realmente si ese algoritmo, fórmula matemática, reglas o instrucciones en términos de Inteligencia Artificial que están utilizando tienen algún tipo de sesgo en la relación laboral. Este es el núcleo central de protección que estamos dando” dijo Díaz.

Es una novedad que viene a raíz del conocido algoritmo Frank, que utilizan empresas como Deliveroo, y que miden el rendimiento de los trabajadores. “Se demostró que no era neutro, ya que sesgaba y penalizaba a los trabajadores que causaban baja por enfermedad o que emprendiesen algún tipo de reivindicación”.

De esta manera, el Gobierno obliga a las empresas que utilicen este tipo de tecnología a que informen a sus trabajadores sobre cómo les va a afectar.