Simulador de la Seguridad Social

Así pueden saber los autónomos si tienen derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital y cuánto les correspondería

Los autónomos pueden saber a través de un simulador de la Seguridad Social si tienen derecho a acceder al Ingreso Mínimo Vital y cuánto cobrarían de prestación. Así funciona.
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Simulador del Ingreso Mínimo Vital
Así pueden saber los autónomos si tienen derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital y cuánto les correspondería

Hace más de un año que el Gobierno aprobó una ayuda económica dirigida a todas aquellas personas que no llegan a unos umbrales mínimos de renta, el conocido como "Ingreso Mínimo Vital" (IMV). Una medida que el Ejecutivo calificó como "histórica" y a la que, según los últimos datos disponibles, ya habrían accedido 260.000 familias, a pesar del retraso en la tramitación de las peticiones de acceso a la prestación, y del alto número de solicitudes rechazadas.

Aunque no hay cifras desagregadas que permitan conocer qué porcentaje de los beneficiarios de esta prestación son autónomos, no hay ninguna condición recogida en el Real Decreto-ley 20/2020 de 29 de mayo, por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital, que deje fuera al colectivo de esta prestación -sí a los administradores de una sociedad mercantil-. Esto significa que los trabajadores por cuenta propia que se encuentren en una situación de vulnerabilidad y que cumplan los requisitos establecidos para acceder a la prestación, podrán cobrarla como cualquier otro beneficiario.

A pesar de ello, los diferentes despachos de abogados y asesores consultados por este periódico confirmaron que hay "muy pocos"  de sus clientes autónomos que hayan podido acceder a esta prestación. Para que el autónomo -o el asalariado- sepa si puede realmente acceder a esta medida, la Seguridad Social puso a disposición de los ciudadanos un simulador que permite saber a todas las personas si, por sus condiciones familiares o de renta, pueden acceder al Ingreso Mínimo Vital y también cuánto cobrarían con el subsidio. Así funciona la herramienta.

Así pueden saber los autónomos si tienen derecho al Ingreso Mínimo Vital y cuánto cobrarían  

El Ingreso Mínimo Vital es el resultado de restar a los ingresos mensuales de una persona o unidad familiar la renta garantizada a la que se tiene derecho en cada caso particular. Así, según el ejemplo que puso el entonces Vicepresidente segundo y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias: “una persona que viva sola, tiene derecho a una renta garantizada de 462 euros".

Si esa persona no tiene ningún ingreso, recibirá los 462 euros.  Si esa persona cuenta con unos ingresos mensuales de 200 euros porque tiene un empleo a tiempo parcial en condiciones de precariedad,  recibiría una prestación mensual de 262 euros. Es decir, la prestación cubre la diferencia entre sus ingresos y el umbral de la renta garantizada que les corresponde. Lo mismo ocurriría con una unidad de convivencia: si son dos adultos y dos niños los que la conforman, éstos tendrían derecho a una renta garantizada de 867 euros. Pero, si tienen unos ingresos mensuales de 300 euros, la prestación mensual sería de 587.

Para aclarar las dudas que todavía hay respecto a esta prestación, la Seguridad Social puso en marcha un simulador al que se puede acceder pinchando aquí. La herramienta va guiando a los usuarios mediante una serie de cuestiones sobre su situación particular para determinar los supuestos que componen esta prestación. 

La mayoría de preguntas del simulador deben responderse con "sí" o "no". Dependiendo de si la respuesta es afirmativa o negativa y se adapta a las condiciones, continuará la simulación o la herramienta informará directamente al usuario de que no tiene derecho a esta prestación.

Preguntas del simulador 

Al acceder al simulador, la herramienta abre una serie de preguntas de índole familiar y económica, éstas son algunas de ellas:

  • ¿Resides de forma legal e ininterrumpida en España desde hace más de un año?
  • ¿Vives solo?
  • ¿Vives de forma permanente en una residencia social o sanitaria?
  • ¿Cumples con alguna de estas condiciones?: Tienes más de 22 años; eres mayor de edad con hijos o menores a cargo; o eres menor emancipado con hijos o menores a cargo

  • ¿Tu unidad familiar ha vivido de forma continuada durante al menos un año?

  • ¿Tu unidad de convivencia es monoparental?

  • ¿Cuántos menores viven contigo (hijos, adoptados, en guarda con fines de adopción o en acogimiento permanente)?

  • ¿El valor de vuestros bienes o propiedades es superior a 30.451,68 €?

  • ¿Eres administrador de derecho de una sociedad mercantil que no haya cesado su actividad?

En función de las respuestas, el simulador estimará si el usuario tiene o no derecho a la prestación y cuánto le corresponde.  Pongamos el ejemplo de una persona que lleva más de un año residiendo en España, no vive sola y no vive en una residencia social. En este supuesto, sí cumple con la condición de ser mayor de edad con hijos menores a cargo; tiene dos hijos a su cargo y su unidad de convivencia es monoparental. Además. el valor de sus bienes o propiedades es inferior a 30.451 euros y no es administrador de una sociedad.

En este supuesto, el simulador indica que "según los datos que nos has aportado podéis tener derecho al Ingreso Mínimo Vital si vuestros ingresos mensuales del año anterior no superan los 845,28 €.El importe que os podría corresponder sería la diferencia entre vuestros ingresos mensuales y 855,28 €". 

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Tengo derecho al Ingreso Mínimo Vital, ¿Cómo lo solicito? 

Si el usuario cree que tiene derecho al Ingreso Mínimo Vital puede solicitar la prestación de forma presencial en las oficinas de la Seguridad Social, por internet, a través de la Sede Electrónica y por correo.

De forma presencial, deberá solicitar cita previa al INSS y aportar toda la documentación necesaria 

Por internet:

  • Sin certificado digital: Deberá presentar la solicitud desde imv.seg-social.es. Pulsar en “solicitar ingreso mínimo vital” y el asistente indicará cada paso a seguir.  
  • Con certificado electrónico, DNI o cl@ve: Para usar en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Lo primero será seleccionar cómo iniciar la solicitud. El sistema pedirá primero ingresar los datos personales y los de la unidad de convivencia (si es el caso).
  • Posteriormente pedirá adjuntar la documentación. Finalizada la solicitud la Seguridad Social generará un código para consultar el estado de la solicitud IMV posteriormente.

Los autónomos no suelen cumplir los requisitos para acceder al IMV

A pesar de que los autónomos persona física, en principio, pueden acceder al Ingreso Mínimo Vital como cualquier otro solicitante -no así los autónomos societarios y administradores de una sociedad, que quedan excluidos-, lo cierto es que la mayoría de expertos consultados por este diario aseguran que hay "muy pocos trabajadores por cuenta propia" que hayan podido beneficiarse de esta prestación.

Según explican desde diferentes despachos, la mayoría de las veces en las que se deniega la solicitud al colectivo es por cuestiones de patrimonio o renta. Buena parte de los solicitantes autónomos pueden estar en una situación muy precaria pero tener una segunda propiedad a su nombre o el de algún otro miembro de la unidad familiar.

Y, aunque no sea el caso, es muy complicado que cumplan con los requisitos de acceso a nivel de renta. "Si un autónomo cumpliera los requisitos de tener unos ingresos tan bajos en 2019, lo más probable es que se haya dado de baja antes de llegar a 2020. Muy pocos pueden aguantar al frente de un negocio durante un año entero con menos de 400 euros de beneficio", explicó en anteriores declaraciones a este medio José Carlos Piñero, director del Área Jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).