La Seguridad Seguridad aplica de forma diferente la ley

Las autónomas no pueden acceder a sus derechos por maternidad

Las diferentes delegaciones de la Seguridad Social "interpretan la Ley de Medidas Urgentes de Trabajo Autónomo a su manera", lo que está provocando que muchas autónomas que han sido madres no puedan disfrutar de las bajas y de las bonificaciones a las que tienen derecho.

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Las autónomas no pueden acceder a sus derechos por maternidad

“Nos vendieron una cosa, pero la realidad ha sido otra. Estoy muy desilusionada” con estas palabras una autónoma y madre describe su experiencia con las ayudas por maternidad, más concretamente con la bonificación de la cuota tras la baja por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela

Esta ayuda, que está recogida en el Artículo 38 tanto en la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, como en la del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dónde se modifica, se está aplicando de forma distinta en las diferentes oficinas de la Seguridad Social y lo que está impidiendo a muchas trabajadores autónomas disfrutarla.

Una de ellas es Cristina Amodeo, autónoma y fundadora de la Organizadora de Sueños: “Di a luz en febrero del año pasado. Antes de ello me informé a través de la Ventanilla Única de la Seguridad Social aquí en Sevilla -con quien realizó todo el papeleo- y me dijeron que tenía derecho a 16 semanas de baja y a bonificación de la cuota de 50 euros durante un año -ambas ayudas están recogidas en la Ley de Autónomos-. La sorpresa de esta autónoma fue cuando en febrero de 2019 le cobraron la cuota de autónomos sin tarifa plana, cuando debería haber estado disfrutando de esta reducción hasta junio.

Amodeo suponiendo que fue un error volvió a acudir a las oficinas de la Seguridad Social, dónde le explicaron que se había cometido un error y que a partir de ahora si se había acogido a las 16 semanas, no tenía derecho a los 12 meses de reducción, pues no eran compatibles. "Puede que incluso me obliguen a pagar todas las cuotas de los meses en los que me he beneficiado de la reducción” se lamentó ésta organizadora de eventos. Amodeo contó que se ha informado, asesorado y ha buscado respuestas al por qué de lo que le ha pasado: “Desde la Tesorería de la Seguridad Social no lo saben, no hay una unanimidad en sus respuestas. Lo que me dicen es que ponga una reclamación porque debería tener derecho a seguir disfrutando. Otros me dicen que el problema está en que la Ley tiene libre interpretación, por eso han podido cambiar de criterio a la hora de aplicar la bonificación”. Razón por la que ve necesario la emisión de una orden o una reglamentación para que se unifiquen.

Independientemente del por qué, la realidad es la desilusión de Amodeo y del resto de autónomas que están pasando por esta situación.  “Estoy muy desilusionada, porque nos vendieron el año pasado una medida que verdaderamente podría ayudarnos… y de repente no puedes acogerte a ella. Volver a la actividad después de tener un bebé cuesta, sobre todo el primer año, porque el tiempo que antes le dedicabas exclusivamente a un negocio, ahora se lo tienes que dedicar a tu hijo”.

Amodeo no es la única que está sufriendo esta falta de reglamento de la Seguridad Social. Ella también conoce a una autónoma que dio a luz el mes pasado y que tiene que elegir entre baja por maternidad o tarifa plana de -ahora- 60 euros. Además, apuntó que el día que fue a la Ventanilla Única a pedir más información, le dijeron que era la quinta persona que llegaba con ese problema.

Les obligan a cesar con su actividad

Otro de los problemas que la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) ha denunciado de las bonificaciones por maternidad es que obligan a las autónomas a cesar con su actividad -es decir, a cerrar físicamente su negocio- para poder beneficiarse de ella. Este requisito, según explicó ATA en un comunicado, no estaba en el “espíritu del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre”, además recuerda que la eliminación de éste fue un “compromiso adquirido por la propia ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, en el acuerdo con las organizaciones de autónomos del pasado 26 de diciembre”.

Que obliguen a darse de baja como autónoma y a cerrar su actividad para acceder a la bonificación de la cuota, además de constituir una incongruencia, provoca a que tenga que despedir a los trabajadores a su cargo -si los tiene-, pues los empleados no pueden seguir trabajando si el autónomo no está dado de alta, explican en la organización de autónomos. Celia Ferrero, vicepresidenta de ATA, afirma que “aunque la ministra anunció públicamente que las autónomas iban a poder beneficiarse dentro de los 24 meses posteriores a su baja por maternidad de la reducción de la cuota sin tener la obligación de cesar previamente en la actividad o cerrar su negocio, la Seguridad Social sigue sin aplicarla y se deniega a muchas madres autónomas. Una ayuda que es fundamental para la conciliación de la vida familiar y laboral”.