Con la reforma de las cuotas que se ha pactado

Los autónomos mayores de 48 años dejarán de tener topadas las bases de cotización en 2023

Los autónomos mayores de 48 dejarán de tener topadas sus bases de cotización. El nuevo sistema recientemente acordado, les permitirá pagar más cuota, siempre que sus rendimientos netos lo justifiquen.

Los autónomos mayores de 48 años dejarán de tener topadas las bases en 2023.
Los autónomos mayores de 48 años dejarán de tener topadas las bases de cotización en 2023

Con el nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales, los autónomos mayores de 48 años dejarán de tener topadas sus bases de cotización en 2023. Es decir, se elimina la prohibición que existía hasta el momento y que estaba impidiendo a muchos trabajadores de esta franja de edad cotizar por bases superiores. Se logra así una de las reivindicaciones históricas del colectivo, permitiendo que estos profesionales puedan asegurarse mejores prestaciones, siempre y cuando sus rendimientos netos lo justifiquen.

El presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, ya anunció el destope de las bases máximas de cotización de los autónomos mayores de 48 años durante el Curso de Verano "Los nuevos retos para los autónomos y los emprendedores". Un avance para estos autónomos que se ha conseguido mantener durante las últimas semanas de la negociación y que se confirma tras el pacto alcanzado el pasado 20 julio en la mesa del diálogo social entre las organizaciones de autónomos y el Gobierno para llevar a cabo la reforma del sistema de cotización del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

El texto normativo acordado establece un sistema de cotización en función de los rendimientos netos. Es decir, los autónomos van a pagar más o menos cuota a la Seguridad Social según las ganancias que obtengan por su actividad. Independientemente de la edad que tengan. De tal forma, que se destoparían así las bases de cotización.

El destope de las bases de los autónomos

En estos momentos, los autónomos mayores de 48 años, que quieren cotizar más porque sus rendimientos se lo permiten y desean asegurarse una mejor pensión cuando lleguen al retiro, tienen limitada a 2.055 euros/mes su base de cotización. Por ley no pueden cotizar por bases superiores a menos que lo hayan hecho antes de los 47 años. Una situación que se corregirá el próximo año con el nuevo sistema de cotización acordado y que se tiene previsto aprobar el próximo martes 26 de julio en el Consejo de Ministros.

Durante la rueda de prensa celebrada en la sede de ATA para explicar el acuerdo alcanzado, el presidente de la Federación, Lorenzo Amor, explicó que en el transcurso de las negociaciones les “preocupaba bastante conseguir el destope de las bases de cotización de los autónomos. Ya que la mitad de los trabajadores por cuenta propia que hay dados de alta en el RETA son mayores de 47 años y a día de hoy tienen topada la base a 2.055 euros/mes”.

De tal forma, actualmente y hasta la entrada en vigor del nuevo sistema en enero de 2023, los trabajadores autónomos con, por ejemplo, 50 años que tienen unos rendimientos netos superiores a los 2.055 euros mensuales que regula la ley, no pueden cotizar más, aunque quieran. No obstante, como aseguró Amor, “esta regulación con la entrada en vigor de un sistema que funciona en base a los rendimientos netos del autónomo ya no tiene sentido”.

Amor afirmó que "con la entrada el vigor del nuevo sistema los autónomos podrán cotizar en base a los rendimientos que tengan y el destope desaparece". A su modo de ver, se trata de un avance muy importante para el colectivo “porque la limitación de las bases de cotización era una queja habitual de muchísimos profesionales por cuenta propia, que están teniendo ganancias a partir de los 48 años y no se les permite subir su base de cotización”.

¿Por qué se toparon las bases de cotización de los autónomos?

El abogado laboralista y asesor jurídico de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Alberto Ara, explicaba a este diario anteriormente que “las bases de cotización de los autónomos de 48 años se toparon hace años para evitar lo que entonces se llamaba la ‘compra de la pensión’ y consistía en que un autónomo solía cotizar toda su vida laboral por una base mínima y, cuando se acercaba su edad de jubilación, se subía la base a la máxima para tener mejores años cotizados y conseguir una mejor pensión”.

Sin embargo, tal y como lo ve el experto, esta limitación dejaría de tener sentido “porque se han alargado los años que se utilizan para calcular la base reguladora de la pensión”. Actualmente, cuentan los últimos 24 años cotizados para calcular la base de la pensión que va a cobrar un contribuyente, con lo que ya no tienen tanto peso los últimos ocho. Además, la intención de este Gobierno es ampliar más los años para calcular la futura pensión, por lo que tendrá aún menos sentido.

Podrán subirse la cuota siempre que puedan justificar unos ingresos

Con el nuevo sistema, los autónomos mayores de 48 años podrán incrementar sus bases de cotización, no obstante la subida deberá ir acorde a la obtención de unas ganancias que justifiquen ese incremento. O mejor dicho, se podrán subir la base, siempre que sus rendimientos netos se lo permitan.

La vicepresidenta ejecutiva de ATA, Celia Ferrero, advirtió sobre la regularización que se iba a hacer a posteriori. “Es importante que los autónomos escojan su base de cotización acorde a sus rendimientos netos, porque se va a producir una regularización a posterior. Es decir, una vez haya presentado la declaración de la RENTA y la Administración conozca sus rendimientos computables, la Seguridad Social va a comprobar y asegurarse de que el autónomo ha cotizado por su tramo” dijo Ferrero.

La regularización que hará la Seguridad Social 

Dentro del acuerdo para la implantación del régimen de cotización por ingresos reales, las organizaciones de autónomos también pactaron 15 tramos de ingresos mensuales, asociados al pago de una cuota para los próximos tres años. A continuación, el cuadro con los tramos, bases y cuotas acordadas para 2023 2024 y 2025.

Tabla de cuotas de autónomos para los años 2023, 2024, y 2025
Estas serán las cuotas de los autónomos para los años 2023, 2024, y 2025.

De tal manera, los trabajadores por cuenta propia estarán encuadrados un tramo y pagarán la cuota que corresponda. Tras la presentación de la RENTA, la Seguridad Social revisará si su cotización es acorde con los rendimientos obtenidos y declarados. Según Ferrero, se podrán dar dos casos:

  • El primero, que los autónomos hayan pagado más cuota de la que deberían. Esto se llama sobrecotizar, en cuyo caso la Seguridad Social le devolvería el exceso.
  • O, el segundo, que los autónomos hayan pagado menos cuota de la que deberían. Esto se llama infracotizar y los trabajadores por cuenta propia deberán pagar a la Seguridad Social lo que le deben.

En este punto, Amor explicó que se había llegado a un acuerdo para los que estuvieran sobrecotizando antes de la entrada en vigor del nuevo sistema: “nos preocupaba también aquellos autónomos que estuvieran haciendo un esfuerzo por cotizar y estos profesionales mantendrán todos los derechos adquiridos tras la entrada en vigor de la reforma”. Esto quiere decir, que si el autónomo cotizaba por una base superior a la que debería antes de 2023, podrá seguir haciéndolo una vez comience a funcionar el sistema.