Según el Supremo, algunos complementos se pueden absorber para alcanzar el SMI

Los autónomos pueden incluir los pluses que pagan a sus empleados para calcular el nuevo Salario Mínimo

El Salario Mínimo Interprofesional ya ha subido a 1.080 euros al mes y, según el Supremo, los autónomos pueden utilizar los complementos que pagan a sus empleados para calcular si su sueldo se ajusta o no al nuevo SMI.

 

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Los autónomos pueden usar los pluses que pagan a sus empleados para equiparar los sueldos al nuevo SMI
Los autónomos pueden incluir los pluses que pagan a sus empleados para calcular el nuevo Salario Mínimo

El Consejo de Ministros de este martes aprobó el nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que alcanzará los 1.080 euros mensuales para el año 2023 y que supone añadir a las anteriores subidas otros 475 euros de costes salariales al año para muchos autónomos empleadores. Como ya avanzó este diario, los empleadores deberán recalcular el sueldo de sus empleados para ajustarlo al nuevo suelo salarial este mismo mes y con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023. Un incremento al que la patronal y otras organizaciones representativas de los autónomos -como ATA- y de las pymes -como CEPYME- se opusieron desde el primer momento. No sólo por ser la quinta subida en cuatro años,  sino también porque supone un 8% de incremento del suelo salarial y un sobrecoste estimado de más de 1.600 euros anuales por cada trabajador para los negocios con 

Por ello, una de las dudas más frecuentes entre los autónomos con empleados a su cargo es cómo saber si la cantidad que están abonando a sus trabajadores se ajusta o no al SMI en vigor y si tendrán que pagar más para adaptarla al nuevo suelo salarial. Según distintas sentencias del Tribunal Supremo, hay varios complementos que se abonan normalmente en las nóminas -como el de productividad- que también se pueden incluir a la hora de ajustar el salario de los trabajadores al nuevo SMI en vigor. 

Antes de estas sentencias parecía entenderse que el salario base tenía que igualarse a la cuantía del SMI vigente, pero el Supremo aclaró que el SMI se alcanza con la suma del salario base más el resto de complementos salariales, como ya indican los artículos 26 y 27 del Estatuto de los Trabajadores. Se trata del principio de compensación y absorción -siempre y cuando el convenio no lo prohíba- de conceptos homogéneos salariales, como la antigüedad, el plus de responsabilidad o las pagas extras. 

El Tribunal Supremo emitió tres sentencias entre enero y abril de 2022. Lo primero en lo que coinciden los magistrados en cada una de ellas es que "este sueldo se ha de calcular siempre anualmente porque si no sería imposible saber si un empleado alcanza o no el Salario Mínimo, ya que puede ser que tenga algunas pagas anualizadas como la de antigüedad u otras que sólo cobre en algunos meses, por lo que habría veces que cobraría por debajo del umbral y otras por encima", explicó en su momento a este diario Jaume Barcons, abogado laboralista de la gestoría Barcons.

En 2023, y tras la aprobación del Real Decreto Ley, el Salario Mínimo que todos los autónomos deben pagar a sus empleados es de, al menos, 15.120 euros brutos al año. Ahora bien, la segunda pregunta que podría surgir a muchos empleadores es qué conceptos de los que puede percibir un trabajador -antigüedad, pagas extra, desplazamientos, plus de productividad, dietas, plus de responsabilidad...- se pueden incluir y 'absorber' a la hora de calcular el salario de un trabajador para ver si se ajusta o no al SMI vigente.

¿Qué complementos pueden sumar los autónomos para calcular el nuevo SMI de sus empleados?

Mediante tres sentencias, la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha dado una respuesta a la pregunta. En la primera de ellas, explicó que lo cobrado por complemento de antigüedad forma parte del salario que debe compararse con el nuevo SMI; en la segunda extiende esa regla a todos los complementos salariales (incluso variables); y en la tercera pone coto y advierte que fuera de la regla quedan las percepciones extrasalariales.  

Ésta fue una interpretación claramente beneficiosa para los profesionales con trabajadores a su cargo, ya que si con el sumatorio del salario base y el resto de complementos alcanzan la cantidad establecida por el Ejecutivo, no tendrán que asumir más gastos.

Ahora bien, la segunda de las sentencias va más allá e incluye conceptoso variables que se pueden tener en cuenta a la hora de calcular el SMI. Los ejemplos más claros serían el plus de productividad o las comisiones de ventas. "Son conceptos que el trabajador cobra anualmente y, si bien no son una compensación ni una absorción al uso, sí que en computo anual son salario y, por tanto, se pueden compensar y absorber", apuntó Jaume Barcons, abogado laboralista de la gestoría Barcons.

Y, al igual que la antigüedad, se pueden incluir como parte del salario para alcanzar los 15.120 euros brutos anuales de sueldo mínimo, "los pluses de productividad y las comisiones de ventas, ya que son salario porque se pagan por el trabajo realizado. Lo que hace el Tribunal Supremo es recordar lo que ya viene diciendo desde hace tiempo el Estatuto de los Trabajadoresel SMI no se calcula sobre el salario base sino sobre todos los conceptos cobrados por un empleado a cambio de su trabajo efectivo, y no como indemnización", añadió Barcons

Sólo se puede calcular en el SMI en base a conceptos salariales, no extrasalariales

 Ahora bien, el Tribunal Supremo en su última sentencia de abril acota también lo que no se podría incluir a la hora de calcular el SMI. "Dependerá de cada caso y habrá que ver por qué se paga exactamente el complemento, pero lo que hay que tener claro es si el complemento es salario, es decir, se paga por el trabajo efectivamente realizado opor el contrario, es una 'indemnización', es decir un complemento dirigido a cubrir costes que asume el trabajador pero que no tienen que ver directamente con la realización de su labor", explicó el abogado laboralista de la gestoría Barcons.

A esto último se le llama complemento extrasalarial y, según el Supremo, no se podría incluir para calcular el Salario Mínimo Interprofesional. El caso más claro para ver la diferencia sería el de los gastos de desplazamiento o dietas. "Si a mí me pagan una cantidad para que yo me desplace y si no me desplazo no cobro eso, porque va dirigido a cubrir mis gastos, entonces ya sería extrasalarial y no se puede absorber, porque no forma parte del salario que se recibe por el trabajo realizado sino que es una indemnización por unos gastos que tiene que asumir el empleado. Otra cosa sería que yo tuviera por ley un complemento por desplazamiento o dietas y lo cobre, me desplace o no de la oficina. Ahí sí se podría absorber", explicó Jaume Barcons.

Por supuesto, también serían complementos extrasalariales los gastos de electricidad o Internet de un empleado que teletrabaja y se le abona una cantidad calculada y dirigida a cubrir sus gastos "Eso no es salarial porque lo retribuyen como indemnización, por unos gastos que yo he tenido, como si fuera un suplido", apuntó el abogado laboralista.

¿Cuánto pagarán los autónomos con asalariados en el SMI este año tras la nueva subida?

Tras la nueva subida anunciada por el Gobierno en 2023, que tendrá carácter retroactivo desde el pasado 1 de enero, el importe que los autónomos y negocios con asalariados en el SMI deberán abonar mensualmente a la Seguridad Social aumentará en 35,23 euros, hasta sumar 475,65 euros anuales.

A esta cifra habría que sumar el 0,5% correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que también entró en vigor el pasado 1 de enero. Para un trabajador en el nuevo SMI, el 0,5% -del 0,6% total- que asume el autónomo o el negocio asciende a 6,30 euros mensuales. Es decir, el coste total a la Seguridad Social para los empleadores sumaría 481,95 euros al mes.

Así, el coste salarial mensual -contando la nómina, las pagas extras prorrateadas y las cotizaciones a las Seguridad Social- por empleado se situará este año en 1.735,65 euros, o 20.827,80 euros anuales. Sumando a este importe el aumento de las cotizaciones correspondiente a la entrada en vigor del MEI, la cifra total asciende a 20.903,40 euros anuales.

A tenor de estas cifras, los autónomos y negocios con empleados en el SMI pagarán este año 1.618,32 euros más por trabajador, un 8,39% más que el año anterior. Si tomamos como ejemplo el caso de una microempresa con cuatro asalariados, sus costes crecerán en 2023 más de 6.470 euros.