Remisión electrónica de datos de la Seguridad Social

Los autónomos tendrán hasta octubre para incorporarse al Sistema RED

Los trabajadores por cuenta propia tendrán hasta el 1 de octubre para darse de alta en el Sistema RED. Para ello, deberán presentar en la Tesorería General una fotocopia del DNI, la documentación que acredite que está dado de alta como autónomo y una solicitud de autorización para acceder al sistema.

Los autónomos tendrán hasta octubre para incorporarse al Sistema RED

Los autónomos tendrán hasta el 1 de octubre para darse de alta en el Sistema RED, así lo informa la Tesorería General del Estado. Esto deriva de la Orden ESS/214/2018, la cual obliga a todos los trabajadores por cuenta propia a incorporarse al sistema.

Esta Orden del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y de fecha 1 de marzo, modifica la Orden ESS/484/2013, del 26 de marzo de 2013, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social (Sistema RED).

¿Para qué sirve?

Este Sistema, aplicado desde el año 1995, se erige como la principal plataforma de acceso a los servicios electrónicos de la Seguridad Social. De forma generalizada, ya se realizan los trámites y actuaciones en el ámbito de la inscripción de empresas y la afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores.

Del mismo modo que se tramita la remisión de la información necesaria para el cumplimiento de la obligación de cotizar y la comunicación de partes médicos en los procesos de incapacidad temporal.

¿A quién se dirige?

Desde el 26 de marzo de 2013 estaban obligados a incorporarse a este Sistema las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimento de la obligación de cotizar encuadrados en cualquiera de los regímenes del Sistema de la Seguridad Social, con independencia del número de trabajadores que mantuviese en alta.

Sin embargo, en el caso de los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) sólo estaban obligados a su incorporación al Sistema los que al mismo tiempo tuviesen la condición de empresarios obligados a transmitir por dicho sistema los datos relativos a sus trabajadores, en cuyo caso también estaban obligados a transmitir por el mismo sistema sus propios datos como trabajadores autónomos.

Debido a esta nueva orden, los autónomos que no estén incorporados al Sistema Red tendrán hasta el 1 de octubre para hacerlo. Para su incorporación deberán presentar en la Tesorería General una fotocopia del DNI, la documentación que acredite que está dado de alto como autónomo y una solicitud de autorización para acceder al sistema.

¿Qué ventajas tiene?

El autónomo podrá eliminar las gestiones administrativas por el procedimiento convencional, con las consiguientes ventajas en comodidad, ahorro de tiempo y costes, al poder realizarlas vía online. Además, se añade la conexión directa a través de internet al Fichero General de Afiliación y a diversos servicios de cotización. 

Se necesitara disponer de un certificado digital para poder acceder, aunque se ampliará el horario de actuación, con la consiguiente posibilidad de transmitir información 24 horas al día, 365 días al año.

Se obtendrá una respuesta inmediata de la TGSS, lo que permitirá asegurarse de que los movimientos se hayan realizado correctamente. Además, los documentos transmitidos a través del Sistema RED no tendrán que ser presentados a otras entidades gestoras de la Seguridad Social

Aparte de no necesitar más que unos mínimos conocimientos informáticos, el sistema informará de las últimas modificaciones de normativa que le afecten, además de otras informaciones de interés.