Dependiendo del sector y su situación, podría interesarles aumentar o reducir el pago

Los autónomos tienen este mes para subir o bajar su cuota a la Seguridad Social de cara al verano

Los autónomos tienen hasta el 30 de junio para cambiar su base de cotización y pasar a pagar más o menos cuota a la Seguridad Social desde el 1 de julio. 
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Fachada de la Tesorería General de la Seguridad Social
Los autónomos tienen este mes para subir o bajar su cuota a la Seguridad Social de cara al verano

Los autónomos pueden cambiar a día de hoy hasta cuatro veces al año su base de cotización para aumentar o reducir la cuota que pagan mensualmente a la Seguridad Social. En abril arrancó el segundo de los periodos para solicitar esta modificación y los trabajadores por cuenta propia tienen hasta el próximo 30 de junio para subir o bajar la cotización de cara al verano.  

La base de cotización es una de las piedras angulares para los autónomos. No sólo porque determina cuánto deben pagar -entre unos límites mínimos y máximos- a la Seguridad Social, sino también porque de ella dependen todas las prestaciones presentes y futuras que podría necesitar un trabajador por cuenta propia -desde el cese de actividad o la Incapacidad Temporal, hasta  la jubilación-. Desde 2017 se permite hacer cuatro cambios al año en esta base para que cada uno pueda ir ajustando su cuota mensual a los ingresos que prevé que va a tener. 

Ahora, en plena negociación para la posible implantación de la cotización por ingresos reales, este método podría llegar a modificarse. En todo caso, a día de hoy -y con total seguridad durante 2022- los autónomos aún pueden beneficiarse de este tipo de modificación e ir modulando su cuota en cada etapa. En este segundo periodo del año, que va de abril a junio, la modificación es, si cabe, más oportuna ya que en este caso la subida o bajada de la cuota se haría de cara al verano, un periodo en el que muchos autónomos ven muy incrementada su facturación y pueden permitirse pagar más y otros, sin embargo, trabajan mucho menos y necesitan reducir gastos.

Los autónomos tienen hasta el 30 de junio para subir o bajar su cuota y adaptarla a los ingresos que prevén en verano 

Así pues, los autónomos tienen todo este mes para decidir si necesitan un cambio en su base de cotización de cara al verano para pasar a pagar más o menos cuota desde el 1 de julio. Cabe recordar que todos los cambios que se hagan tienen que estar, lógicamente, dentro de los límites en las bases de cotización que permite la ley.

Por norma general, todos los autónomos tienen que cotizar, como mínimo, por una base de 960 euros al mes -que da una cuota de 292 euros- y un máximo de 4.139 euros al mes (que daría una cuota de 1.266 euros). A partir de ahí, entre estos límites, el trabajador por cuenta propia podría elegir la base que más le convenga, según la cuota que esté dispuesto a pagar en función de los ingresos que prevea en verano.  

Siempre, eso sí, que no tenga más de 48 años, en cuyo caso -la mayoría de las veces- sólo podrá elegir entre sólo podrá elegir entre 316 euros (de mínima) y 646 euros (de máxima) este año

Teniendo en cuenta esto, los cuatro periodos establecidos para llevar a cabo una modificación en la base de cotización son:

  • Entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con efecto a partir del 1 de abril
  • Entre el 1 de abril y el 30 de junio, con efecto desde el 1 de julio
  • Entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, con efecto a partir del 1 de octubre
  • Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, con efecto desde el 1 de enero del año siguiente

Ojo, porque hacer cualquier cambio en la base más allá del 30 de junio provocaría que la modificación ya no tuviera efectos para el verano, sino para el 1 de octubre, porque se entraría ya en el tercer periodo.

¿Debo subir o bajar mi cuota de cara al verano?

Algunos autónomos afectados por la subida de costes o que arrastran aún pérdidas por la crisis del coronavirus, si prevén que en el verano podría caer su facturación, siempre cuentan con la posibilidad de bajar su cuota hasta septiembre para reducir gastos y, después, volverla a aumentar para que no se vean demasiado mermadas sus prestaciones.

A pesar de todo, es cierto que los expertos recomiendan siempre cotizar cuanto más mejor, ya que un pequeño aumento en la cuota puede multiplicar por hasta tres veces la cantidad que se percibe, es decir el dinero que se cobrará, en casi cualquiera de las prestaciones del autónomo: Incapacidad Temporal, Incapacidad Permanente, Paternidad o Maternidad, 

El 'retorno' en forma de prestaciones de la inversión que haga el autónomo variará en función de la prestación de la que se trate. Habitualmente, las más reducidas suelen ser aquellas que se generan por el fallecimiento del autónomo, como es la viudedad, y las más altas son la jubilación -siempre que se cumplan todos los requisitos- y la maternidad y paternidad. Por lo tanto, en estas últimas prestaciones, lógicamente, el aumento de la cuota va a tener siempre más repercusión. 

Con sólo 100 euros de aumento de cuota, todas las prestaciones del autónomo se incrementarían, como mínimo, 150 euros y, en algunos casos, hasta más de 300 euros al mes.