Sino deberán esperar hasta enero para que se modifique

En una semana se acaba la última oportunidad que tienen los autónomos para bajar o subir su cuota este año

Los autónomos tienen hasta el próximo 30 de septiembre para modificar su base de cotización y bajar o subir su cuota en los próximos meses. Sino, deberán esperar hasta enero de 2022. 
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Fachada de la Tesorería General de la Seguridad Social
En una semana se acaba la última oportunidad que tienen los autónomos para bajar o subir su cuota este año

Los autónomos tienen apenas una semana, hasta el 30 de septiembre, para modificar su base de cotización y pasar a pagar más o menos cuota, en función de cómo haya ido su negocio. De lo contrario, una vez haya empezado octubre, tendrían que esperar a 2022 para realizar cualquier modificación.

La entrada en vigor de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, en 2017, dio la posibilidad a los trabajadores por cuenta propia de cambiar su base de cotización cuatro veces al año -dentro de los límites mínimos y máximos fijados cada año-  para adaptar la cuota que pagan a la Seguridad Social en cada etapa del ejercicio.

Algo especialmente útil para algunos sectores con ingresos muy variables y en general para el conjunto del colectivo que se está recuperando de manera muy desigual de esta crisis y que puede necesitar varias adaptaciones de su cotización a lo largo del año. Ahora bien, a pesar de que las organizaciones de autónomos, como la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), llevan tiempo solicitando al Gobierno más periodos de adaptación de la base -al menos seis-, de momento sólo hay cuatro oportunidades al año.  

Hasta el 30 de septiembre para que los autónomos suban o bajen su cuota

El próximo 30 de septiembre termina el plazo para hacer el último de los cambios que surtirán efecto en 2021. Sin embargo, desde el 1 de octubre, los autónomos tendrían que esperar para ver reflejada la modificación hasta enero de 2022.  Por ello, puede ser un buen momento para que los autónomos revisen sus ingresos y prevean la facturación que van a tener de aquí a final de año, y si deberían subir o bajar su cuota.  

Dos posibles escenarios

Todavía hay muchos autónomos que continúan lejos de recuperarse y para los que la cuota mensual -que es de, como mínimo, 289 euros si no están acogidos a la Tarifa Plana-  todavía es una carga. A pesar de la importancia de cotizar más para obtener mejores prestaciones, lo cierto es que la difícil situación que está atravesando el colectivo incita a muchos autónomos a recortar todo tipo de pagos, incluida la cuota. Gracias a la reforma de 2017, pueden pasar a pagar menos durante un tiempo, y más adelante, cuando se hayan recuperado de la crisis, volver a subirla si lo consideran oportuno. 

También hay autónomos y pequeños negocios que comienzan a ver la luz al final del túnel y que han empezado a facturar más en verano o septiembre. En este caso, sería muy recomendable que subieran a una base superior para aumentar las prestaciones presentes y futuras. Cabe recordar que, como ya calculó este diario, con una subida de sólo 100 euros en la cuota, el trabajador por cuenta propia puede ver incrementadas casi cualquiera de sus prestaciones en más de 200 euros. 

Y esta subida no sólo redundaría en la mejora de prestaciones tan conocidas como la jubilación, sino también en otras como la Incapacidad Temporal o cese de actividad que benefician al autónomo, y viudedad u orfandad, que protegen a sus familiares. 

Cuatro periodos para modificar la base de cotización 

Los afiliados al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) pueden modificar su base de cotización en cuatro periodos establecidos.

  • Entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con efecto a partir del 1 de abril

 

  • Entre el 1 de abril y el 30 de junio, con efecto desde el 1 de julio

 

  • Entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, con efecto a partir del 1 de octubre

 

  • Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, con efecto desde el 1 de enero del año siguiente

 

Este cambio se debe realizar telemáticamente en la Sede Electrónica de la TGSS. Desde la página principal y a través de la pestaña “Afiliación e Inscripción”, el trabajador por cuenta propia debe acceder a “Cambio en la base de cotización de autónomos”.