De lo contrario, ya no percibirían la prestación

Los autónomos tienen sólo dos semanas para solicitar las ayudas por cese de actividad y empezar a cobrar en septiembre

Los autónomos tienen sólo hasta el 31 de agosto para solicitar las ayudas por cese de actividad y empezar a cobrar la prestación en septiembre. De lo contrario, quedarían fuera de plazo. 
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El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, junto a la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.
Los autónomos tienen sólo dos semanas para solicitar las ayudas por cese de actividad y empezar a cobrar en septiembre

Las ayudas por cese de actividad aprobadas en junio continúan en marcha y los autónomos pueden solicitar todavía cualquiera de las cuatro modalidades de prestación. Ahora bien, no todas cuentan con los mismos plazos. Mientras que el cese por suspensión decretada de la actividad puede solicitarse hasta el próximo 30 de septiembre, las demás prestaciones -POECATA, ayuda por bajos ingresos y prestación para autónomos de temporada-, deberán solicitarse antes del 31 de agosto ya que, de lo contrario, el solicitante quedaría excluido de cualquiera de estas tres ayudas. 

Tras un verano con más restricciones de las que cabía esperar, y con una reactivación demasiado lenta en algunos sectores, muchos trabajadores por cuenta propia que preveían aumentar su facturación podrían necesitar de nuevo acogerse a estas prestaciones. A diferencia de lo que sucedió en las anteriores prórrogas, los autónomos ya no cobran estas ayudas desde el día siguiente a la fecha en la que las solicitan, sino desde el primer día del mes siguiente a su solicitud.

Así lo establecen los artículos 7, 8 y 9 del Real Decreto-Ley 11/2021 de 27 de mayo, que regulan tres de las cuatro modalidades disponibles de las ayudas: el cese compatible con la actividad (POECATA); la prestación extraordinaria para autónomos que no puedan acceder a la POECTA; y el cese de actividad para autónomos de temporada. 

La norma precisa para estas tres ayudas que "el reconocimiento de la prestación se llevará a cabo por las mutuas colaboradoras o el Instituto Social de la Marina con carácter provisional con efectos de 1 de junio de 2021, si se solicita dentro de los primeros veintiún días naturales de junio". De lo contrario, el reconocimiento "se hará con efecto desde el día primero del mes siguiente a la solicitud".

Los autónomos que no soliciten antes de septiembre la prestación quedarán fuera de plazo 

Teniendo en cuenta que esta prestación dejará de estar en vigor el 31 de septiembre, y que" la ley marca que el reconocimiento se hará el primer día del mes siguiente a la solicitud, a los autónomos que no soliciten las ayudas antes de septiembre se les reconocería el cese de actividad en octubre. Entiendo que quedarían fuera de plazo, porque ese mes ya no estará vigente la actual prórroga de las prestaciones ", explicó José Carlos Piñero, director del Área Jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA). 

Aunque es cierto que las ayudas duran hasta el 31 de septiembre, realmente, sólo se podrían solicitar hasta el 31 de agosto, para que la mutua reconozca el derecho a la prestación del autónomo dentro del plazo estipulado en esta prórroga. Este plazo, "sin embargo, no afectaría a todas las prestaciones. El cese por suspensión funciona de forma diferente y depende del momento en el que se impongan las restricciones", añadió Piñero.

Quince días para solicitar tres de las cuatro modalidades  

Así pues, en tres de las cuatro modalidades vigentes de ayudas por cese de actividad, los autónomos tienen dos semanas para tramitar su solicitud y empezar a cobrar en septiembre. Tanto en la prestación compatible con la actividad, como en la prestación extraordinaria por bajos ingresos y la ayuda para autónomos de temporada, se les dio de plazo hasta el día 21 de junio para solicitar el cese y percibir el mes entero. 

Si no lo hicieron y todavía no se han acogido, pueden hacerlo durante el mes de agosto y empezar a percibir la prestación desde el día 1 de septiembre. En este caso, cobrarían un mes entero que supondría 480 euros fijos, en el caso de la ayuda por bajos ingresos; un mínimo de 661 euros en la POECATA -70% de la base de cotización del autónomo-; y  661 euros fijos en el caso de la prestación para autónomos de temporada.

La prestación por suspensión se solicita cuando la administración obligue al cierre el negocio

No obstante, hay una cuarta modalidad de ayuda por cese de actividad que, en este caso, no tiene los mismos plazos de solicitud que el resto. Se trata de la prestación extraordinaria por cierre decretado de la actividad, recogida en el artículo 6 del Real Decreto 11/2021. 

En este caso, según marca la Ley, "el reconocimiento de la prestación regulada en este artículo deberá solicitarse dentro de los primeros veintiún días naturales siguientes a la entrada en vigor del acuerdo". Es decir, la fecha dependerá del momento en el que la Administración decrete el cierre del negocio.

Las exenciones de las cuotas se están aplicando automáticamente

A estas cuatro modalidades de prestación se les une una quinta ayuda que también se aprobó en junio, la exoneración de parte de la cuota a los autónomos beneficiarios del cese de actividad a 31 de mayo y que no hayan vuelto a solicitar el cese.

 A diferencia de las demás ayudas, el autónomo no tendrá que tramitar ninguna solicitud para beneficiarse de estas exenciones. Tan sólo será necesario no pedir ninguna de las demás prestaciones, haber percibido hasta el 31 de mayo el anterior cese de actividad, y mantenerse dado de alta en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social hasta el 30 de septiembre de 2021. 

La Seguridad Social ya exoneró el 90% de la cuota de autónomos del mes de junio -sólo se pagó un 10%- y el 75% de la cuota de autónomos del mes de julio -sólo pagaron un 25%-. Este mes de agosto, los autónomos sólo tendrán que pagar la mitad de su cuota y en septiembre se les cobrará el 75%.