Afectaría a casi un millón de autónomos

¿Por qué bajar el impuesto de sociedades es bueno para el empleo?

Una revisión a la baja incentivaría la inversión y mejoraría la productividad. Además contribuiría a subir los niveles salariales y a generar empleo, según la opinión del IEE.

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¿Por qué bajar el impuesto de sociedades es bueno para el empleo?

La recuperación económica ha mejorado la cuenta de resultados de muchas empresas y eso se nota en términos de recaudación. Entre los meses de enero y octubre, el Estado ingresó por el Impuesto de Sociedades (IS) 22.696 millones de euros, cifra un 13% superior a la recaudada en el mismo periodo del pasado año.

Sin embargo, esta cifra podría incrementarse si se redujese el tipo del 25%, vigente desde la “reforma Lagares” del año 2015. Es más, también tendría efectos sobre otros impuestos, como  por ejemplo las cotizaciones sociales. ¿Por qué?

“El Impuesto de Sociedades es malo para los trabajadores”, afirmó con contundencia José Luis Feito, presidente del Instituto de Estudios Económicos (IEE) la pasada semana durante la presentación del informe ¿Deben bajar o subir los impuestos en España?, elaborado por la asociación de economistas liberales. Feito explicó que, una rebaja de dicho impuesto –que afecta en torno a un millón de autónomos que desarrollan su actividad bajo una fórmula societaria-, se traducirá en generación de empleo y permitirá mejorar los salarios de los trabajadores, que son quienes soportan el 40% de la carga del Impuesto de Sociedades.

El trasfondo, según el economista, se encuentra en que “el impuesto no lo pagan las empresas, lo pagan las personas, los propietarios de las empresas”, es decir los autónomos societarios. Asimismo, las variaciones al alza del Impuesto de Sociedades impacta en los beneficios y, “si estos bajan, se trasladan a los precios -en forma de aumentos-, a los proveedores y, tras ellos a los asalariados”.

La tesis sigue a pies juntillas las teorías del liberalismo económico, que defienden que para generar mayor riqueza en un Estado los impuestos deben reducirse a la mínima expresión, tal y como ocurre en Estados Unidos y Reino Unido. Precisamente en este último país "el Brexit acentuará la caída del impuesto", aseguró. En esta línea, el documento redactado por el presidente del IEE, destaca además que “en la medida que el impuesto recaiga sobre los propietarios de las empresas, disminuirá  la inversión y, por esta vía, se ralentizará la productividad, con lo que se erosionará el crecimiento de los salarios reales o del empleo”. 

Por otra parte, los datos del informe ponen de relieve el porcentaje de ingresos o recaudación respecto al PIB (Producto Interior Bruto) procedentes del Impuesto de Sociedades fueron del 2,3% en el año 2016 (2,5 puntos inferior a a la de 2007 justo antes de la crisis), lo que nos sitúa en la posición 17 del ranking de países de la Unión Europea, donde la media es del 2,6%.  No obstante, hay que tener en cuenta que en España la recuperación ha seguido un ritmo más lento, y que en dicho año todavía existía “una mayoría anómala de empresas con bases imponibles negativas”. 

La polémica del tipo efectivo

El plan presupuestario del Gobierno de Pedro Sánchez recoge una bajada del Impuesto de Sociedades para las pymes y, por tanto autónomos societarios, de dos puntos, del 25% al 23% (tres por encima de las recomendaciones del Informe Lagares que lo fijaba en el 20% para todos los tamaños de empresas). En el caso de las grandes (que también tributan al tipo real del 25%) se avecinan malos tiempos, ya que las intenciones del Ejecutivo pasan por elevar el tipo efectivo –el que se paga después de haberse aplicado deducciones,…- al mínimo del 15%.

En palabras de Feito, las afirmaciones de que en España el citado tipo efectivo medio del IS es del 10% y que el de las grandes empresas es del 7% “son ignorantes y demagógicas. No tienen sentido”. Es más, calcula que actualmente estaría en torno al 20%-23%. Para el presidente del IEE, la explicación radica en “el malentendido” que deriva de los datos publicados por la Agencia Tributaria que considera como beneficio tributable los dividendos de beneficios que se obtuvieron por las inversiones realizadas en el extranjero por las cuáles ya se habría tributado en el país en el que se generaron. En términos prácticos, si un autónomo, pyme o gran empresa internacionalizada cuenta con una filial en  Brasil, los beneficios que genere dicha filial tributarán en el país de la capital carioca, no en España. Con ello se evita la doble tributación. Cabe destacar a este respecto que actualmente están vigentes cerca de 90 convenios de doble imposición con países como Catar, China, México o Estados Unidos.