Podrían desatender la deuda por la falta de ingresos

El Banco de España avisa de que el 30% de los créditos ICO de los autónomos están en vigilancia por riesgo de mora

El Banco de España advirtió en un reciente informe que el 29,4% de la financiación avalada por el ICO y asignada a autónomos durante la crisis está bajo "vigilancia especial", ya que podría haber riesgo de impago. 
El Banco de España avisa de que el 30% de los créditos ICO de los autónomos están en vigilancia por riesgo de mora

Un 30% de los préstamos con aval del ICO asignados a autónomos a raíz de la crisis podrían estar en riesgo de mora, a causa de la falta de ingresos y el posible sobreendeudamiento de algunos pequeños negocios durante los últimos meses. Así lo refleja uno de los recientes Informes de Estabilidad Financiera elaborado por el Banco de España.

Ante los riesgos de impago derivados del alargamiento de esta crisis del coronavirus, que empuja a los negocios más pequeños a desatender sus obligaciones por la caída de ventas, el Supervisor realizó  un "seguimiento de los préstamos con avales del ICO".

Una de las principales conclusiones del documento es que, nada menos que el 35,8% de la financiación otorgada con aval durante la pandemia a las empresas en general, ha ido dirigida a negocios con créditos que ahora mismo están "en vigilancia especial". Si bien esto no significa que estén catalogados como "dudosos", el Banco de España alerta de que no están exentos de riesgo.  

Un 30% de la financiación a autónomos está en "vigilancia especial"

El organismo apunta que, "utilizando el conjunto de empresas y empresarios individuales en CIRBE, se observa que, para las empresas, el 35,8% de la financiación dispuesta vinculada al programa de avales ICO se encuentra asignada a acreditados que presentan en el conjunto del sistema algún préstamo en vigilancia especial". Este porcentaje sería del 29,4% si sólo se tienen en cuenta a los "empresarios individuales", es decir, a los autónomos.

Asimismo, el BdE también destaca la cifra de préstamos con un riesgo patente. En torno al 5% de los importes dispuestos avalados corresponderían a empresas con algún préstamo dudoso subjetivo -un 2,5% de ellos a empresarios individuales- y un 5,5% a empresas con algún préstamo moroso (-un 5,6%% a empresarios individuales), es decir, que ya están incumpliendo sus obligaciones.

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Fuente: Informe de Estabilidad Financiera del Banco de España

Los préstamos ICO tienen asociados mayores riesgos de mora

Por otro lado, el Supervisor también identifica los riesgos diferenciando entre los préstamos avalados por el ICO y los que no cuentan con este aval. En el informe concluye que aquellos autónomos y empresarios que solicitaron un crédito avalado tienen asociado un mayor riesgo de no devolverlo. Entre otras cosas, porque estos avales iban dirigidos a negocios con caídas de ventas que, en algunos casos, podrían seguir teniendo las mismas dificultades y no podrían cubrir la deuda.

Concretamente, el Banco de España avisa que, "la comparativa de las empresas que obtuvieron préstamos con aval del ICO en el año 2020 y aquéllas que no, permite identificar si las primeras presentan características asociadas a mayores riesgos". Tras el análisis, "se observa que las empresas beneficiarias del programa de avales presentaban una menor ratio de fondos propios sobre activos, un coste medio de la deuda más elevado, una menor productividad de las ventas (medida como ventas/empelados), y tenían plazos más cortos en su deuda bancaria. También eran más pequeñas y más jóvenes.

Sin embargo, estas empresas también presentaban mayores ratios de rentabilidad y liquidez. Todo ello sugiere que las empresas que se acogieron a la línea de avales presentaban, ex-ante, un perfil de riesgo algo más elevado que las que no lo hicieron". 

El aumento del riesgo de impago podría cerrar el grifo del crédito

De forma paralela, en otro reciente Informe de Estabilidad Financiera, el Banco de España avisa también que "persisten riesgos notables para la estabilidad financiera", y que si la crisis continúa alargándose, los bancos podrían acabar cerrando el grifo del crédito, incluso a los negocios viables. 

Concretamente, el supervisor advierte que, "si el deterioro de las expectativas de generación de rentas a más largo plazo es suficientemente severo, la contracción de la demanda solvente de crédito, o una respuesta más restrictiva de la oferta ante los mayores riesgos percibidos, podría llevar a una reducción de la deuda de estos sectores".

Y, de cara al futuro, "es necesario mantener un seguimiento muy cercano para detectar posibles restricciones de crédito sobre los colectivos de empresas viables, que podrían afectar a la senda de reactivación de la actividad económica".

A todo ello, se suma "la existencia de segmentos que han visto incrementar de manera significativa su grado de fragilidad financiera" por la crisis.

Hasta el 15 de mayo se puede ampliar el plazo de carencia de los créditos ICO

En todo caso, frente a sus anteriores advertencias, el Supervisor matiza que "es necesario tener en cuenta que muchos de estos préstamos avalados contaban con un periodo de carencia que, probablemente, todavía no haya concluido." Y , de hecho, los autónomos continúan teniendo la posibilidad de ampliar este periodo para devolver menos préstamo durante los meses que quedan de crisis, y así, tener más oxigeno hasta su recuperación.

Mediante el Real Decreto-ley 34/2020, el Gobierno amplió hasta el 30 de junio el plazo para la concesión de los créditos ICO, no obstante, para aquellos autónomos que ya lo hayan pedido tienen sólo hasta el 15 de mayo para solicitar la ampliación de los periodos de carencia y de los plazos de amortización que, en un principio, estaban fijados en 12 meses y cinco años respectivamente y ahora son de 24 meses y 8 años. Es decir, los trabajadores por cuenta propia tienen apenas dos meses parar lograr más tiempo en el que sólo deberán pagar intereses por sus préstamos ICO y para ampliar el periodo de devolución.

Estas condiciones aparecen recogidas en la normativa donde dice: "la solicitud de las medidas de ampliación tanto del periodo de carencia como amortización de los préstamos ICO por parte del deudor a la entidad no podrá ser más tarde del 15 de mayo de 2021".

El Ejecutivo estableció que los periodos de carencia en el que los beneficiarios de los préstamos sólo pagarán intereses de la deuda se extenderían hasta un máximo de 24 meses. Y los plazos de amortización de estos préstamos solicitados a través de cualquiera de las líneas ICO se ampliarían de los actuales cinco años a ocho. Es decir, tres años más. Esto quiere decir que los autónomos, por un lado, podrán estar más tiempo sin tener que devolver el capital del crédito solicitado. Y también que paguen una cuota mensual más reducida al alargarse los plazos de amortización.

¿Cómo se solicita la ampliación?

Para poder ampliar los periodos de amortización y carencia de los ICO, el Gobierno ha tenido que llegar a un acuerdo con la Comisión Europea y con las entidades bancarias. De esta forma, "los autónomos que quieran ampliar los periodos de devolución deberán sentarse con su entidad financiera para cambiar los términos de su préstamo en función de los nuevos periodos que determinó el Ejecutivo en noviembre", explicó el abogado Luis Conde, del despacho AGM.

El siguiente paso que deben dar es formalizar la modificación del contrato ante un notario. Éste, como ya adelantó la vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, tendrá una rebaja del 50% de los aranceles notariales y registrales “a la hora de hacer estas operaciones de ampliación”. Según los expertos, lograr esta ampliación no dura más de un "par de días".