Han enviado una carta al Gobierno

Cientos de miles de autónomos de temporada siguen sin cese de actividad por culpa de la norma

Los autónomos de temporada han enviado una carta al Gobierno para que modifique la norma y poder acceder al cese de actividad.

Diez meses después del estallido de la pandemia, cientos de miles de trabajadores por cuenta propia dedicados a actividades de temporada no están accediendo a la prestación por cese de actividad. El Gobierno habilitó una modalidad especial de la medida para los denominados autónomos de temporada, sin embargo su redacción está impidiendo el acceso a estos profesionales. En una carta, piden su modificación antes de que sea "demasiado tarde" para sus negocios

Los perjudicados por esta situación son, en su inmensa mayoría, trabajadores por cuenta propia que llevan sus negocios de forma ambulante recorriendo los pueblos de España. Venden desde, frutas y verduras, palomitas y algodón de azúcar, hasta churros y pollos asados, pasando por las típicos puestos de ropa, artesanía y, por supuesto, las atracciones de las fiestas. Son feriantes que llevan desde el pasado mes de marzo con su negocio parado y que no están recibiendo ningún tipo de ayuda. Así lo denunció la Asociación de Industriales Feriantes de Castilla La Mancha (ASINFE), que también forma parte de la Organización Nacional del sector.

Este lunes, la ASINFE envió una carta al Gobierno, en concreto al Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, así como a las diferentes organizaciones de trabajadores autónomos. Con el objetivo de que se aborde la problemática que sufren los feriantes en la próxima reunión que mantenga el Ejecutivo con las asociaciones de autónomos el próximo lunes y, en la que se abordará nuevamente la extensión del cese de actividad. 

Su presidente Manuel Martínez explicó que “hay cientos de miles de trabajadores por cuenta propia que no se han podido acoger a la prestación por cese de actividad, porque la definición que ha establecido el Gobierno en los diferentes reales decretos de lo que es un autónomo de temporada es incorrecta. Y por eso es necesario corregirlo, antes de que sea demasiado tarde". 

De hecho, Martínez expuso que su “incorrecta redacción” está dando lugar a desigualdades dentro del colectivo: “hay personas que con sólo cuatro meses cotizados están pudiendo beneficiarse de la medida, mientras que otras que llevan ocho meses, no. Y todo porque no estaban dadas de altas en las fechas establecidas”.

¿Por qué no puede acceder los autónomos de temporada a su cese?

Según explicó el presidente de la ASINFE lo que está impidiendo a los, en su mayoría, autónomos feriantes acceder al cese es el concepto que ha establecido el Gobierno de lo que es un ‘autónomo de temporada’. “Se ha elaborado una norma con el fin de apoyar a los autónomos de temporada que no está proporcionándoles ningún tipo de soporte. Dado que el concepto que se le aplica es excluyente para la mayoría del sector” apuntó

En concreto, Martínez se refiere a lo estipulado tanto en el Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, como en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, en el que se aprueban las extensiones del cese de actividad y se incluye la modalidad para los autónomos de temporada.

En ambas normativas, el Ejecutivo define que “a los efectos de este precepto se consideran trabajadores de temporada aquellos autónomos cuyo único trabajo a lo largo de los últimos dos años se hubiera desarrollado en el RETA”. Y, muy importante, “durante los meses de junio a diciembre de 2018 y 2019 siempre que, de haber estado de alta en un régimen de seguridad social como trabajador por cuenta ajena, esta alta no supere los 120 días a lo largo de esos dos años”.

Es decir, que para ser beneficiario del cese de actividad para autónomos de temporada habría que haber estado de alta y cotizando como trabajador por cuenta propia al menos durante cuatro meses y que estos fueran de junio a diciembre de cada uno de los años 2018 y 2019.

Se trata de unas fechas que, como criticó el presidente de la ASINFE, no coinciden con la “temporada real" de nuestra actividad. "Sólo han podido acceder a la prestación aquellos que han tenido la suerte de caer en el espacio marcado por el Gobierno” dijo Martínez.

Modificar la definición de “autónomo de temporada”

Para corregir esta situación y facilitar el acceso a los autónomos de temporada, desde la Asociación que los representan piden al Gobierno en la carta que, con carácter retroactivo, modifique los meses en los que se debía estar dado de alta. Así, reclaman que la prestación para los autónomos de temporada recogida en el Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, se establezca como requisito haber cotizado “por lo menos durante cinco meses, durante los meses de marzo a octubre de los años de 2018 y 2019”.

Y, en la última, recogida en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, que se cambie por los cuatro meses de “junio a diciembre de 2019 y 2019”.

Unido a ello, solicitan también que se eliminen los requisitos de ‘cuyo único trabajo’ y ‘durante los meses de’. Según su presidente, “los autónomos de temporada nunca están parados. Ellos tienen su trabajo de feriantes durante la época del año que les toca, pero cuando no, están trabajando de transportistas, de electricistas, carpinteros, etc”.

ATA exigirá este cambio

La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) se ha hecho eco de esta petición de los autónomos de temporada y lo llevará ante la mesa de negociación de la extensión del cese de actividad del próximo lunes 18. En concreto, exigirá al Gobierno que los autónomos de temporada que en 2018 y 2019 hayan cotizado en meses distintos a los que establece la norma puedan acceder a la ayuda.

Ésta es una de las cuatro peticiones que realizará la Federación en la mesa de negociación. Las otras tres son: 

1.- Eliminar el requisitos de haber sido beneficiario del cese de actividad durante la primera ola para serlo ahora durante la tercera. Según ATA, muchos profesionales no se acogieron a esta ayuda en su momento porque no quisieron o porque estaban beneficiándose de otra prestación (como baja por enfermedad o por paternidad y maternidad), y ahora la necesitan.

2.- Asimilar las exoneraciones de cotización de los ERTE al cese. Es decir, que se establezca un nuevo cese de actividad para aquellos profesionales que no sufren una suspensión de su negocio, sino una limitación. Tal y como ocurre con los ERTE, que está el de suspensión y el de limitación. El primero permite una exoneración de la cuota al 100% y el segundo gradual cada mes (desde un mínimo de 80%).

3.- Congelar la subida de las cuotas prevista para 2021. En enero de 2020 se tendría que haber aplicado una subida de la cuota de autónomos por el incremento de los tipos de cotización en el cese de actividad del 0,7% al 0,8% y por contingencias profesionales del 0,9% a un 1,1%. Una modificación empezó a aplicarse el pasado mes de octubre y que si el Gobierno no congela obligará a los autónomos a pagar un mínimo más de tres euros todos los meses.