El juzgado pide 100.000 euros al sindicato

Comisiones Obreras condenada por tener a un abogado como falso autónomo

Una sentencia del Juzgado de lo Social de Zaragoza ha condenado a Comisiones Obrereras (CCOO) a pagar 100.000 euros a su abogado por haberle tenido durante 35 años como falso autónomo. El sindicato asegura que tenían una relación mercantil y que recurrirán la sentencia.

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Comisiones Obreras condenada por tener a un abogado como falso autónomo

Una indemnización económica de 100.000 euros o tener que volver a readmitirlo. Son las dos opciones que el Juzgado de lo Social de Zaragoza nº7 le ha dado a la Federación de Servicios para la Ciudadanía (FSC) de Comisiones Obreras (CCOO.) en Zaragoza, para compensar al abogado Javier Checa por haber estado 35 años trabajando para el sindicato como un supuesto falso autónomo.

Este caso comenzó con una demanda por despido improcedente, que interpuso Checa a la Federación, alegando ser un trabajador por cuenta ajena de la organización sindical. Según publicó el periódico Heraldo de Aragón, Checa habría estado trabajando para el sindicato desde 1983, pero no fue hasta el año 2013 cuando el abogado y la Federación del sindicato firmaron un contrato de arrendamiento de servicios jurídicos que debería haber finalizado en diciembre de 2018. Sin embargo, no fue así. Dos meses antes de que terminase el contrato, Checa fue notificado mediante un burofax de que la FSC prescindía de sus servicios. Fue entonces, cuando interpuso la demanda.

La sentencia del Juzgado de lo Social de Zaragoza, emitida por el Magistrado David Aragüés tras conocer las condiciones laborales y escuchar las declaraciones de los testigos, determina que Checa habría trabajado todo este tiempo como falso autónomo para la Federación de Comisiones. En concreto, el fallo establece que: "bajo la apariencia" de relación mercantil en la contratación se esconde una "verdadera relación" en la que concurren "notas de dependencia y ajenidad", según publicó el Heraldo.

Algunos de esos rasgos de falso autónomo a los que alude el magistrado en su fallo, y que recoge también el artículo, son, por ejemplo, que tenía que atender a las personas que le llegasen por la FCS en unos horarios establecidos previamente; o que ,para prestar el servicio, debía antes pedirles a los clientes un ‘volante de encargo’, que tenía que estar firmado y avalado por alguien de la Federación, y en ellos venía fijado la figura del interesado, el tema a tratar, las tarifas a aplicar y las bonificaciones.

También el juez ha valorado el hecho de que, independientemente del asunto que tratase, el abogado tenía la obligación de informar de todos los casos, de forma verbal o por escrito, a la Federación y entregar copias de los acuerdos, facturas y devolver los volantes. Además, antes de 2013 (año en el que se fijó una cuantía), Checa cobraba en función de los resultados que obtenía. Si las sentencias eran favorables el trabajador defendido pagaba la minuta y el abogado tenía que entregar un 2% a la FCS cuando éstos fueran afiliados y un 1% si no lo eran.  Por el contrario, si el resultado del juicio no era favorable, era el sindicato quien se encargaba de pagar los servicios del letrado en función de la complejidad del caso.

Se trata de un comportamiento, que para el juez Aragüés, revela como el abogado estaba sometido al control del Sindicato y como éste ni si quiera podía negarse a un caso.

El Sindicato va a recurrir la sentencia

La visión que tiene la Federación de Servicios para la Ciudadanía (FSC) de Comisiones Obreras (CCOO) en Zaragoza del caso es bastante opuesta a la situación que refleja la sentencia del Juzgado de lo Socia nª 7: “nosotros no compartimos el fallo del juez. Es una sentencia que vamos a recurrir” aseguró Roberto Abenia, secretario general de la FSC, a este medio digital

Abenia explicó que en ningún momento Javier Checa fue un falso autónomo y que había sido independiente, llegando a crear su propia firma. “Este señor ha trabajado por cuenta propia e, incluso, se ha hecho un nombre y ha obtenido un prestigio a raíz de trabajar para la Federación” afirmó el secretario general de la FSC.

En cuanto a los indicios de dependencia y ajenidad a los que alude la sentencia, Abenia defendió que eran las consecuencias “de las cláusulas que se pueden establecer en los contratos mercantiles. Es perfectamente lícito”.

Según contó, a través del contrato que tenía, a Checa le llegaban los afiliados que necesitaban asesoramiento jurídico. “Éstos les eran derivados” dijo. También aclaró, con respecto a cómo había sido el funcionamiento con el abogado antes de la firma del contrato en 2013, que no podía decir nada: “de lo que pasaba en 1983 no puedo decir nada, porque en ese momento yo no era el Secretario General” concluyó el secretario general de la Federación de Comisiones Obreras en Zaragoza.