Las dudas sobre el Real Decreto-Ley 6/2022 respecto al "mantenimiento del empleo"

¿Cuáles son las nuevas ayudas que prohíben a los autónomos despedir trabajadores y cuándo finalizan?

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto con decenas de medidas para paliar la subida de costes en varios sectores que van ligadas a la prohibición de despedir trabajadores. Los expertos explican cuáles de estas ayudas impiden recurrir al despido, hasta cuándo son efectivas y si compensa cobrar la subvención o prescindir de un empleado. 
pedro-sanchez-autonomos-coronavirus
Foto de archivo del Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez
¿Cuáles son las nuevas ayudas que prohíben a los autónomos despedir trabajadores y cuándo finalizan?

El Gobierno aprobó este martes en Consejo de Ministros el paquete de medidas más esperado para los autónomos y pequeños negocios que se están viendo afectados por las subidas históricas de los costes en las materias primas, gas, electricidad e hidrocarburos. El Real Decreto Ley 6/2022, que establece una batería de ayudas para hacer frente a las consecuencias de estos incrementos de costes, cuenta con una dotación de 16.000 millones de euros repartidos en decenas de medidas distintas: desde subvenciones y bonificaciones, hasta aplazamientos de pagos a la Seguridad Social, exenciones, bonificaciones en los precios de determinados productos y ampliaciones de líneas de financiación.  

A pesar de que el paquete de ayudas podría suponer una inyección de liquidez y un apoyo decisivo para decenas de sectores como el transporte, la pesca, la agricultura, la ganadería y otras actividades dependientes, la norma también trae una contraparte que, según los expertos consultados, vuelve a ser un "caramelo envenenado" para los autónomos, como lo fue el compromiso de mantenimiento del empleo con los ERTE durante la pandemia, que todavía a día de hoy impide a algunos empleadores despedir hasta 2024.

Concretamente, el Real Decreto Ley 6/2022, en su artículo 44 dice que "en aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas" o de las medidas de reducción o suspensión de jornada, "el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 30 de junio de 2022". Además, el incumplimiento de esta obligación "conllevará el reintegro de la ayuda recibida".  Esto significa que los trabajadores por cuenta propia deberán decidir si seguir arrastrando la mala situación que encadenan desde principios de la pandemia y no cobrar ninguna ayuda, o hacerlo y comprometerse a no despedir por causas objetivas a raíz de la pandemia teniendo en cuenta que dentro de unos meses podrían no tener capacidad para seguir pagando los salarios y cotizaciones de sus empleados. 

Es decir, en el caso de que la medida que afecte a su sector y a su situación particular estuviera sujeta a la prohibición de despido, ¿le merecería la pena  al autónomo asumir miles de euros en costes laborales durante los próximos meses a cambio de una ayuda que, en muchos casos, no superará los 500 euros? Antes de nada, el debate para muchos abogados y expertos jurídicos está en dirimir cuál de todas las medidas se puede considerar una ayuda directa -y por tanto estar sujeta a prohibición de despido- y cuál no, ya que este término, en realidad,  es más bien una convención que forma parte del ámbito político y no tanto del jurídico o económico. 

¿Cuáles de las nuevas ayudas que acaba de aprobar el Gobierno impiden despedir hasta junio?

En este momento, la batería de medidas aprobada por el Gobierno se podría resumir en varias líneas de subvenciones para sectores como la industria intensiva en consumo de gas; los productores de leche; los profesionales del transporte y el ferrocarril; la ganadería; la agricultura; la pesca; la acuicultura; y hasta algunas actividades dependientes de estos sectores como los armadores de buques. En estas subvenciones está claro que afectaría la nueva prohibición de despido objetivo por causas del incremento de costes. Ahora bien, la duda que tienen todos los autónomos es qué ocurrirá con todas las demás medidas que el decreto no concreta y si éstas se pueden considerar o no ayudas directas: bonificaciones a los hidrocarburos y otras rebajas fiscales, las exenciones en algunas tasas, la ampliación de los créditos ICO -que tienen intereses especiales y que también pueden ser considerados ayuda- y  hasta las medidas de financiación del aumento de los costes de producción de la pesca.

Frente a todas estas medidas, el Real Decreto sólo dice lo siguiente para distinguir cuáles de ellas están sujetas a la prohibición de despido: 

  • Las empresas beneficiarias de las ayudas directas no podrán justificar despidos objetivos basados en el aumento de los costes energéticos.
  • Las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos. 

Por lo tanto, lo único que está claro es que los autónomos que cobren ayudas directas y los que pongan en marcha un ERTE por causas del aumento de costes, tendrán que estar sujetos a esta prohibición. 

Según confirmaron fuentes del Ministerio de Economía, "la norma es clara y se refiere sólo a ayudas directas y a medidas de reducción de jornada o empleo".  En principio y a expensas de nuevos desarrollos de cada medida en cada sector, Economía insiste en que "la ampliación del plazo para los créditos ICO no está afectada por este compromiso de no despedir hasta junio, porque un préstamo no puede ser una ayuda directa. De hecho, cuando el Presidente del Gobierno presentó las medidas de este decreto, diferenció claramente entre el presupuesto de 6.000 millones destinados a ayudas directas y los 10.000 millones de créditos ICO", explicaron las mismas fuentes oficiales

Siguiendo el mismo razonamiento y asumiendo que los ICO quedan fuera del compromiso de no despedir hasta junio, es probable que esta prohibición tampoco afecte a otras medidas que, a priori, no parecen ayudas directas al no ser subvenciones económicas que se pagan directamente al beneficiario, como puede ser el aplazamiento de las cuotas a la Seguridad Social, o las bonificaciones en el carburante que no sólo afectan a los autónomos y empresas, sino también a los consumidores que pagarán 20 céntimos menos por litro.

En base a esto, y a expensas de futuras aclaraciones, los autónomos que de momento se sabe que si cobran las ayudas directas se enfrentarán a una prohibición de despido son: 

  • Transportistas, taxistas y furgoneteros

El decreto recoge varias ayudas para los transportistas, como las bonificaciones en hidrocarburos. Sin embargo, la medida que está claro que estará sujeta a prohibición de despido es la línea de subvenciones de entre 300 euros y 1.250 euros. Estas subvenciones se repartirán entre las diversas actividades de tal manera que, dentro de cada una, se determinará el importe individual  atendiendo al número y tipo de vehículo explotado por cada beneficiario (por ejemplo, a los taxistas les corresponderían 300 euros por vehículo, mientras que a los camiones pesados serían 1.250 euros).

También, por separado, se ofrece una ayuda para beneficiarios que trabajen con locomotoras de tracción diésel, sin que en ningún caso el importe resultante pueda superar la cantidad de 400.000 euros por empresa. En este caso, cada locomotora daría derecho a 15.000 euros. 

  • Agricultores, ganaderos, productores de leche y pescadores

Los autónomos  y pequeños negocios de la ganadería también se verán afectados por esta prohibición de despido si cobran las ayudas que la norma establece para ellos. En este caso, se trata de subvenciones para la producción de leche  que van de los 10 euros por animal hasta los 210 euros, dependiendo del que se trate.

También y más en general, el decreto también prevé una dotación de más 362 millones para la agricultura y la ganadería, y otra de unos 68 millones de euros para la pesca. En ambos casos, distintos reglamentos desarrollarán las cuantías de estas ayudas para cada caso-sujetas al mantenimiento del empleo hasta junio-, y que también pasan por exenciones en algunas tasas y compensaciones según el incremento de costes soportados por el negocio.

  • Actividades industriales

También los negocios que accedan a la línea de ayudas directas a la industria intensiva en consumo de gas tendrán prohibido despedir hasta junio. Serían, por ejemplo, actividades de fabricación de pasta, papelera, papel y cartón o fabricación de fibras artificiales y sintéticas. En este caso, el importe de las ayudas para cada beneficiario consistirá en una cantidad, dependiendo de su CNAE, multiplicada por su número de empleados, con una cuantía máxima de 400.000 euros.

  • Armadores de buques

Entre los diversos sectores que podrán acceder a las ayudas del Real Decreto también los armadores de buque podrán ser beneficiarios. Estos negocios podrán optar a subvenciones sujetas a prohibición de despido que se concederán en función de los tramos de capacidad medidos por el peso de cada buque, y que podrían ascender hasta los 2.500 euros.

¿Compensa que los autónomos cobren las ayudas directas a cambio de no despedir hasta junio? 

Una de las dudas que han rondado a los autónomos desde el momento en el que conocieron la intención del Gobierno de dar un paso más en sus prohibiciones para despedir empleados si se accede a alguna ayuda es si les compensa cobrar la subvención a cambio de perder el derecho a reducir cargas laborales en estos momentos tan complicados.

La patronal CEOE y ATA se mostraron desde el principio en contra de eliminar la libertad del autónomo o de cualquier empresa de tomar las mejores decisiones a la hora de mantener su empresa a flote, incluida la posibilidad de reducir plantilla si, con ello, logra salvar la actividad. "Quién piense que en situaciones complejas como las que estamos viviendo, el empleo se mantiene por Real Decreto, vive en una realidad paralela y muy alejada de la realidad que le está tocando vivir al tejido empresarial", aseguró Lorenzo Amor, Presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) en sus redes sociales.

En la misma línea, el director Jurídico de ATA, José Carlos Piñero, consideró "desproporcionada" esta prohibición incluida en el Real Decreto. "No puede ser que por 500 euros de ayudas, ó 1.200 en el mejor de los casos, se limite, o prohíba, la necesidad de despido objetivo, que en realidad no es un capricho del autónomo, si no un drama necesario, desgraciadamente, cuando se lleva a cabo. Y ese despido se hace de manera extraordinaria cuando no hay más opción".

Los expertos recomiendan solicitar la ayuda y devolverla en caso de que sea necesario despedir  

Éste sería el caso de un autónomo, imaginemos, del transporte, con un camión pesado y dos empleados a su cargo,. Este trabajador por cuenta propia tendría derecho a poco más de 1.200 euros de ayuda directa y a 700 euros de reducción de costes de combustible por los 20 céntimos que quiere subvencionar el Gobierno. Pero, lleva varios meses trabajando sin cubrir costes y su negocio acumula 15.000 euros de pérdidas ¿Debería o no debería pedir las ayudas y perder la posibilidad de recurrir al despido cuyo ahorro podría suponer 19.500 euros este año?

A pesar de todo, los expertos recomiendan a aquellos autónomos que se vean en la tesitura de decidir entre solicitar las ayudas perdiendo la posibilidad de despedir o rechazarlas y prescindir de un trabajador, solicitarla. En este supuesto, sería mejor asegurarse el cobro del dinero y, en el caso de que tengan que recurrir al despido, que lo hagan y devuelvan el dinero.