Deducciones a aplicar antes de final de año

Diez consejos de los técnicos de Hacienda para que los autónomos ahorren hasta 3.500 euros en impuestos

Según el sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), los autónomos pueden ahorrar una media de hasta 3.500 euros en sus impuestos haciendo determinadas inversiones y aportaciones antes de final de año. Éstos son los diez beneficios fiscales que se podrían aplicar.
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Diez consejos de los técnicos de Hacienda para que los autónomos ahorren hasta 3.500 euros en impuestos
Diez consejos de los técnicos de Hacienda para que los autónomos ahorren hasta 3.500 euros en impuestos

Los autónomos todavía están a tiempo de reducir los impuestos que deberán pagar al año que viene en la declaración de IRPF o empezar a aplicar el año que viene una serie de recetas para la  presentación de la RENTA del ejercicio siguiente. A partir de abril de 2023 arrancará la campaña de la RENTA y la mayoría de los trabajadores por cuenta propia tendrán que declarar todos los gastos e ingresos que obtuvieron durante 2022. Todavía faltan dos semanas para que acabe el ejercicio y es posible ahorrar miles de euros si se saben aprovechar algunas herramientas y deducciones en esta recta final del año. 

Según el sindicato de el sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), los autónomos podrían llegar a ahorrar durante esta recta final del año hasta 3.425 euros en la próxima declaración de la RENTA. Este año ha disminuido los incentivos de los planes de pensiones individuales, que suponían una de las grandes herramientas para que los contribuyentes redujeran su factura fiscal, a cambio, se favorecen los planes de previsión empresarial.

Aunque el ahorro fiscal dependerá de los ingresos de cada contribuyente y algunos no podrán aplicar ninguna deducción, según los subinspectores de Hacienda una buena parte de los autónomos podrían abaratar miles de euros su factura fiscal aprovechando varias deducciones como las disponibles por obras de mejora de la eficiencia energética en sus viviendas; las inversiones en negocios de reciente creación, las aportaciones a planes de pensiones o planes de previsión asegurada, o la planificación de la venta de acciones. 

Diez consejos para que los autónomos ahorren una media de 3.500 euros en su próxima RENTA

Como cada año, el ahorro fiscal dependerá de los ingresos de los contribuyente. Mientras que las personas con ingresos superiores a los 600.000 euros al año podrán abaratar su factura fiscal hasta los 71.109 euros, para las personas con rendimientos anuales de 21.000 euros las ventajas fiscales no llegan a los 1.626 euros. 

En el cuadro que se incluye a continuación, Gestha hace una estimación del ahorro medio al que puede optar un contribuyente en la próxima RENTA, dependiendo de los ingresos y la deducción que se aplique-

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  • Baja a 1.500 euros la aportación máxima al plan de pensiones individuales aunque se pueden incrementar aportando a planes de pensiones empresariales.

Habitualmente, en los últimos meses del año conviene hacer aportaciones a los planes de pensiones o a los planes de previsión asegurados para lograr un ahorro fiscal en la declaración de la Renta del próximo año. Pero, según explican desde Gestha, el Gobierno está desincentivando las aportaciones a planes de previsión individuales y apostando por los planes de previsión empresariales.

La aportación máxima a los planes individuales ha pasado de 8.000 euros en 2020 a 2.000 euros en 2021, y a 1.500 euros en 2022. No obstante, el límite anterior se puede incrementar en 8.500 euros, cuando dicho aumento provenga de contribuciones empresariales al instrumento de previsión social, o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a la contribución empresarial. Se recomienda, pues, aprovechar la recta final del año para hacer aportaciones hasta agotar el límite. 

Según estima Gestha, de esta deducción se beneficia la mitad de los declarantes que ingresan más de 60.000 euros, cuyo ahorro les supone casi la mitad de la aportación al Plan de Pensiones al ser una reducción de la base imponible que disminuye la progresividad del resto de los ingresos ordinarios.

  •  Compensar las pérdidas con ganancias

Ser inversor en bolsa no sólo puede traer ganancias, sino también pérdidas. Por eso, Gestha avisa de que el final de año es un buen momento para hacer cuentas y compensar las pérdidas generadas en un fondo de inversión, acciones o derivados financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas. No se podrán adquirir esos mismos valores o similares en los dos meses anteriores o posteriores a la venta. Asimismo, los rendimientos de capital mobiliario positivos (intereses de títulos, venta de obligaciones o bonos, dividendos, etc.) se pueden compensar con rendimientos negativos.

  •  Planificar la venta de acciones 

Los contribuyentes que prevean que sus rendimientos netos del trabajo serán inferiores a 16.825 euros deben vigilar, en la medida de lo posible, que no haya rentas de otro tipo, como por ejemplo ganancias patrimoniales por venta de acciones o rentas por alquileres de inmuebles, superiores a 6.500 euros, ya que en dicho caso perderían una reducción de rendimientos del trabajo que puede llegar hasta los 5.565 euros.

Esto afecta también a la venta de acciones, que pueden obligar a hacer la declaración a quien en teoría está exento: los que ingresen menos de 14.000 euros con varios pagadores, o hasta 22.000 euros con un solo pagador.  

  • Incentivos para los ‘ángeles’ de los emprendedores

La deducción para amigos y familiares de tercer grado de los emprendedores es de un 30% de la inversión en la cuota estatal del IRPF al suscribir las acciones o participaciones de la sociedad. La base máxima de la deducción es de 60.000 euros anuales, limitada a una participación, junto con su cónyuge y familiares hasta el segundo grado incluido, nunca superior al 40% del capital de la entidad y cuyos fondos propios tampoco podrán superar los 400.000 euros al inicio del período de la entidad en que el inversor adquiera las acciones. Asimismo, se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación. 

Actualmente, los técnicos remarcan que esta deducción es la más potente del IRPF, permitiendo deducir adicionalmente 1.840 euros de media a quien financie a una empresa reciente, aunque se precisa invertir otros 6.134 euros. 

  •  Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas.

La elevada factura de electricidad y gas hace interesante explorar obras en la vivienda que, además, permitan abaratar las facturas energéticas. Tres nuevas deducciones temporales son aplicables desde octubre de 2021 destinadas a obras de rehabilitación en aras de la eficiencia energética. Para beneficiarse en 2022, el certificado de eficiencia energética posterior a la finalización de las obras debe emitirse con anterioridad al 31 de diciembre de este año. Sólo afectará a propietarios de viviendas habituales o en alquiler o en expectativa de alquiler siempre que en este último caso, la vivienda se alquile antes de 31 de diciembre de 2024, y las obras no se podrán pagar con dinero efectivo.

Estas son las tres deducciones que el Real Decreto-ley 18/2022 de 18 de octubre ha ampliado el ámbito de aplicación de estas deducciones un año más: 

a) Deducción por obras de mejora para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración

Pueden beneficiarse de esta deducción en 2022 las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023 como la sustitución de ventanas por otras con doble acristalamiento o el cambio de una caldera por otra de biomasa, siempre que, tras estas obras, se haya reducido en un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración. 

La base máxima anual de esta deducción será de 5.000 euros y el porcentaje de deducción es del 20%. La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras y antes del 1 de enero de 2024.

b) Deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable

Las obras que permiten beneficiarse en 2022 de la deducción son únicamente las realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023 y consisten en, por ejemplo, la instalación de paneles aislantes en las paredes y de aislamiento térmico en los falsos techos, instalación de sistemas de calefacción y de aire acondicionado por aerotermia, etcétera. El técnico competente tiene que certificar una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable o bien una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B». 

La base máxima anual de esta deducción será de 7.500 euros y el porcentaje de deducción es del 40%. La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras y antes del 1 de enero de 2024.

c) Deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial

La deducción se aplica desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024, un año más, y se benefician aquellas obras destinadas a la mejora de la eficiencia energética del edificio en el que se ubica la vivienda tal como se ha señalado en el apartado anterior. 

La base máxima anual por declaración de esta deducción será de 5.000 euros anuales con un porcentaje de deducción del 60%. El exceso hasta 15.000€ se pueden deducir en los 4 ejercicios siguientes. La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras y antes del 1 de enero de 2025.

  •  Aplicar la deducción por compra y renovación de la vivienda

Quienes compraron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 seguirán disfrutando de la desgravación, siempre y cuando hayan tenido deducciones por dicha vivienda en 2012 o años anteriores. De este modo, estos contribuyentes pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de inversión de 9.040 euros. 

Teniendo en cuenta este límite, y dado el encarecimiento del Euribor, puede resultar interesante realizar un pago adicional -de 4.947 euros de media- para amortizar parcialmente la hipoteca antes de que finalice el año para reducir la factura fiscal en 742 euros, siempre que las condiciones del préstamo no impongan comisiones por cancelaciones anticipadas.

Algunas Comunidades autónomas tienes establecidas diversas deducciones propias en vivienda habitual, que los interesados deben consultar. También, conviene recordar que están exentas las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con la dación en pago de la vivienda habitual para la cancelación del préstamo hipotecario.

Sobre las viviendas habituales destruidas tras la erupción del volcán de La Palma, finalmente se respetarán, con efectos desde el 1 de octubre de 2021, las deducciones en la cuota íntegra autonómica del IRPF por las cantidades satisfechas en inversión para su reparación, incluidas las obras de rehabilitación energética o las de adecuación por discapacidad.

  • Neutralizar la tributación de las ganancias de la venta de una vivienda habitual

Las ganancias obtenidas por quienes hayan vendido su casa este año tributarán en la próxima declaración de la Renta, en función de su cuantía, entre el 19% y el nuevo tipo del 26% para rentas de ahorro y ganancias superiores a 200.000 euros. No obstante, los técnicos señalan que si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual será posible neutralizar este pago. 

  • Los mayores de 65 años están excluidos de tributar las ganancias

Están exentas las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual de los contribuyentes mayores de 65 años y también de personas dependientes severas o de grandes dependientes. 

También, para estas personas, está exenta la transmisión de cualquier otro bien o derecho, hasta un límite máximo de 240.000 euros, siempre que con el importe total se constituya una renta vitalicia asegurada en un plazo de seis meses. 

  • Exenciones hasta 60.100 euros si se trabaja en el extranjero

Los técnicos recuerdan que los rendimientos que se han obtenido por los trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero están exentos de tributación con un límite máximo de 60.100 euros anuales en el territorio común. Eso sí, Gestha aclara que se podrá aplicar esta deducción siempre y cuando en el territorio en el que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la del IRPF y no se trate de un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

  • Los donativos a ONG, a colegios profesionales y a organizaciones deducen 

Los donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción, permiten deducir el 80% para los primeros 150 euros y el 35% para los importes restantes, que llega al 40% si en los dos años inmediatos anteriores se dona a favor de una misma entidad por importe igual o superior. En cada uno de ellos, la deducción está limitada a una aportación máxima del 10% de la base liquidable.

De esta forma, los donativos tienen el mayor atractivo fiscal en relación a la aportación efectuada para estos fines solidarios, pudiendo aumentar el beneficio fiscal en unos 843 euros adicionales.

Las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos pueden reportar al contribuyente algún beneficio adicional, ya que suponen una deducción del 20%, limitada a una base máxima de 600 euros. En paralelo, las cuotas sindicales y de colegios profesionales deducen de los rendimientos del trabajo -si bien las últimas con un límite de 500 euros-, así como los gastos de defensa jurídica de litigios en la relación laboral con el límite de 300 euros anuales.