Podría introducir un cambio de criterio para su acceso

Un documento no oficial de Economía sobre las ayudas directas a los autónomos genera polémica en las CCAA

Un documento enviado por el Ministerio de Economía a las CCAA sobre las ayudas directas para los autónomos estaría generando polémica. Las autonomías no están seguras si el criterio facilita el acceso a los negocios.

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Nadia Calviño, ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Un documento no oficial de Economía sobre las ayudas directas a los autónomos genera polémica en las CCAA

El pasado abril, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital habría enviado un documento no oficial a las Comunidades Autónomas para resolver las principales dudas sobre el Real Decreto-Ley 5/2021, norma en la que se establecen los criterios que deben seguir las CCAA para permitir el acceso de autónomos a los 7.000 millones de euros en ayudas directas. El documento introduce una aclaración que supuestamente facilitaría el acceso de los pequeños negocios a este paquete de ayudas a fondo perdido. Sin embargo las CCAA no han adoptado esta acotación porque, aseguran, no es una instrucción de carácter oficial sino “sólo es un documento de word” que no concuerda con la norma. 

La puesta en marcha de las ayudas directas no está siendo un proceso sencillo. La ambigüedad jurídica con la que están redactados algunos apartados de dicho Real Decreto-ley está impidiendo a muchos autónomos acceder a las ayudas. De hecho, según estimaciones realizadas por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), más del 90% no van a poder cobrar las ayudas directas a pesar de sufrir grandes caídas de ingresos.

La norma que regula la distribución de los 7.000 millones de euros en ayudas directas es el Real Decreto-Ley 5/2021, en la que se establecen todos los criterios y líneas generales que deberán seguir las comunidades autónomas encargadas de distribuir el dinero entre los negocios de sus territorios y, además, dar cuenta a Hacienda de la gestión de este dinero. Pero como suele ocurrir, la norma no es clara. Los funcionarios de las administraciones autonómicas tienen que interpretar cada apartado de la ley para luego aplicar los criterios de concesión de los fondos. Y las regiones han decidido al unísono aplicar el Real Decreto-ley al pie de la letra, es decir excluyendo de las subvenciones a los autónomos que no tienen deudas pendientes, es decir, dejando fuera a todos los que han sufrido los rigores de la pandemia con una caída de ingresos importante pero que han ido pagando a sus proveedores, además de Hacienda y Seguridad Social, tal y como ya adelantó este diario.

La obligación a tener deudas para cobrar las ayudas directas es, según ATA, uno de los requisitos que más estaría impidiendo a los trabajadores por cuenta propia acceder a estas ayudas. Son pequeños empresarios que han utilizado sus fondos propios para cubrir los pagos a proveedores, que están sufriendo grandes pérdidas y que a pesar del esfuerzo realizado durante la pandemia, no podrán tener derecho a esta ansiada ayuda estatal. Es una situación sobre la que se han posicionado los diferentes sectores de actividad económicos, como los taxistas, las agencias de viaje, la hostelería o los comerciantes, que denunciaron a este Diario, lo injusto de esta situación y la decepción que sentían al comprobar que tras meses de espera no puede optar a las ayudas.

La aclaración que introdujo el Ministerio

Hasta la fecha, y en base a las convocatorias consultadas de ayudas directas por este diario, las CCAA siguen establecimiento ese requisito de tener deudas para la solicitud de ayudas directas. Y es precisamente ahí dónde podría estar el foco de la polémica de los últimos días.

Según reveló el periódico La Información, y pudo confirmar este medio digital, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital habrían enviado a las CCAA un documento no oficial, titulado ‘Aclaraciones al Título I del Real Decreto-ley 5/2021’, en el que presuntamente se abriría la puerta a que los autónomos pudieran acceder a la solicitud de ayudas directas sin la necesidad de tener deudas, sólo presentando pérdidas contables justificadas -éstos tendrían que seguir cumpliendo los mismos requisitos que antes-.

Fuentes del Ministerio aseguraron que en el documento que se envió a las comunidades autónomas en abril se recoge que los autónomos pueden acceder a las ayudas directas para cubrir pérdidas contables. En concreto, señalaron que lo que se especifica en él es que “las ayudas directas pueden destinarse al pago de deudas con proveedores, deudas de suministros, salarios y arrendamientos, deudas con acreedores financieros y no financieros, y pérdidas contables”. Y aseguraron que “son cuatro conceptos que están en el Real Decreto-Ley 5/2021”.

Las Comunidades Autónomas dudan de este documento

Según el Gobierno “los cuatro conceptos estaban ya incluidos en el Real Decreto, pero no se ha entendido”. Esta afirmación, que desde Economía ha sido trasladada a las CCAA ha generado mucha polémica en los territorios y Economía reconoce que “hemos recibido muchas llamadas por si se había producido algún cambio de criterio. En opinión del Gobierno "pero no lo ha habido. O sea lo que establece el real decreto es lo que marca de actuación, a partir de ahí las CCAA han hecho una interpretación u otra”, apuntaron fuentes gubernamentales.

Sin embargo, las comunidades autónomas está siguiendo al pie de la letra lo marca el Real Decreto-Ley 5/2021. Según explicaron las tres regiones autonómicas consultadas por este diario, "sólo pueden regirse por lo que marca la ley y no por lo que ahora dice un documento no oficial que han enviado en word". Añaden que “la convocatoria de las ayudas directas debe ir alineada con el Real Decreto-ley publicado en el Boletín Oficial del Estado. Esos son los límites que podemos explorar”. Especialmente, para luego no tener que obligar a sus trabajadores autónomos a devolver el importe de las ayudas. 

¿Qué son las pérdidas contables?

Las pérdidas contables, a las que alude el documento no oficial del Ministerio, es un concepto muy utilizado en el ámbito empresarial. Según el economista y asociado al bufete AGM abogados en las áreas de Corporate Finance y Gestión de Crisis, Luis Fernando Conde, “tener pérdidas contables en un negocio significa que los gastos que se deben pagar son mayores a los ingresos. Cuando ocurre al contrario, es decir, cuando los ingresos son mayores que los gastos, se denomina beneficio”.

Se trata de un concepto contable que no se puede aplicar a todos los autónomos. Ya que, por ejemplo, los que tributan por el sistema de módulos no tienen obligación de presentar ninguna contabilidad por lo que no podrían presentar ningún justificante de pérdidas y seguirían estando excluidos de las ayudas directas. Es el caso, por ejemplo, de los taxistas que ya se quejaron de que no tienen deudas que justificar a pesar de que el 2020 fue uno de los peores años de sus historia.