Impediría el cobro de su pensión

Empeora con la crisis el problema para jubilarse de los autónomos mayores con cuotas sin pagar

Los autónomos mayores golpeados por la crisis pueden contraer deudas con la Seguridad Social, lo que impediría su futura jubilación.

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Empeora con la crisis el problema para jubilarse de los autónomos mayores con cuotas sin pagar

Los autónomos que quieran jubilarse pero no hayan pagado todas y cada una de sus cuotas no podrán acceder a su pensión. Estar al corriente de pago con la Seguridad Social es uno de los requisitos que tienen que cumplir los trabajadores por cuenta propia para acceder a la pensión cuando finalizan su vida laboral. 

A raíz de la crisis del Covid-19, son muchos los autónomos que pocos años antes de jubilarse van a verse obligados a cerrar sus negocios con lo que se les será difícil pagar las cuotas que les queden hasta llegar a los 65 años o 67 años y llegue el momento de jubilarse. Eso significa haber cotizado toda una vida para que, en los últimos años, las consecuencias económicas de un virus impidan cobrar la pensión. Esta es la situación a la que pueden enfrentarse muchos trabajadores por cuenta propia. 

Todo ello, debido a un criterio establecido en la Ley de Seguridad Social, a partir del cual se deniega el derecho a la prestación de jubilación a los autónomos que tengan deudas con la Administración pública. 

Una propuesta para no dejar al autónomo sin su pensión

Con el objetivo de intentar solucionar esta situación, el Partido Popular presentó a principios de año en el Congreso una Proposición No de Ley (PNL) a raíz de una propuesta de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), con la premisa de que los autónomos que no hayan satisfecho todas sus cuotas puedan cobrar la prestación en el momento en que se jubilen.

La idea es que perciban el 50% de la cuantía y el otro 50% se destine a reducir la deuda que tienen con la Seguridad Social hasta que ésta quede amortizada. Así, tanto la Administración pública como el contribuyente saldrían ganando y, poco a poco, el autónomo podría ir regularizando su situación. Una vez satisfecha la deuda, percibiría el 100% de la prestación.

Lo que propone la PNL, es modificar determinados artículos de la Ley de Tesorería de la Seguridad Social, para que aquellos autónomos con deudas puedan recibir la mitad de la pensión que les corresponde, y el otro 50% vaya a amortizar la deuda que tienen con Seguridad Social, explicó Carolina España, diputada del Partido Popular en el Congreso. Según la diputada, “ésta sería una fórmula positiva para las dos partes”. Porque, por un lado, el autónomo podría acceder a una prestación a la que tiene derecho y para la que ha estado cotizando toda su vida. Y, por otro lado, la Seguridad Social cobraría una deuda que, sin los ingresos de esa pensión, el contribuyente no tendría forma de abonar.

La portavoz del PP confirmó a este digital que "la PNL está registrada, pero no se ha debatido aún porque sólo se ha celebrado una comisión de PNLs" debido a la situación epidemiológica del país. No obstante, Carolina España aseguró que se trata de una propuesta "prioritaria" y van a presentarla para su debate "lo antes posible".

En esta misma línea, la diputada reconoció que "en estos momentos es más importante que nunca. Ahora habrá muchos autónomos que hayan contraído deudas con la Administración a raíz del Covid-19 y vayan a jubilarse. Sería un gran injusticia que después de haber cotizado toda la vida se vean sin opción a recibir su pensión", concluyó.

Un aplazamiento de la deuda puede salvar la pensión

A pesar del firme criterio de la Administración por denegar la prestación de jubilación a aquellos autónomos que no hayan saldado sus deudas públicas, existe una forma de sortear ese requisito: el aplazamiento.

El abogado y economista Alberto Ara, explicó que, los trabajadores por cuenta propia que tengan deudas con Hacienda o Seguridad Social, pueden obtener el certificado de que están al corriente de pago con las administraciones simplemente aplazando estas obligaciones. "Aunque el profesional tenga deudas públicas, en el momento en el que las aplaza, puede solicitar el comprobante de que está al corriente de pago", señaló el abogado.

Por lo tanto, el autónomo que cierre su negocio habiendo aplazado sus deudas con la Administración, sí tendría derecho a percibir la prestación por jubilación. No obstante, es importante recordar que el aplazamiento de las deudas públicas tiene que solicitarse con anterioridad al reconocimiento de la pensión de jubilación. Es decir, si se solicita antes la jubilación que el aplazamiento, éste no tendrá ninguna validez.

Mecanismo de invitación al pago

Según explicó Ara, el problema para los trabajadores por cuenta propia viene cuando las deudas vencen sin haberlas aplazado. "Si el solicitante de la pensión de jubilación cumple el período de carencia de las deudas contraídas con Hacienda o Seguridad Social, pero no está al día en el pago de sus obligaciones, se le invitará al pago de las cotizaciones debidas a los efectos de acceder a la pensión".

Es lo que se conoce como mecanismo de invitación al pago. "Si el autónomo debe dinero de una deuda cuyo periodo ya está vencido y quiere jubilarse, la Administración le avisa de que debe dinero de una deuda que no aplazó, y le exige el pago para poder cobrar la pensión", explicó el economista.

El abono de las deudas deberá llevarse a cabo en el plazo de 30 días naturales a contar desde la invitación al pago. Si el trabajador cumple en el plazo de 30 días sus obligaciones, entonces se entiende cumplida la condición de estar al día en el pago de las cotizaciones para acceder a la jubilación. Si  no lo hace, no podrá cobrar la prestación.