En 2021 más de 50.000 personas utilizaron su prestación para emprender

Esto es lo que cobran de media los nuevos autónomos al capitalizar su paro para poner en marcha un negocio

El año pasado más de 50.000 personas capitalizaron su prestación por desempleo para darse de alta como autónomos y poner en marcha un negocio. Aunque el número de personas que utilizan el paro para emprender ha caído en los últimos años, el importe que perciben es cada vez mayor. Esto es lo que cobran de media.
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Esto es lo que cobran de media los nuevos autónomos al capitalizar su paro para poner en marcha un negocio
Esto es lo que cobran de media los nuevos autónomos al capitalizar su paro para poner en marcha un negocio

La Seguridad Social permite a los emprendedores que hayan generado al menos tres meses de prestación por desempleo, utilizar el dinero que tienen acumulado de 'paro' para darse de alta como autónomos y poner en marcha su propio negocio. Esta fórmula, que se denomina 'capitalización del desempleo', permite a las personas que se encuentran sin trabajo obtener liquidez para emprender y hacer frente a los gastos iniciales de su nueva actividad.

A pesar de lo beneficiosa que puede ser esta medida para los emprendedores, cada año menos personas recurren a esta opción para financiar un nuevo proyecto. Puede ser también por desconocimiento. Según los últimos datos publicados en el informe 'Mercado de trabajo y protección por desempleo', del sindicato Comisiones Obreras (CCOO), a lo largo de 2021, sólo 50.513 desempleados capitalizaron sus prestaciones.

Si bien el número de emprendedores que utilizaron el paro para poner en marcha su negocio el año pasado aumentó un 4% respecto a 2020, cuando se registró la cifra más baja de capitalización del desempleo -48.428- a causa de la caída del emprendimiento por la pandemia, el nivel de uso de esta fórmula todavía continúa muy lejos de los datos de 2008, cuando se alcanzó el récord histórico de 168.000 personas que invirtieron su paro en una actividad.

Ahora bien, mientras que el número de personas que capitalizan el dinero acumulado de desempleo ha ido descendiendo cada año, el importe medio que han percibido estos emprendedores para iniciar su actividad ha seguido la tendencia opuesta. A día de hoy, cada emprendedor que solicita este pago único recibe, de media, más del doble de lo que se percibía en 2004, cuando los desempleados recibían apenas 3.000 euros.

Los nuevos autónomos cobraron una media de 8.200 euros en 2021 al capitalizar su prestación por desempleo

Concretamente y según el informe publicado por CCOO en base a los datos del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), en 2021 los emprendedores que utilizaron su paro para montar un negocio percibieron, de media, 8.223 euros a través de la fórmula de capitalización por pago único, es decir, en un solo cobro reciben toda su prestación para invertir en la actividad. Cabe recordar que hay otras dos opciones similares, que serían utilizar el paro para pagar las primeras cuotas a la Seguridad Social como autónomo o una combinación de las anteriores opciones -usar parte de la prestación para invertir y otra parte para abonar las cotizaciones-.

Como se puede observar en la tabla a continuación, desde 2005, que es el año en el que se empiezan a contabilizar estos datos, el número de personas que emprendieron cobrando su desempleo ha ido disminuyendo cada ejercicio, mientras que el importe percibido por cada trabajador ha ido aumentando año tras año.

Captura

El aumento anual del importe que perciben las personas por capitalizar el paro se debe, principalmente, al incremento del número medio de días de prestación que capitaliza cada trabajador. Como muestra la tabla elaborada por CCOO, mientras que en 2005 se cobraba sólo una media de 126 días de desempleo (4,2 meses), en 2021 fueron 283 días (9,4 meses). 

Esto significa que, el año pasado, por cada día de paro acumulado y capitalizado, los emprendedores recibieron 29 euros para iniciar su negocio. Sin embargo, hay otras opciones además del pago único para invertir en una nueva actividad.

¿Cómo pueden utilizar los autónomos estos 8.000 euros de media para poner en marcha su negocio?

  • Capitalización de pago único: los emprendedores que realicen una inversión pueden financiarla con hasta el 100% de la prestación de desempleo que les quede por percibir, en caso de que puedan acreditar que necesitan ese dinero. Es decir, la primera de las opciones y también la más común sería cobrar todo el paro acumulado -8.200 euros de media en 2021- para invertir en el negocio que se va a  llevar a cabo. Una vez que solicitan el pago único, los autónomos tienen que iniciar la actividad como máximo en el plazo de un mes. Tienen que acreditar en el SEPE que se han dado de alta en autónomos y, a su vez, en Hacienda.
  • Usar el 'paro' para pagar las cuotas a la Seguridad Social: Otra de las opciones que tienen los autónomos es, en vez de invertir el dinero de la prestación en su negocio directamente, pagar las cuotas a la Seguridad Social de los primeros años. Contando que la media capitalizada en pago único es de 8.000 euros, si se invirtiera esta cantidad en abonar las cotizaciones a la Tesorería, el trabajador por cuenta propia no tendría que pagar cuota durante los 27 primeros meses.  Con este método, el nuevo autónomo tendrá que abonar primero  la cuota mensual y el día 10 del mes siguiente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le devolverá ese importe.

 

  • Capitalización mixta: aquellos que no consideren o no puedan acreditar que necesitan todo el capital para realizar la inversión podrán requerir un porcentaje menor -por ejemplo el 50% o 70%- y emplear el resto de la prestación que les quede por cobrar para abonar las cuotas mensuales de autónomos a la Seguridad Social. Volviendo al caso de los 8.000 euros de media, esto podría suponer, por ejemplo, que el emprendedor recibiera 4.000 euros de pago para invertir en su negocio y estuviera exento de pagar los primeros 15 meses de cuota mínima a la Seguridad Social.

Una cuarta posibilidad: compatibilizar el desempleo con los primeros meses de actividad

Una cuarta posibilidad que tienen los emprendedores para beneficiarse de la prestación por desempleo que generaron cuando trabajaban como asalariados es compatibilizarla con su actividad como autónomo. Esta fórmula es interesante para aquellos asalariados que quieren mantener unos ingresos a través de la percepción de la prestación por desempleo durante el tiempo que ponen en marcha una actividad que, normalmente, en los primeros meses no suele generar beneficios. No obstante, la normativa establece que sólo pueden compatibilizarse hasta un máximo de 270 días, es decir, nueve meses.

O bien cuando se inicia la solicitud para cobrar la prestación por desempleo, o bien cuando se está ya cobrando, el desempleado puede avisar al SEPE con un plazo de 15 días de que quiere compatibilizar el paro con el negocio que vaya a emprender. Volviendo al ejemplo de los 8.000 euros de media que se percibieron en pago único en 2021, con este método, el emprendedor cobraría una media de 890 euros al mes durante los nueve primeros meses de actividad.

Requisitos para capitalizar el paro

Cabe recordar que, como cualquier prestación, la capitalización está sujeta a una serie de requisitos que deben cumplir aquellos profesionales que quieran servirse del paro para poner en marcha un negocio. Uno de los más importantes es que esta posibilidad está reservada únicamente para los nuevos trabajadores por cuenta propia, es decir, aquellas personas que no hayan estado previamente dadas de alta como autónomos.  

Además, existen otra serie de requisitos que debe cumplir el desempleado que quiera transformar su prestación en una inversión para poner en marcha su nuevo negocio:

  1. Haber generado al menos tres meses de prestación por desempleo.
  2. No haber utilizado la prestación para ese fin en los cuatro años anteriores a la solicitud.
  3. No haber impugnado el despido (puesto que hasta que finalice el procedimiento no podrá beneficiarse).
  4. Acreditar ante el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) la nueva alta como autónomo.

¿Cómo se solicita la capitalización del paro?

Para solicitar la capitalización del 100% de la prestación por desempleo, el emprendedor debe enviar una solicitud al Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) junto a una memoria explicativa en la que debe detallar en qué consistirá su nuevo proyecto.

Se trata de entregar un dossier que contenga todas las bases del negocio que quiere sacar adelante. Tanto la actividad y el sector al que pertenece, como el presupuesto que cree que necesitará para ponerlo en marcha, ya que tendrá que acreditar la cantidad de inversión necesaria ante el SEPE para que se lo capitalicen.

Es obligatorio justificar la inversión

Según explicaron desde el SEPE, una vez que el emprendedor haya percibido el importe de la capitalización, el solicitante deberá, en el plazo de un mes, iniciar la actividad y entregar la documentación que justifique que ha invertido ese dinero en poner en marcha un negocio. Además, habrá que destinar la cantidad recibida a la actividad prevista, según lo que figura en la memoria del proyecto que forma parte del expediente. No será necesario si el autónomo ha utilizado la prestación para abonar sus cotizaciones sociales.

En el caso de que el negocio que se haya iniciado sea diferente al que constaba en la solicitud y memoria, pero se ajuste a lo establecido en la normativa de aplicación, se deberá presentar una nueva memoria y la documentación complementaria que sea necesaria y que le indique el Servicio de Empleo Público Estatal.

El organismo procederá a reclamar el cobro indebido por el total de la cantidad líquida capitalizada que le hubiera sido ingresada en los siguientes casos:

  • Si no inicia la actividad y no justifica suficientemente el motivo.
  • Si no destina la cantidad concedida a su incorporación como socio o socia o como persona trabajadora de una cooperativa o sociedad laboral.
  • Si no destina la cantidad a la realización de la actividad por cuenta propia.
  • Si no aplica o desvía la prestación por desempleo a otros fines distintos a la actividad objeto de la capitalización, podrá considerarse falta muy grave. Esta se sanciona con la pérdida de la prestación por desempleo y además, con la exclusión del derecho a percibir cualquier prestación económica, y en su caso, a la ayuda de fomento de empleo durante un año.