Deberán ir ligados a la formación

Finalmente los ERTE se prorrogarán en octubre pero los autónomos deberán solicitarlos de nuevo en noviembre

El Gobierno y los agentes sociales han acordado en el último momento la extensión de los ERTE hasta el 28 de febrero de 2022. El esquema actual de estos expedientes se prorrogará durante un mes, hasta el 31 de octubre, y los autónomos que lo necesiten más allá deberán solicitarlos de nuevo y ligarlos a la formación.

 

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo de Economía Social
Finalmente los ERTE se prorrogarán en octubre pero los autónomos deberán solicitarlos de nuevo en noviembre

A tan sólo dos días de que expire el mes de septiembre y, con él, los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), el Gobierno, la patronal y los sindicatos han alcanzado el sexto acuerdo para prorrogar la medida hasta el 28 de febrero de 2022, el cual previsiblemente quedará aprobado de manera oficial este martes en el Consejo de Ministros. No obstante, ya se conocen las líneas generales del acuerdo, como que el esquema de ERTE y las exoneraciones vigentes actualmente se ampliarán un mes más, es decir, hasta el 31 de octubre; y, a partir del 1 de noviembre entrarán en vigor los nuevos ERTE de formación diseñados por el Ejecutivo

La propuesta ha salido adelante después de varias semanas de negociaciones en las que el Gobierno y los agentes sociales no terminaban de ponerse de acuerdo en las condiciones que tendría que tener esta prestación en su nueva ampliación. Sin embargo, ambas entidades han coincidido siempre en la necesidad de mantener los ERTE como "una medida imprescindible para la protección del empleo". Y es que según los últimos datos del Ministerio de Seguridad Social, casi 254.000 trabajadores continúan a día de hoy afectados por estos expedientes

Finalmente, la entrada en vigor de los nuevos ERTE, vinculados a la formación, se verá retrasada hasta el 1 de noviembre, con el fin de dar tiempo a los negocios para preparar el nuevo modelo de expediente, y sus solicitudes, ya que la renovación de los ERTE a partir del 31 de octubre no será automática, sino que los autónomos tendrán que solicitar de nuevo afectar a sus trabajadores. Algo que, tal y como adelantaron distintos expertos en este diario digital, "incrementará considerablemente los costes para los trabajadores por cuenta propia y dificultará el acceso a muchos negocios", explicó Luis San José, el abogado laboralista del bufete AGM.

ERTE y exoneraciones vigentes hasta el 31 de octubre

ERTE por fuerza mayor

El ERTE por fuerza mayor seguirá vigente y sin cambios relevantes hasta el próximo 31 de octubre de 2021. Se trata de una medida dirigida a los negocios y trabajadores afectados especialmente por la pandemia. En su última prórroga, el Gobierno estableció dos criterios importantes en relación a este tipo de expediente: mayores exoneraciones para los casos de trabajadores que se reincorporen a la actividad, y menos para los casos de trabajadores en suspensión de empleo.

Eso sí, cabe recordar que los negocios acogidos a estos ERTE sólo tendrán exoneración de cuotas de la Seguridad Social si entran dentro del listado de sectores más afectados por la pandemia. En este listado, se encuentran, principalmente, aquellas actividades vinculadas al turismo, la restauración, el comercio, la cultura y el ocio. Asimismo, también podrán beneficiarse de las exoneraciones los negocios que dependan de estos sectores, aunque sea de forma indirecta, es decir su cadena de valor, siempre que se justifique que, al menos, la mitad de sus ingresos en 2019 estaban vinculados a compañías de estos ámbitos. Además, hasta el final de octubre podrán solicitar los ERTE por fuerza mayor aquellas actividades que entre finales de abril de 2020 y finales de mayo de 2021, han recuperado la actividad en porcentaje inferior al 75% y tengan un porcentaje de afiliados cubiertos por los ERTE igual o superior al 15%.

¿Cuáles son las exoneraciones a la Seguridad Social en el ERTE por fuerza mayor?

1. En caso de haber reincorporado a algún trabajador a la actividad:

  • Para los negocios con menos de 50 trabajadores95% de las cotizaciones de sus empleados -siendo antes un 85%-.
  • ​Para los negocios con 50 trabajadores o más85% de las cotizaciones de sus empleados en los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre -siendo antes un 75%-.

2. En caso de mantener a los trabajadores en suspensión de empleo:

  • Para los negocios con menos de 50 trabajadores85% de las cotizaciones de sus empleados en los meses de junio, julio y agosto. Y del 70% en septiembre y octubre.
  • ​Para los negocios con 50 trabajadores o más75% de las cotizaciones de sus empleados en los meses de junio, julio y agosto. Y del 60% en septiembre y octubre.

ERTE de Impedimento

Los ERTE de Impedimento son una medida destinada a todos aquellos negocios que vean impedida o suspendida su actividad por decisión sanitaria o restricciones administrativas. Es decir, bajo está modalidad, pueden afectar a sus trabajadores todos los autónomos o dueños de negocio empleadores de cualquier sector o actividad, que vean impedido el desarrollo de su negocio por nuevas restricciones o medidas de contención sanitaria, ya sea por parte de las autoridades españolas o extranjeras.

¿Quiénes pueden acogerse a los ERTE de Impedimento?

Cualquier negocio, independientemente de cuál sea su sector o actividad, puede afectar a sus trabajadores bajo un ERTE de Impedimento. Eso sí, siempre y cuando cumpla con la condición de ver impedida su actividad por restricciones sanitarias españolas o extranjeras

¿Cuáles son las exoneraciones a la Seguridad Social en el ERTE de Impedimento?

  • Si tienen menos de 50 trabajadores: 100% de las aportaciones de los trabajadores. 
  • Más de 50 trabajadores o 50: el 90% de la aportación de los trabajadores

ERTE de Limitación

Los ERTEs de Limitación están dirigidos a todas aquellos negocios cuya actividad se vea limitada a raíz de las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria exclusivamente española. Según explicó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá en la anterior prórroga de esta medida, el Gobierno "apuesta en esta modalidad por establecer coeficientes decrecientes, pero altos en cada mes, para animar a los negocios a abandonar los ERTE".

¿Quiénes pueden acogerse a los ERTE de Limitación?

Cualquier negocio, independientemente de cuál sea su sector o actividad, puede afectar a sus trabajadores bajo un ERTE de Impedimento. Eso sí, siempre y cuando cumpla con la condición de ver impedida su actividad por restricciones sanitarias exclusivamente de autoridades españolas

¿Cuáles son las exoneraciones a la Seguridad Social en el ERTE de Limitación?

En esta modalidad las exoneraciones irán reduciéndose a medida que pasen los meses.  

Menos de 50 trabajadores

  • En junio y julio: exoneración de cuotas del 85%
  • En agosto, septiembre y octubre: exoneración de cuotas del 75%

Más de 50 trabajadores o 50

  • En junio y julio: exoneración de cuotas del 75%
  • En agosto, septiembre y octubre: exoneración de cuotas del 65%

Cómo serán los ERTE a partir de noviembre

Al parecer, la idea que baraja el Gobierno según aseguran algunos expertos es un "modelo de transición" hacia el ERTE estructural con grandes modificaciones a nivel de exoneraciones, y de financiación de las vigentes actualmente. Según confirmaron fuentes del sindicato Comisiones Obreras a este diario, esta última prórroga de los ERTE extraordinarios "distará mucho" de los expedientes que se diseñaron para la pandemia. Y sin duda una de las grandes novedades es que los autónomos y empresarios con empleados afectados en ERTE no seguirán acogidos automáticamente a los expedientes -y sus beneficios en exoneraciones-, sino que deberán volver a solicitarlos. No obstante, esta modalidad no entrará en vigor hasta el próximo 1 de noviembre de 2021.

La introducción en este modelo denominado por el Gobierno como ERTE de formación hace pensar a los expertos que el Gobierno ya baraja que ésta sea la última de las prórrogas que conocemos de los ERTE extraordinarios, que dará paso a un nuevo mecanismo: el ERTE permanente. Dicha herramienta viene recogida en el punto 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia publicado por el Gobierno. En este apartado se desarrollan lo que serán "las nuevas políticas públicas" y se incluye precisamente la necesidad de "introducir de manera permanente mecanismos de ajuste interno de las empresas antes shocks (ERTE), que se nutran de la experiencia acumulada durante la pandemia". En este sentido, el Ejecutivo, desde el presidente hasta los titulares de diferentes ministerios, llevan meses aclarando que su intención es no dejar caer los ERTE, ni sus exoneraciones para los negocios en las cotizaciones a la Seguridad Social por sus trabajadores. 

Respecto a las exoneraciones de estos nuevos ERTE, por el momento y a falta de una confirmación en el Consejo de Ministros, la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha adelantado lo siguiente:

  • Los ERTE de limitación de actividad tendrán exenciones del 40% para empresas de más de diez trabajadores que no ofrezcan formación a sus empleados, y del 80% si imparten acciones formativas. Para los negocios más pequeños, de menos de diez trabajadores, estas exoneraciones alcanzarán el 50% sin formación y el 80% con formación.
  • En los ERTE de impedimento de actividad, las exoneraciones para todas las empresas serán siempre del 100%.

Así, la propuesta del Gobierno es que, para poder acogerse a las exenciones de las cuotas, las empresas que tienen entre diez y 49 empleados dediquen un mínimo de 30 horas a acciones formativas. Y para las que tienen 50 o más empleados las horas de formación se incrementarían hasta las 40 horas.

Volver a solicitarlos supondría la exclusión de muchos autónomos

A expensas de que se alcance este acuerdo y se concreten los nuevos detalles de este "modelo de transición", los expertos consultados por este diario coinciden en que "podría suponer un aumento de costes para los autónomos, como honorarios de abogados, gestores, graduados sociales y asesores por la tramitación de los nuevos ERTE", aseguró Luis San José, abogado laboralista del despacho AGM abogados.

Pero ésta no sería la única, ni la más importante de las consecuencias si finalmente el modelo se articulara de tal forma: "si quitan la prórroga automática y se tuviesen que solicitar nuevos ERTE, entiendo que las exigencias también cambiarían y podría ser que muchos negocios no pudieran acogerse como hasta ahora", explicó el abogado laboralista.

De hecho, hasta la fecha, la mayoría de expertos laboralistas han recomendado a sus clientes, autónomos y pequeños negocios que, hasta que no recuperaran sus niveles de facturación pre-crisis, no saquen a todos los trabajadores del expediente ya que eso supondría que más adelante pudieran quedar excluidos. Es más, "tenemos que estar con la vista puesta en la negociación de estas semanas porque podríamos encontrarnos con la sorpresa de que se tenga que solicitar un nuevo ERTE y valorar si sale más a cuenta un ERTE ETOP -por causas Económicas, Técnicas, Organizativa o de Producción- o por fuerza mayor, porque si cambian mucho las condiciones, no estaría tan claro", explicó San José,.