Perderán el 8% que les corresponde por demora

Hacienda asumirá la deuda de los ayuntamientos con los autónomos si éstos renuncian a los intereses

El Gobierno ha propuesto un mecanismo para financiar a los ayuntamientos la deuda a sus proveedores, la mayoría autónomos. Se les pagará siempre que éstos renuncien al 8% de intereses de demora. 
Montero_Hacienda_Congreso
María Jesús Montero, ministra de Hacienda
Hacienda asumirá la deuda de los ayuntamientos con los autónomos si éstos renuncian a los intereses

Hacienda ha ideado un plan de pago in extremis para reducir la morosidad de los ayuntamientos la mayor parte a autónomos y pequeños negocios que, en algunos casos, han llegado a retrasar el pago de sus facturas más de 600 días. Ahora bien, este nuevo mecanismo que podría entrar en vigor en 2022, exigirá a los trabajadores por cuenta propia que renuncien a los intereses de demora.

Así queda reflejado en el proyecto de presupuestos generales del Estado (PGE), presentados el pasado día 13 de octubre por la ministra de Hacienda, María Jesús Montero y la secretaria de Estado de Hacienda, Inés Bardón. Según los expertos consultados, la nueva herramienta es una buena noticia para el colectivo de trabajadores por cuenta propia pero también es una iniciativa inevitable ya que la Comisión Europea lanzó un órdago al Ejecutivo español hace apenas unos meses para que tomara medidas que redujeran los Periodos Medios de Pago (PMP) en la Administración. De lo contrario, presentaría una demanda ante los tribunales europeos. 

Ahora bien, el nuevo mecanismo que financiará con más de 2.000 millones de euros a las entidades locales -ayuntamientos y municipios-  que están por encima del periodo legal - de 30 días- para que salden sus deudas, no saldrá gratis a los autónomos, ya que perderán la posibilidad de cobrar un tipo del 8% que les correspondería por intereses de demora.

Algo que, para muchos, resulta llamativo ya que a los autónomos que tienen deudas con Hacienda se les penaliza en todo caso con una multa además de los intereses de demora. 

Cerca de 2.000 millones para que los ayuntamientos devuelvan el dinero que deben a  los autónomos

Tal y como explicaron las dos representantes de Hacienda, Montero y Bardón, durante la presentación de los PGE, en estos presupuestos se recogen medidas destinadas a Entidades Locales (EELL) que han incumplido en diciembre de 2020 o marzo o junio de 2021 el plazo máximo de pago a proveedores. De este modo, se concreta un mecanismo adaptado a las actuales circunstancias, con el objetivo de cancelar la deuda comercial anterior a 1 de julio de 2021, " algo estrictamente obligatorio", y que de hecho ha exigido directamente a España la Unión Europea.

Para la Comisión Europea, pagar a tiempo a los pequeños negocios debe ser una obligación de todos los agentes, pero especialmente de los Estados: "las autoridades públicas tienen una «obligación especial» de pagar a sus proveedores a tiempo y servir de ejemplo en la lucha contra las malas prácticas de pago en el entorno empresarial”, dice la entidad europea.

Así pues, el mecanismo será obligatorio para las entidades locales incluidas en el modelo de participación en tributos del Estado y cuyo período medio de pago a proveedores exceda de 30 días en alguno de los períodos citados. 

 Los proveedores perderán el derecho a un 8% de intereses

Ahora bien, la 'letra pequeña' de este mecanismo -que, a fin de cuentas, no es como tal una ayuda para los autónomos sino una devolución de un dinero que les corresponde- es que "en todo caso" requiere de la aceptación de los proveedores para percibir el importe de sus derechos de cobro por este mecanismo,  "que se limitarán al principal de la deuda". Esta aceptación "implicará la renuncia a la percepción y exigencia de intereses de demora, costas y conceptos accesorios", afirma el Gobierno a través de un comunicado.

Se trata de un pequeño balón de oxigeno para los miles de autónomos que trabajan para los ayuntamientos pero que, sin embargo, supone una pérdida de un 8% del total de la deuda por la demora, que en algunos casos puede llegar a superar los 300 días. Es decir, que a cambio de recuperar un dinero que tenían que haber recibido hace meses, los autónomos perderán la compensación que el propio Gobierno marca para las deudas. 

En concreto, los intereses que amparan a los autónomos en casos de impagos en su negocio son los que vienen recogidos en el artículo 7 de Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. En él, se dice que los morosos en las operaciones comerciales deberán pagar “el tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más reciente operación principal de financiación efectuada antes del primer día del semestre natural de que se trate, más ocho puntos porcentuales”. Éste es para 2021, según recoge el Boletín Oficial del Estado y recopila el Banco de España, del 8%. Lleva siendo ese porcentaje desde 2016. 

Y la Ley dice que el tipo de interés de demora en operaciones comerciales se aplicará a todos los pagos efectuados como contraprestación en las operaciones comerciales realizadas entre empresas, o entre empresas y la Administración, así como en las realizadas entre los contratistas principales y sus proveedores y subcontratistas.

Según explicó en anteriores ocasiones a este diario el abogado y socio del área de licitación y arbitraje de AGM Abogados, Miguel Noriega, para clarificar la importancia de reclamar los intereses de demora en operaciones comerciales es tan sencillo como “imaginar a un autónomo que vende tornillos, y realiza una transacción por un importe de 24.000 euros, que lleva un año intentando cobrar. Éste trabajador por cuenta propia, cuando vaya a reclamar ese impago va a poder pedir el abono de esos 24.000 euros, más el 8% de intereses de demora y que asciende a 1.920 euros más”. “Eso es en un año, pero si te vas a un impago de dos o tres años, algo que a veces ocurre, el importe de intereses a reclamar se duplica o triplica”. 

Algunos ayuntamientos han llegado a pagar por encima de los 600 días

Cabe recordar, que más de un 25% de los grandes municipios (más de 75.000 habitantes) y entorno al 15% del resto de entidades locales presentan un PMP por encima de los 30 días que permite la Ley -según los últimos datos disponibles-.

El problema es que, mientras algunas entidades pagan en escasos días, otras superan incluso los dos años de retraso.  Por ejemplo, en febrero, el tiempo de pago medio de las entidades locales alcanzó los 83,26 días en febrero. Entre los datos que recopila el Ministerio de Hacienda, destaca la diputación de la Provincia de Burgos que tardó sólo 2,72 días de media en pagar a sus proveedores. También, entre los que menos tiempo tardan en pagar está la provincia de Zamora con una tardanza de 4,53 días o Almería con 5,04 días de media, entre otras.

En el otro lado de la balanza, e incumpliendo la ley de morosidad, se encuentra Jaén que tarda casi más de dos años en pagar a sus autónomos: 652,66 días de medio; seguido de Jerez de la Frontera con 385,15 días de media; Parla con 360,62 días; Telde 239,77, etc.