Adelantarse a la comunicación ahorraría recargos

Hacienda envía cartas de apremio a los autónomos que aún no hayan pagado sus impuestos aplazados por el Covid-19

La Agencia Tributaría enviará cartas a aquellos autónomos que aún no hayan abonado los impuestos del primer trimestre que aplazaron debido al Covid-19. El 20 de octubre terminó el plazo y, a partir de ahora, tendrán que pagarlos con intereses y recargos.
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Recargos por pagar los impuestos aplazados fuera de la fecha límite
Hacienda envía cartas de apremio a los autónomos que aún no hayan pagado sus impuestos aplazados por el Covid-19

La Agencia Tributaria comenzará a enviar en estos días una carta a aquellos autónomos que aún no hayan abonado el pago de los impuestos aplazados correspondientes al primer trimestre del año. La fecha límite para hacerlo era el pasado 20 de octubre, ya que el Gobierno aprobó un aplazamiento de seis meses para el pago de estos tributos, de tal forma que los primeros cuatro meses -es decir, hasta agosto- no incluían intereses, y los dos últimos -septiembre y octubre- conllevan un interés del 3%. No obstante, aún hay trabajadores por cuenta propia que no han regularizado sus cuentas con Hacienda y que deben hacerlo cuanto antes sino quieren enfrentarse, además de a la aplicación de unos intereses de demora sobre sus impuestos, a recargos por el incumplimiento de la fecha límite.

Según avisaron las propias fuentes oficiales de la Administración, "es recomendable que los profesionales abonen su deuda antes de que les llegue la carta de providencia de apremio, donde se especifica un recargo mayor a pagar". La carta de apremio es un documento que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) le envía a los deudores para requerirles un pago. Una especie de toque de atención con el que Hacienda recuerda a los autónomos que aún no han ingresado la deuda que mantienen con el Fisco y el impone del recargo correspondiente por el retraso. Pero, por otra parte, si los trabajadores por cuenta propia abonan los impuestos del primer trimestre antes de que les llegue la misiva, se les cobrará un recargo menor que si hacen el pago después de que la AEAT les haya comunicado el requerimiento de la deuda a través de la carta. Los recargos puede variar desde un 5% a un 20% e, incluso, si aún así sigue sin pagarse, la Administración puede proceder al embargo.

En concreto, los autónomos que se acogieron a la medida del aplazamiento han podido retrasar los pagos de las retenciones e ingresos a cuenta de los modelos de retenciones trimestrales a trabajadores o empresarios (111); de arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles (115); los pagos fraccionados del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) (modelo 130 y 131); los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades (IS) (modelo 202) y la declaración trimestral de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) (modelo 303). Según los últimos cálculos del Ejecutivo, el importe del total aplazado con estas medidas asciende a más de 2.600 millones de euros y el número total de personas beneficiadas por los aplazamientos ronda los 617.000 contribuyentes. De los cuales, más de 90.000 pertenecen al sector de la hostelería y restauración y 68.000 son autónomos al frente de pequeños comercios.   

Recargos si no se ha pagado la deuda fiscal

Los autónomos que aún no hayan pagado sus impuestos aplazados por Covid-19 de los meses de enero, febrero y marzo de 2021, se ven envueltos en una serie de procedimientos encadenados donde el porcentaje de recargo que tendrán que abonar varía en función de si Hacienda ha detectado o no su impago. Lo que deben de tener claro los profesionales es que "tarde o temprano la Agencia Tributaría verá que le deben estos impuestos y, cuando vence una fecha límite, la deuda entra en procedimiento ejecutivo y se le requiere, con sanciones o recargos, que se abone", explicaron las fuentes oficiales de la Administración.

Si no se ha ingresado dicha deuda a 20 de octubre se considera incumplimiento del plazo. Con lo que, "además de los intereses de demora -que suponen un 3,75%- correspondientes a los últimos dos meses que duraba el aplazamiento, tendrá que hacer frente a un recargo que puede variar desde un 5% a un 20%", añadieron.

Rebaja si pagan antes de recibir el aviso de Hacienda

Tal y como alertó la Agencia Tributaria, "los autónomos que aún no hayan pagado los impuestos del primer trimestre deben hacerlo cuanto antes". Si bien el organismo se dispone a enviar cartas requiriendo el pago, los profesionales tienen la opción de adelantarse a la recepción de la misiva para así no tener que asumir un recargo tan alto. Y es que si "un autónomo paga sus impuestos de los primeros tres meses del año antes de que le llegue el aviso, su recargo será del 5% más los intereses de demora de los meses de septiembre y octubre", aseguraron estas fuentes.

Dicho de otro modo, los trabajadores por cuenta propia deben adelantarse a la Administración para así pagar menos. Porque "si Hacienda se da cuenta y emite el apremio el recargo se incrementará"

¿Qué pasa si pagan después de que la AEAT envíe la carta?

En el momento en el que Hacienda envíe esa carta de providencia de apremio o "toque de atención" a los autónomos instándole a pagar los impuestos, el requerimiento asciende al 10%. Este incremento en el recargo se debe a que la Agencia Tributaria es consciente de que el profesional no ha abonado los tributos y se lo notifica mediante una misiva. En el documento que envía la Administración aparece el plazo en el que se deben de pagar esos impuestos junto al recargo del 10% y a los intereses de demora de los últimos dos meses del aplazamiento

Además, la Agencia Tributaria recordó que en caso de que el trabajador por cuenta propia "incumpla de nuevo la fecha limite para el abono de los impuestos que se establece en la carta que le envía el organismo, el recargo que tendrá que pagar ascenderá hasta el 20%". Como última instancia, es importante tener en cuenta que si se sigue sin pagar la deuda, Hacienda puede proceder al embargo.