Dice que deben ser personas físicas

Hacienda intensifica la inspección de los profesionales que crean empresas para tributar por el Impuesto de Sociedades

La Agencia Tributaria está inspeccionando a miles de profesionales amparados en figuras societarias para que comiencen a pagar sus impuestos como personas físicas.
Sanciones de las inspecciones locales de hacienda para los autónomos.
Hacienda intensifica la inspección de los profesionales que crean empresas para tributar por el Impuesto de Sociedades

Desde hace años la Inspección de la Agencia Tributaria ha investigado a muchos profesionales, entre ellos, presentadores, actores, deportistas de élite y otras muchas celebridades, que habían creado empresas para tributar por el Impuesto de Sociedades (IS). Esta fórmula era utilizada para beneficiarse de un tipo impositivo menor, y para acceder a ciertas deducciones. Sin embargo, la AEAT ha ampliado el cerco de profesiones bajo vigilancia y, a día de hoy, toda actividad de carácter personalista que opere a través de una sociedad corre el riesgo de ser inspeccionada. Para Hacienda, los profesionales con ingresos derivados de su propia actividad deberían tributar como autónomos y no como sociedades. 

Fuentes oficiales de la Agencia Tributaria aseguraron a este diario digital que la inspección en esta materia "nunca ha sido una cuestión de profesiones, sino de cumplir con la Ley de Tributación. Si bien es cierto que los casos más sonados son los de las personas más famosas, esto no quiere decir que sean las únicas a las que ponemos en el foco". Además, Hacienda insistió en que el hecho de que una persona física tenga una sociedad, y de esa sociedad obtenga unos ingresos, "no tiene nada de ilegal. El problema viene cuando se trata de una interposición artificial de la sociedad porque los ingresos son personalistas, es decir, que se obtienen por una propia actividad personal pero se canalizan a través de una sociedad que no tiene la suficiente infraestructura para serlo", explicaron desde la Administración.

No obstante, los asesores fiscales son los que están trayendo el foco sobre un "reciente cambio" de criterio de la Agencia Tributaria, asegurando que "este tipo de inspecciones se da ya en todos los sectores". De hecho, José Pedreira, coordinador del grupo de expertos en IRPF de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), dijo que, "en estos momentos, toda persona que tiene una sociedad en España ahora mismo está con las espaldas abiertas". De esta forma, Hacienda ha ampliado su lista de inspección a prácticamente todos los sectores en los que se encuentran profesionales al frente de una sociedad mercantil. Así, no solo corren el riesgo de ser investigados por esta causa aquellos profesionales que tengan una sociedad para tributar sus ganancias por su condición de artista, deportista o escritor, sino también aquellos que se dediquen a actividades profesionales como la medicina, la arquitectura o la abogacía, que también suelen realizar este tipo de prácticas. 

El Fisco cuestiona el derecho de las sociedades unipersonales

Para los expertos, la raíz de las inspecciones está en que Hacienda se cuestiona el por qué es necesario crear una forma jurídica mercantil para declarar los ingresos que obtiene un profesional, una persona física, por su trabajo. "No sólo busca comprobar que no estén incurriendo en un fraude por aplicarse ciertas deducciones", sino que "pretende demostrar que no tienen la suficiente entidad para operar como tal y, por tanto, deben hacerlo como personas físicas en el Impuesto sobre el IRPF", explicó el fiscalista.

Sin embargo, la propia Administración explicó que "no quieren impedir que un contribuyente pueda realizar una actividad profesional por medio de una sociedad, pero eso no significa que la Agencia Tributaria deba aceptar automáticamente la validez jurídica de todo tipo de operaciones de prestación de servicios realizados por una persona física a través de una sociedad profesional". Es decir, "que Hacienda tiene la obligación de comprobar que tanto las personas físicas como las sociedades cumplen con la normativa y desarrollan su actividad en el marco de la legalidad", explicaron las fuentes oficiales del organismo.

El fiscalista José Pedreira señaló que "hay determinadas actividades que la Administración Tributaria considera que no se pueden ejercer bajo la forma societaria, sino que tiene que ser la persona física. Entiende que se trata de un servicio personalísimo, y les obliga a trasladar sus ingresos actuales y los de años anteriores al régimen de IRPF. Además de aplicarles la sanción correspondiente por haber estado rindiendo erróneamente sus cuentas con Hacienda".

No obstante, algunos expertos explicaron que este procedimiento es "más que discutible". De hecho, "se han dado muchos casos en los que la Administración ha cargado contra un autónomo al frente de una sociedad que Hacienda entendía como personalísima, y el profesional ha recurrido y ganado el pleito al demostrar que la actividad no dependía solamente de ellos, sino que detrás había una infraestructura y personal contratado". Pero para ello, "los contribuyentes deben invertir mucho tiempo, dinero y exposición de todas las pruebas que avalen la legalidad de su situación como sociedad", apuntaron desde la AEDAF.

¿Qué requisitos debe cumplir una sociedad para no ser objetivo de la inspección?

A través de los sucesivos Planes Anuales de Control Tributario, la AEAT ha mostrado su interés por controlar los efectos fiscales relacionados con la interposición de sociedades en el proceso de facturación, o la canalización de rentas de personas físicas como consecuencia del desarrollo de una actividad profesional.

Es más, recientemente, la Administración publicó una nota informativa y recordatoria sobre la interposición de sociedades por personas físicas. En el documento señala que, 'a priori, cualquier profesional tiene derecho a elegir libremente la forma en que quiere desarrollar su profesión, pero Hacienda no asumirá de forma automatizada que la intervención de la sociedad es real, ni tampoco admitir la valoración de las prestaciones cuando estas no respondan a un verdadero valor de mercado'.

Según explicaron fuentes oficiales de Hacienda, "lo que quiere decir esto es que el problema en sí no es que haya una sociedad, sino que se utilice esa sociedad como una cáscara. Hay que tener en cuenta que una sociedad lleva implícitas una serie de características y requisitos que deben cumplirse, porque sino, no puede operar como tal". Las especificaciones que señaló fueron: tener una infraestructura, un empleado o plantilla contratada y, especialmente, "que sea la sociedad la que realice una actividad y no la persona que la administra".

Ahora bien, "una vez elegida la forma en que se va a desarrollar dicha actividad, lo que en ningún caso es susceptible de elección es el modo en que deben tributar las rentas que se obtengan en consecuencia de dicho trabajo, pues, como no puede ser de otra manera, esta va a estar condicionada irremediablemente por la verdadera naturaleza de la actividad realizada", concluyeron desde la Administración.

Algunos aluden al "afán recaudatorio de Hacienda"

Algunos expertos en fiscalidad señalaron que este tipo de actuaciones que está llevando a cabo la Administración están focalizadas en un "afán recaudatorio inmediato". Jo sé Pedreira explicó que "la Administración lo que quieren es recaudar la máxima cuantía lo más rápido posible".

Sin embargo, añadió también que "con esta forma de actuar, la Agencia Tributaria pone en peligro a los pequeños negocios, puesto que no tienen los mismos medios que los grandes para evadir estas inspecciones", señaló el experto fiscal. "Está prevaleciendo este sistema para recaudar de una forma muy rápida, porque la mayoría de los profesionales prefiere asumir las sanciones que recurrir, ya que al final les puede acabar saliendo más caro".