LE RECLAMA 160.814,9 EUROS EN COTIZACIONES

La Inspección de Trabajo determina que los repartidores de Deliveroo no son autónomos

La Inspección de Trabajo de Valencia ha determinado que los trabajadores de Deliveroo deben ser reconocidos como asalariados y que la empresa tendrá que reintegrar por ello 160.814,9 euros a las arcas de la Seguridad Social.

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La Inspección de Trabajo determina que los repartidores de Deliveroo no son autónomos

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Valencia determina, en respuesta a una denuncia interpuesta por varios mensajeros de la empresa de reparto de comida (riders) e Intersindical, que dichos repartidores no son trabajadores autónomos y por tanto deben ser reconocidos como asalariados por la compañía. La resolución apunta que entre Deliveroo y sus trabajadores, a los que hacía firmar contratos como “proveedores de servicios” para evitar así darlos de alta en la Seguridad Social y pagar las correspondientes cotizaciones en el régimen general, existe una relación laboral encubierta.

Los trabajadores de Deliveroo organizaron una huelga el pasado junio y desde entonces han interpuesto varias denuncias en las que manifiestan su descontento ante su precaria situación laboral. El motivo de esta movilización se centra en el trato que la compañía da a sus trabajadores, como si fueran autónomos proveedores de servicios. Eso supone no contemplar determinados derechos incluidos en la regulación laboral española tales como gozar de un salario mínimo o de bajas laborales. Una de sus peticiones es disponer de un seguro de accidentes, del que en estos momentos no disfrutan, según subrayan fuentes de la plataforma 'Riders por derechos'.

La Seguridad Social, después de que la Inspección determinase que Deliveroo no cumple el primer punto del Estatuto de los Trabajadores, obliga a la empresa a abonar 160.814,9 euros en concepto de cotizaciones no satisfechas de los trabajadores. Este fallo solo repercutirá en aquellos repartidores que interpusieron la demanda en Valencia, casi 50 empleados. La Inspección de Trabajo ha iniciado también actuaciones en Madrid y Barcelona.

Deliveroo se defiende con el argumento de que la resolución de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Valencia se basa en un modelo de relación laboral entre empresa y trabajador que ya no está vigente. Una afirmación que basa en una serie de cambios que hizo la empresa en los contratos que les vinculan con los trabajadores, para que estos últimos pasaran a ser tratados como trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE).

Sin embargo, el documento de la Inspección establece que esos cambios no son un acto de intentar regularizar la situación de sus empleados sino un intento de “obstruir” el acceso a la retribución real de los trabajadores, que los propios afectados en su plataforma aseguran que se encuentra en 3,38 euros para los que entregan sus productos en bicicleta y 3,78 euros para los que circulan en moto, afirman algunos de sus empleados.

La empresa asegura que va a recurrir la decisión, que seguramente se lleve a los tribunales, y señala que existen precedentes en Inglaterra y Francia en los que la jurisprudencia ha fallado a favor de Deliveroo.