En un webinar organizado por el Consejo General de Graduados Sociales

Lorenzo Amor contesta a las principales preguntas de los autónomos sobre la cotización por ingresos reales

Los autónomos tienen aún muchas preguntas sobre su futura cotización por ingresos reales. Durante un webinar al que asistieron 1.700 trabajadores por cuenta propia y graduados sociales, el presidente de ATA, Lorenzo Amor, fue abordando sus principales dudas.

Lorenzo Amor, presidente de ATA,
Lorenzo Amor, presidente de ATA.
Lorenzo Amor contesta a las principales preguntas de los autónomos sobre la cotización por ingresos reales
  1. ¿Se elimina la voluntariedad de elección de la cuota para el autónomo?
  2. ¿Los autónomos van a pagar más cuota con la cotización por ingresos reales?
  3. ¿Qué pasó con la tabla de cotización acordada para 2023, 2024 y 2025?
  4. ¿Se ha utilizado el acuerdo y a los autónomos para hacer política?
  5. ¿Apoya el Parlamento la cotización por ingresos reales?
  6. ¿Es la cuota de los autónomos un impuesto?
  7. ¿Por qué los autónomos siempre han escogido la base mínima?
  8. ¿Cómo ha cambiado la Tarifa Plana con la reforma de las cuotas?
  9. ¿Si no obtengo ingresos, tengo que pagar cuota?
  10. ¿Cómo será el procedimiento para cotizar por ingresos reales ?
  11. ¿En qué tramo de ingresos reales y cotización debo situarme?
  12. ¿Y si quiero sobrecotizar el próximo año?
  13. ¿Cómo se van a calcular los ingresos reales de los autónomos?
  14. Ejemplo del cálculo de la cotización por ingresos reales
  15. ¿Cómo es el proceso de regularización de la cotización por ingresos reales?
En poco más de tres meses, el próximo 1 de enero de 2023, los autónomos comenzarán a cotizar en función de sus ingresos reales. Un cambio que afectará a más de 3,3 millones de personas y que ha despertado multitud de preguntas entre los trabajadores por cuenta propia, pero también entre los muchos profesionales que ayudan al autónomo a hacer frente a su día a día con la Administración. Este lunes, el Consejo General de Graduados Sociales ha organizado un webinar sobre la Reforma del RETA, a la que asistieron 1.700 profesionales, en el que presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, despejó sus principales dudas de la reforma de las cuotas de los autónomos.

ATA conoce bien la reforma. Ha sido una de las tres organizaciones de autónomos que ha participado activamente en la negociación con el Gobierno para la aprobación del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad. Un documento que han trabajado minuciosamente y que han desgranado en el webinar celebrado este lunes.

Durante su intervención, tanto el presidente de la Federación, Lorenzo Amor; como la asesora jurídica de ATA, Laura Gómez, han dado respuesta a las principales cuestiones que se hacen los autónomos, pero también a las críticas que más se han escuchado desde su aprobación este verano. Según el presidente del Consejo General de Graduados Sociales, Ricardo Gabaldón, más de 1.700 autónomos y graduados sociales estaban conectados y atentos a sus explicaciones.

¿Se elimina la voluntariedad de elección de la cuota para el autónomo?

El nuevo sistema, que entrará en vigor el 1 de enero de 2023, permitirá a los autónomos adaptar el funcionamiento de su negocio, al pago de sus cotizaciones. De tal forma que, se deja atrás un modelo en el cuál se establecía una base mínima y una máxima, y el autónomo elegía por la que quería cotizar.

Un cambio de fórmula que ha sido criticada, por algunas fuerzas parlamentarias, que auguran la pérdida de voluntariedad para el autónomo en la elección de su cuota. Sin embargo, el presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, afirmó que “en realidad y en los últimos años, sólo 15% de los autónomos ha podido optar por utilizar esa capacidad de elección”. El resto se veía impelido a elegir la base mínima o bien tenía topada esta libertad si tenía más de 47 años de edad.

Además, como señaló Amor, el nuevo sistema de cotización por ingresos reales está más alineado con Europa, ya que España era uno de los pocos países europeos dónde los profesionales por cuenta propia no pagaban cuota en función de sus ingresos.

¿Los autónomos van a pagar más cuota con la cotización por ingresos reales?

Ante esta cuestión, el presidente de ATA, Lorenzo Amor, se mostró muy contundente: “es una falacia que la Reforma del RETA vaya a suponer un aumento de la cuota”. “Eso es mentira” aseveró.

Amor explicó que, en base a los rendimientos netos de los autónomos publicados por la Agencia Tributaria ,el 60% de los autónomos va a pagar menos cuota, un 15% del colectivo va a pagar la misma cuota que estaba abonando y sólo un 25% va a pagar un poco más.

¿Qué pasó con la tabla de cotización acordada para 2023, 2024 y 2025?

Para que la cotización por ingresos reales funcione, el Gobierno y el diálogo social pactaron unas tablas de cotización para los próximos tres años: 2023, 2024 y 2025. En ellas, se establecen quince tramos que están asimilados a unos rendimientos netos y a una cotización. En función de los ingresos reales del autónomos, cada autónomo elegirá uno de los quince tramos y pagará su cuota. Pero se trata de un cuadro que no ha sido fácil de negociar.

Amor recordó que, durante la negociación, ATA rechazó hasta 14 tablas de cotización que le proponía el Gobierno. “Dijimos que eran inasumibles para los autónomos, hasta llegar a ésta última. Pensamos que, con ella, la inmensa mayoría de los trabajadores por cuenta propia iban a pagar menos cotización y sólo unos pocos iban a pagar más. Y a éstos no se les penalizaba tanto como con la primera propuesta del Gobierno, que les subía la cuota el triple”.

De hecho, Amor trajo a colación que, a pesar de las críticas que se han recibido sobre las tablas, el último estudio de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) asegura que el colectivo de autónomos ha salido beneficiado con respecto a los trabajadores asalariados, porque aún existe una distancia considerable respecto a lo que se les exige a los trabajadores por cuenta propia, frente a lo que se le pide a los trabajadores por cuenta ajena con igual nivel de rentas.

Tabla de cotización de autónomos por ingresos reales pactada
Tabla de cotización de autónomos por ingresos reales pactada.

¿Se ha utilizado el acuerdo y a los autónomos para hacer política?

Durante su intervención, Amor hizo una reflexión sobre las críticas políticas que le habían llegando en los últimos meses. Según dijo, había sido calificado por algún sector de "traidor” por pactar con el Gobierno, al igual que ha sido llamado “liberal” por apoyar las medidas de Cuota Cero que han anunciado comunidades como Madrid o Andalucía. El presidente de ATA  afirmó que su obligación como presidente de ATA “es hablar con todos los gobiernos e intentar llegar a acuerdos con ellos beneficiosos para los trabajadores por cuenta propia”. Y aseguró que “los que quieran hacer política con nosotros no van a ningún lado”.

ATA ha recordado en numerosas ocasiones que ha pactado más de 100 medidas para los autónomos, tanto con gobiernos del PSOE como del PP. Sin olvidarse de normativas autonómicas o locales, y en todas las ocasiones han surgido reformas como el Estatuto del Trabajo Autónomo, la Tarifa Plana, la eliminación de trabas administrativas, ayudas para el fomento del emprendimiento, bonificaciones para diferentes sectores, la universalización de las prestaciones sociales al mismo nivel que los asalariados, el cese de actividad antes y durante la pandemia, entre otras.

¿Apoya el Parlamento la cotización por ingresos reales?

Amor puso en valor que el acuerdo pactado con el Gobierno, más concretamente con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que fue apoyado de forma casi unánime por el Congreso de los Diputado. De hecho, el 75% del Parlamento votó a favor del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. 

¿Es la cuota de los autónomos un impuesto?

El presidente de la Federación, Lorenzo Amor, se detuvo en aclarar un aspecto fundamental de las cargas que soporta un autónomo: la diferencia entre la cuota y un impuesto. El primero, tiene un retorno para el trabajador por cuenta propia ya sea en el presente o en el futuro. En función de su cotización su prestación por jubilación, por incapacidad temporal o de baja por maternidad, por accidente o si necesita cobrar el paro. Mientras que un impuesto se paga para contribuir al sistema y ayudar al pago de infraestructuras y el Estado del bienestar. Una cuota tiene un retorno directo en forma de prestaciones y un impuesto de forma diferida.

Amor puso el siguiente ejemplo: "un trabajador que se jubile mañana después de haber cotizado por la base mínima durante 35 años, habrá cotizado más de 420 meses y habrá aportado a la Seguridad Social un total de 84.000 euros. Y por ello, va a recibir a cambio unos 800 euros mensuales de pensión durante el resto de su vida. Con una esperanza de vida normal recibirá más de 200.000 euros de prestación de jubilación hasta que fallezca, cuando sólo ha aportado 84.000 euros.

¿Por qué los autónomos siempre han escogido la base mínima?

En cuanto al por qué los autónomos siempre han escogido la base mínima de cotización, Amor afirmó que el 85% lo hace por desconocimiento del funcionamiento de la Seguridad Social y la importancia de la cotización para su futuro. También comentó que habría mucho que lo haría porque sus rendimientos no se lo permitían y otros porque así obtenían una mayor liquidez para sí mismos y preferían optar por otro tipo de mecanismos de ahorro a largo plazo.

¿Cómo ha cambiado la Tarifa Plana con la reforma de las cuotas?

Aparte de conseguir una cotización favorable para la amplia mayoría del colectivo, Amor afirmó que ATA ha luchado por el mantenimiento y mejora de medidas como la Tarifa Plana, que bonifica la cuota de autónomos durante los primeros años de actividad. Medida muy importante para los nuevos emprendedores.

En estos momentos, la Tarifa Plana actual es una bonificación de la cuota de autónomos durante 24 meses cuyo importe va siendo cada vez mayor en el segundo año. Se empieza pagando 69 euros mensuales y se termina abonando 293 euros mensuales. Pero la nueva medida acordada, llamada Tarifa Reducida, será una cuota fija durante los primeros 12 meses de 80 euros al mes, en el caso que elijan la base mínima. Que se pondrá alagar, otros 12 meses, pagando también 80 euros mensuales, siempre y cuando los rendimientos del trabajador por cuenta propia no superen los 1.125 euros. 

Según el presidente de ATA, "el 80% de los autónomos no llegan a unos rendimientos netos superiores al SMI en el segundo año de actividad. Es decir, prácticamente la medida beneficiará a todos los nuevos emprendedores", quiénes conseguirán ahorrar unos 900 euros en pagos de cuota con esta nueva Tarifa Plana.

¿Si no obtengo ingresos, tengo que pagar cuota?

Amor desmintió el bulo que dice que con la cotización por ingresos reales los autónomos que tengan ingresos cero, van a estar obligados pagar cuota. De hecho, con la reforma ocurre todo lo contario. Los trabajadores por cuenta propia que sufran un fuerte caída de sus rendimientos netos tendrán la posibilidad de pagar menos cuota o incluso no pagar nada accediendo al cese de actividad regulado en la reforma y que entrará en vigor en 2023. El Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio introduce varias novedades en el conocido paro de los autónomos. En el primer caso, los autónomos que sufrieran pérdidas derivadas del desarrollo de la actividad en un año completo, superiores al 10 por ciento de los ingresos obtenidos en el mismo periodo, podrían acceder al cese de actividad por causas económicas. Con esta prestación tendrían que cerrar el negocio, no pagarían cuota y cobrarían un 70% de su base de cotización. Como novedad, os autónomos que hayan sufrido un gran aumento de costes que merme sus ingresos tendrían una segunda posibilidad. La ley introdujo un nuevo supuesto de cese de actividad que permitiría a los trabajadores por cuenta propia mantener abierto su negocio y pagar sólo un 50% de su cuota.

¿Cómo será el procedimiento para cotizar por ingresos reales ?

Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se pone en valor el trabajo que se ha hecho con el portal ImportaSS, para adaptarlo al nuevo sistema de cuotas. A través de él, los trabajadores por cuenta propia podrán comunicar su previsión de ingresos reales y realizar todos los trámites. También podrán cambiar sus bases de cotización cada dos meses e, incluso, podrán saber cuál será su próxima cuota a pagar y el día que se la cobrará el banco. No obstante, Amor recomendó utilizar a un profesional como un graduado social, un gestor administrativo, un asesor o un abogado. 

¿En qué tramo de ingresos reales y cotización debo situarme?

El presidente de ATA, Lorenzo Amor, recomendó a los autónomos que no sabían en qué tramo de cotización situarse, que escogieran uno en la cuál pagasen la misma cuota que están abonando actualmente. A su modo de ver, de esta manera se aseguran que dentro de un año, cuando la Seguridad Social y la Agencia Tributaria regularicen su situación, la Administración le tenga que devolver dinero. "El 60% de los autónomos se va a encontrar que si mantiene su base de cotización, la Seguridad Social le va a devolver entre 800 y 1000 euros".

¿Y si quiero sobrecotizar el próximo año?

Los autónomos que estén en estos momentos haciendo una sobrecotización podrán seguir haciéndolo durante el próximo año. Amor explicó que la norma permite a todos aquellos trabajadores por cuenta propia que, a 31 de diciembre, estuvieran cotizando por una base superior a la que le corresponde según sus rendimiento netos, mantenerse en esa base. "El próximo 30 de septiembre acaba el plazo para cambiar la base de cotización, que será efectiva cuando entre en vigor la cotización por ingresos reales. Será la última oportunidad para aquellos que quieran cotizar por una base superior a su rendimiento neto el próximo año" dijo Amor.

¿Cómo se van a calcular los ingresos reales de los autónomos?

El nuevo sistema de cotización de los autónomos se sustenta en la cotización por ingresos reales. Más correctamente denominados como rendimientos netos. Según la asesora jurídica de ATA, Laura Gómez, Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, se ha establecido una fórmula concreta para calcularlos. La fórmula variará en función de si el autónomo es persona física o societario, está en estimación directa o módulo. Gómez detalló los cálculos que deberían hacerse en cada caso:  

El cálculo de los ingresos reales para los autónomos persona física en estimación directa 

Se tendrá en cuenta todos los rendimientos netos obtenidos por el autónomo por sus actividades profesionales o económicas, en cada año natural. A lo anterior habrá que restarle los gastos deducibles de acuerdo con lo previsto en las normas del IRPF. Posteriormente se le suma la cuota de autónomos y se le resta un 7%

El cálculo de los ingresos reales para los autónomos persona física en estimación objetiva o módulos 

Se tendrá en cuenta el rendimiento neto previo minorado en el caso de actividades agrícolas, forestales y ganaderas y el rendimiento neto previo en el resto de supuestos. A lo anterior hay que restarle los gastos deducibles de acuerdo con lo previsto en las normas del IRPF. Y sumarle la cuota de autónomos y restarle un 7%.

El cálculo de los ingresos reales para los autónomos societarios 

Se tendrá en cuenta todos los rendimientos dinerarios o en especie que deriven de tu sociedad, los rendimientos del trabajo derivados de tu actividad en esa empresa y los rendimientos que puedas obtener de tu propia actividad económica. También la totalidad de los rendimientos íntegros de trabajo o capital mobiliario, dinerarios o en especie, derivados de su condición de socios. A ese importe se le sumará la cuota de autónomos y se le restará un 3%.

Ejemplo del cálculo de la cotización por ingresos reales

Para ejemplificar cómo sería el cálculo de los ingresos reales, Gómez contó el ejemplo de un publicista que tenía unos ingresos de 23.000 euros anuales, junto con unos gastos de 5.652,74 euros al año. Además, como pagaba la cuota mínima abona al año 3.492,74 euros. Y al total habría que restarle un 7%. En trabajador por cuenta propia tiene unos rendimiento netos anuales de 19.381,2 euros, que en meses son 1.615,10 euros. Por lo tanto, le correspondería el tramo 3, podrá elegir una base de cotización comprendida entre 960,78 euros y 1.700 euros. Si opta por la mínima, teniendo en cuenta los tipos que están en vigor actualmente, pagaría de cuota al mes 291,11 euros. 

¿Cómo es el proceso de regularización de la cotización por ingresos reales?

Por último, la asesora jurídica de ATA, Laura Gómez, describió cómo sería el proceso de control de regularización de la cotización por ingresos reales. Es decir, explicó cómo al año natural de la puesta en marcha de este nuevo sistema la Seguridad Social comprobaría junto con Hacienda que los rendimiento netos que se comunicaron -y por los que cotizó el autónomo- son reales. Aquí, según dijo Gómez, se pueden dar dos casos:

  • En caso de haber elegido una base de cotización inferior a la que te hubiera correspondido según tus rendimientos, la Administración te comunicará el importe que deberás abonar por haber cotizado por debajo de lo que te correspondía. El pago tendrás que hacerlo hasta el último día del mes siguiente aquel en el que se te notifique.
  • Para el caso de haber elegido una base de cotización superior a la que te hubiera correspondido según tus rendimientos, la Administración te devolverá de oficio el importe de la diferencia entre ambas cotizaciones antes del 31 de mayo del ejercicio siguiente en el que te hayan notificado el exceso de cotización Regularización de la base de cotización T