Compatibles con la Cuota Cero

Madrid dará hasta 4.580 euros a los autónomos que inicien su actividad para cubrir los primeros gastos

La Comunidad de Madrid dará hasta 4.580 euros a los desempleados que inicien su activad por cuenta propia en el territorio. Esta ayuda será compatible con la nueva Cuota Cero.
Ayudas para desempleados que quieran ser autónomos en Madrid.
Madrid dará hasta 4.580 euros a los autónomos que inicien su actividad para cubrir los primeros gastos

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado un nuevo paquete de ayudas para los desempleados que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Con un presupuesto de 4 millones de euros, los nuevos autónomos podrán recibir hasta 4.580 euros para cubrir los gastos derivados del inicio de actividad. Esta ayuda será compatible con la denominada ‘Cuota Cero’, que cubre el 100% de las cuotas a la Seguridad Social a los nuevos trabajadores por cuenta propia.

Esta iniciativa de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de Madrid está dirigida a desempleados inscritos en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid en 2023. El fin es “sufragar los costes iniciales necesarios para la puesta en marcha de una nueva actividad empresarial, certificada por el alta en el régimen de autónomos o en la mutualidad de un colegio profesional”, explicaron desde la Consejería.

La cuantía de estas ayudas será de hasta 4.850 euros. “Dependiendo de las circunstancias del solicitante y los gastos que acredite” la subvención cubrirá hasta el 80% de los costes derivados del inicio de su actividad”, añadieron. La solicitud de estas ayudas puede realizarse en cualquier momento del año de manera telemática, a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.

¿Qué gastos podrán cubrir los autónomos con estas ayudas?

Al comenzar una actividad por cuenta propia es importante contar con un gestor o experto que tutorice los primeros pasos de un autónomo. Por ello, esta ayuda podrá cubrir también los honorarios de gestorías, asesorías y gestorías.

  • Además, la ayuda de 4.850 euros cubrirá:
  • Cuotas de colegios profesionales
  • Inversiones en inmovilizado material e inmaterial
  • Consumos de suministros: agua gas, electricidad o internet

¿Qué requisitos tienen que cumplir los autónomos para recibir estas ayudas?

Para acceder a esta ayuda deberán cumplirse los siguientes requisitos:

  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
  • El trabajador deberá estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid, en la fecha inmediatamente anterior al inicio de la actividad como trabajador por cuenta propia, considerándose dicha fecha, el alta inicial en el Impuesto de Actividades Económicas.
  • Darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, dentro del régimen especial por cuenta propia que corresponda o mutualidad del colegio profesional como ejerciente.
  • No haber realizado la misma actividad en los seis meses anteriores a la fecha de alta como trabajador por cuenta propia. A estos efectos se computarán los seis meses anteriores al día del mes en que se produce el alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

La Comunidad de Madrid señaló que los autónomos colaboradores no podrán ser objeto de estas ayudas.

¿Cuándo deben presentar los autónomos la solicitud para obtener la ayuda?

El plazo de presentación será de tres meses a partir de la fecha de inicio de la actividad. Para determinarlo se tendrá en cuenta la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Además, deberá presentarse con posterioridad al inicio de su actividad como trabajador por cuenta propia, y una vez efectuados los gastos y realizados los pagos derivados de la puesta en marcha de su actividad.

Esta ayuda al inicio de actividad será compatible con la Cuota Cero

Los autónomos madrileños que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) por primera vez disfrutarán de una bonificación del 100% de la cuota durante su primer año de actividad, siempre y cuando se acojan a la Tarifa Reducida, que el Gobierno fijó este año en 80 euros. Si los autónomos que se acojan a la ayuda de inicio de actividad están en Tarifa Plana, podrán compatibilizar ambas ayudas.

 La Cuota Cero es una medida enfocada a incentivar y apoyar a los autónomos durante las primeras etapas de su actividad. Así, los beneficiarios de esta ayuda disfrutarán de una subvención del 100% de sus cuotas –reducidas- a la Seguridad Social durante sus primeros 12 meses de afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Es decir, los autónomos que disfruten de esta ayuda ahorrarán hasta 960 euros al año en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social. 

Esta bonificación podría llegar a extenderse hasta los 24 meses –un ahorro total de 1.920 euros- en los casos en los que, durante el primer año de actividad, los trabajadores por cuenta propia no superen los rendimientos equivalentes al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que por el momento se sitúa en los 1.000 euros mensuales en 14 pagas, aunque lo más probable es que esta cifra se eleve durante 2023. 

Sobre los plazos en los que los autónomos percibirán la subvención, la Comunidad de Madrid establece un periodo máximo de seis meses para resolver cada solicitud, que se puede realizar hasta tres meses después de la finalización de su primer año de actividad. Sumado a los dos meses que la administración autonómica fija para hacer efectivo el pago de la subvención, un nuevo autónomo madrileño que arranque su actividad en enero de 2023 y se acoja a la Tarifa Reducida podría llegar a recibir el reintegro de sus cuotas de este año en noviembre de 2024