Un proyecto de ley para eliminar trabas y atraer actividad

Madrid quiere ser un 'mercado abierto' donde los autónomos puedan instalarse sin solicitar licencias

La Comunidad de Madrid quiere permitir a los autónomos que vienen de otras CCAA poder ejercer su actividad en el territorio sin necesidad de obtener una nueva licencia. ¿Qué tipos de requisitos se van a eliminar? 

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Javier Fernandez-Lasquetty, consejero de la Comunidad de Madrid.
Madrid quiere ser un 'mercado abierto' donde los autónomos puedan instalarse sin solicitar licencias

Los autónomos que ejercen su actividad legalmente en otras autonomías podrán hacerlo libremente en la Comunidad de Madrid sin necesidad de volver a solicitar una acreditación o una homologación autonómica. Esto tiene mucho que ver con la Ley de Mercado Abierto aprobada por el ejecutivo autonómico y que, de culminar el periodo legislativo correspondiente, convertiría a la Comunidad de Madrid en “la primera región de España dónde las empresas y operadores económicos, de todo el territorio nacional, podrán instalarse sin tener que solicitar permisos o licencias adicionales que ya tengan en sus lugares de origen” según recoge un comunicado oficial emitido por el Gobierno regional.

Para el ejercicio de muchas profesiones es necesario el visto bueno de la Comunidad Autonómica dónde se desempeñe la actividad a través de la obtención de una autorización, una certificación o, incluso, una homologación oficial para la venta de un producto. Se trata de un requisito indispensable, que obliga a los autónomos de otros territorios a informarse sobre la legislación autonómica, a comprobar si cumplen con los estándares y a solicitar el permiso si quieren instalarse en otro territorio. Algo que suele durar semanas y que la nueva normativa madrileña pretendería eliminar.

Con la entrada en vigor de la Ley de Mercado Abierta “cualquier entidad que ya esté legalmente establecida en otra comunidad autónoma podrá hacerlo libremente en Madrid de forma automática. Este adelanto también se aplica a los productos que se comercialicen en el resto de España y que, por tanto, podrán circular libremente sin necesitar requisitos extra a los que ya soportan” explican desde el ejecutivo autonómico. Se trataría, por tanto, de la eliminación de un procedimiento burocrático que han denunciado en numerosas ocasiones las patronales y organizaciones de autónomos que critican que un trabajador por cuenta propia se enfrenta hasta 17 normativas autonómicas diferentes para ejercer una única actividad.

¿Qué tipos de licencias ya no se necesitarían?

Para permitir la libre circulación tanto de bienes, como de servicios sin necesidad de que el autónomo se vea obligado a solicitar nuevamente una licencia, la futura Ley de Mercado Abierto de la Comunidad de Madrid recoge un “reconocimiento automático de licencias para que empresas y profesionales de todo el territorio nacional puedan operar en la región”. De tal forma que, bajo el marco jurídico que se plantea un autónomo que lleve a cabo su actividad en Castilla La Mancha podrían sin problema trabajar dentro de la Comunidad de Madrid.

Fuentes del Ejecutivo autonómico explicaron que lo que se pretende con esta nueva legislación es reducir los tiempos para facilitar la libre circulación de empresas en todo el territorio. Y ejemplificaron su utilidad con una serie de ejemplos prácticos: 

  • Las empresas de mudanza necesitan inscribirse en el Registro de Empresas de Mudanza de la Comunidad de Madrid para ejercer en el territorio, pero con la normativa un autónomo que tenga un negocio que ofrezca este tipo de servicios en otra parte de España no tendrá la obligatoriedad de causar este alta. 
  • Con la futura Ley de Mercado Abierto un entrenador deportivo (entrenador personal, grupos y equipos), de cualquier especialidad, podrá ejercer su actividad en Madrid sin necesidad de que tenga presentar declaración responsable. Un requisito que en estos momentos es obligatorio. 
  • Una pequeño negocio que se dedique en Albacete, por ejemplo, a la gestión de residuos de la construcción con la entrada en vigor de la ley, ya no tendrá que solicitar licencia para trabajar en la Comunidad Madrid. Algo que ahora está obligado hacer.
  • Un taxidermista, que normalmente suelen ser trabajadores por cuenta propia, registrado en otra Comunidad Autónoma podrá ejercer -bajo el nuevo marco de la nueva ley- su actividad sin necesidad de inscribirse en el Registro de Taxidermia de la Comunidad de Madrid. 
  •  Los laboratorios que realizan el control analítico de alimentos y aguas de consumo son actividades en la Comunidad de Madrid que están sujetas a un control y regulación a través de un Registro específico, debiendo cumplir determinados requisitos técnicos. La Ley de Mercado Abierto permitirá trabajar a los laboratorios autorizados por el resto de regiones sin necesidad de que tengan que realizar trámites adicionales.
  • Para el ejercicio profesional del socorrismo acuático en estos momentos en la Comunidad de Madrid es necesario que el profesional esté inscrito en el Registro de Profesionales dedicados al Socorrismo Acuático. En el momento que entre en vigor la futura Ley de Mercado Abierto, un socorrista acreditado en otra región también podrá ejercer en Madrid sin necesidad de que tenga que darse de alta en el registro”.

Fuentes de la Comunidad de Madrid aseguraron que los casos de actividades económicas afectadas son muy numerosos ya que "se puede extrapolar a cualquier actividad en la que se necesite el permiso autonómico para realizarla".

Tendrán “plena eficacia” para ejercer en Madrid

Para permitir el desempeño de estas actividades reguladas, el texto del Proyecto de Ley de Mercado Abierto al que ha tenido acceso este diario digital contempla que tendrán “plena eficacia en la Comunicad de Madrid” cualquier autónomo, negocio o empresa que cumplan con todos los requisitos pertinentes en su Comunicad de origen para llevar a cabo la profesión. En concreto, enumera todos aquellos tipos de requisitos autonómicos sobre los que afectará la norma, entre las que destacan por ejemplo:

  • Las autorizaciones, licencias, habilitaciones y cualificaciones profesionales obtenidas de una autoridad competente para el acceso o el ejercicio de una actividad, para la producción o la puesta en el mercado de un bien, producto o servicio.
  • Las declaraciones responsables y comunicaciones presentadas ante una autoridad competente para el acceso o el ejercicio de una actividad económica.
  • Las inscripciones en registros que sean necesarias para el acceso o ejercicio de una actividad económica.
  • Cualesquiera otros requisitos normativamente establecidos que permitan acceder a una actividad económica o ejercerla.

Si bien, desde el ejecutivo autonómico insisten en que si bien la normativa afectará en cuanto a los permisos necesarios de la persona o actividad para poder ejercer una actividad, ésta no actuará contra las exigencias que deba tener el local físico dónde se lleve a cabo la misma. “Eso seguirá siendo lo mismo” señalaron.

El objetivo es atraer nuevas empresas

Para la Comunidad de Madrid esta nueva ley supondrá avanzar, por un lado, en el objetivo de la eliminación de trabas regulatorias, y por otro lado, atraer inversiones a la región. Se “tiene como objetivo fomentar la inversión, la generación de empleo y la reactivación económica” recoge el comunicado mencionado anteriormente. De hecho, la Comunidad prevé que con la puesta en marcha de la nueva Ley de Mercado Abierto el PIB madrileño aumente hasta un 1,6% a medio y largo plazo. Lo que se traduciría en la creación de 50.000 nuevos empleos y la generación de una riqueza valorada en 4.000 millones de euros anuales

La Ley de Mercado Abierto fue aprobada el pasado 2 de febrero por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. El texto de la norma ya se ha remitido a la Asamblea de Madrid para iniciar el proceso legislativo durante los próximos meses. El objetivo de Ejecutivo autonómico es tener lista la normativa para junio.