Los negocios dedicados al alojamiento turístico ven "inviable" cumplir con sus nuevas obligaciones
Dentro de sólo de dos semanas, el 1 de octubre, entrará en vigor la última prórroga del Real Decreto 933/2021 de 26 de octubre, sobre obligaciones para el registro de viajeros. Como ya avanzó este diario, esta nueva normativa exigirá a los alojamientos turísticos, hoteles u hostales remitir a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado nueva información sobre cada uno de sus huéspedes.
Esta normativa no sólo aumentará a partir del 1 de octubre la cantidad de veces que deberán remitir los negocios estos datos, sino también el volumen de información que deberán enviar los trabajadores por cuenta propia sobre sus clientes. A menos de 15 días de la entrada en vigor de esta obligación, la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT), que representa a 16.000 establecimientos del sector, y todas las patronales implicadas emitieron un comunicado conjunto para manifestar su preocupación ante la gran sobrecarga de trabajo -y costes derivados- que implicaría esta ley para los miles de autónomos y pequeños negocios del sector turístico.
Así, la nueva normativa podría obligar a los negocios turísticos -sin importar su tamaño- a remitir más de una decena de datos, tanto del alojamiento como de sus clientes. Sin embargo, según denunciaron desde la confederación, el sector se ha encontrado "con la sorpresa de que tienen que facilitar datos no oficiales y que no aparecen en ninguno de los documentos que portan los viajeros (DNI y pasaporte) tales como forma de pago, números de tarjeta de crédito, teléfono móvil domicilio real..."
Además de la sobrecarga de trabajo que esto supone, dado que miles de pequeños negocios del sector no cuentan con los medios para automatizar este proceso, la confederación también denuncia la inseguridad jurídica de la norma. Al parecer, este reglamento está a la espera de una orden ministerial que desarrollaría y detallaría los datos a comunicar y que, a sólo dos semanas de la entrada en vigor de esta obligación, todavía no habría llegado.
Los negocios turísticos denuncian la "inseguridad jurídica" y sobrecarga de trabajo que implicará el envío de nuevos datos
Según explicaron desde CEHAT, este Real Decreto que recoge la obligación de comunicar nuevos datos de los clientes, señalaba que habría un posterior desarrollo por orden ministerial en el que se debería recoger la información a aportar por cada uno de los subsectores del turismo (alojamiento, coches de alquiler, agencias de viajes, plataformas de intermediación, campings, pisos turísticos…). Sin embargo, los hoteleros denuncian que, "a fecha de hoy, este desarrollo legislativo no existe, por lo que se produce una confusión generalizada con respecto a qué información sería exigible y a la forma de remitirla".
Además, al exigir la nueva norma datos que no aparecen directamente en los documentos de los viajeros -como puede ser la forma de pago o el número de tarjeta de crédito-, se hace "imposible" remitirlos de manera automática. Esto supone que cada negocio estará obligado a hacer el registro y envío de forma manual, con el "consiguiente aumento de errores y trabajo desproporcionado de quienes los deben remitir". Eso sin contar los problemas que podría ocasionar la ley de cara a la protección de datos.
Ante esta situación, todas las asociaciones sectoriales se han puesto de acuerdo para manifestar su oposición a dicha normativa, por la "imposibilidad de cumplimiento" para los negocios. Según los negocios turísticos, habría cuatro aspectos por los que esta normativa tiene difícil aplicación y supondrá un aumento de cargas administrativas y costes económicos para los alojamientos.
Problemas con la protección de datos
Según CEHAT, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) han señalado que las medidas de tratamiento masivo de datos personales previstas en el Real Decreto vulnerarían las normativas comunitarias sobre protección de datos y privacidad. "La recolección y almacenamiento de datos, tal como está planteada, no respeta los principios de proporcionalidad y minimización, lo que podría generar sanciones, acciones judiciales y mayor inseguridad jurídica para los sujetos obligados".
Además, el Real Decreto implica una "injerencia significativa en los derechos de privacidad de turistas y usuarios sin ofrecer salvaguardias claras, limitando la recolección masiva de datos a casos específicos y justificados", apuntaron desde la patronal.
Inseguridad jurídica e imposibilidad de cumplimiento
Desde la confederación explicaron que el Real Decreto carece de la concreción y claridad necesarias para evitar vacíos legales, lo que provocaría inseguridad jurídica. Asimismo, la normativa, según la patronal, "ignora" las complejidades operativas de las empresas afectadas, que se enfrentan a dificultades para recopilar los datos exigidos antes de la prestación de los servicios.
Esto según CEHAT, les "expone a importantes sanciones debido a la imposibilidad de cumplir con estas obligaciones, con las consecuentes repercusiones operativas y reputacionales".
Desventaja competitiva en el mercado nacional y europeo
Otro de los puntos que ponen de relieve los alojamientos turísticos es que las obligaciones impuestas por el Real Decreto colocan a los negocios españoles, o a aquellos que operan en España, en una "clara desventaja frente a competidores en otros países de la UE, que no tienen normativas similares".
Falta de capacidad tecnológica para aplicar las nuevas obligaciones
A todo esto se añaden las dificultades que van a tener los negocios más pequeños para cumplir con el envío de nuevos datos que se les exige, dadas sus limitaciones digitales.
Según la patronal, actualmente, la infraestructura tecnológica necesaria para cumplir con las obligaciones de registro y comunicación no está plenamente operativa, lo que redunda sobre la incertidumbre jurídica.
De hecho, la falta de preparación tecnológica de estos negocios ya ha sido señalada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y la Comisión Europea, "reforzando nuestra afirmación de que la normativa no tiene en cuenta de manera adecuada ni la realidad operativa del sector turístico ni la normativa vigente en los mercados emisores internacionales", denuncian desde CEHAT.
Carga administrativa "desproporcionada"
Por último, a todas las dificultades que ha señalado la patronal se une el aumento de las cargas administrativas, y por tanto los costes, que deberán asumir todos los negocios. Según la patronal, "las nuevas obligaciones de registro e identificación suponen una sobrecarga administrativa excesiva, especialmente para las pequeñas y medianas empresas que constituyen el núcleo del sector turístico. Son el 95% de las empresas".
Desde CEHAT afirmaron que implementar estas exigencias incrementa los costes operativos y la complejidad de gestión, algo que muchos negocios no pueden asumir, "enfrentándose además de a los riesgos expuestos, operacionales y reputacionales, y a graves sanciones económicas por su incumplimiento".
Ante la falta de respuesta a los problemas planteados por las patronales por parte de los funcionarios implicados, CEHAT se dirigió a los ministerios de Turismo e Interior, así como a la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil, exigiendo la revisión y ajuste del Real Decreto para garantizar la proporcionalidad y minimización de datos, así como un largo periodo para la adecuación tecnológica y adaptación de los sistemas operativos de las empresas.
En caso de que no se produzca la modificación, CEHAT avisa de la imposibilidad del cumplimiento de esta norma y la pérdida de la fiabilidad de los datos de los que actualmente disponen los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para prevenir los delitos y el terrorismo.
¿Qué datos deberán aportar los negocios sobre sus clientes y sobre la actividad?
A falta de desarrollo por orden ministerial, los datos que deberían recoger y enviar los negocios a las Fuerzas de Seguridad son los siguientes.
Datos sobre el negocio y el alojamiento
- Nombre o razón social del titular
- CIF o NIF
- Municipio.
- Provincia.
- Número de teléfono.
- Dirección de correo electrónico.
- Web de la empresa.
- Url para identificar el anuncio.
- Tipo de establecimiento.
- Denominación.
- Dirección completa.
- Código postal.
- Localidad y provincia.
Datos de los huéspedes
- Nombre y apellidos.
- Sexo.
- Numero de documento de identidad.
- Número de soporte del documento.
- Tipo de documento (DNI, pasaporte, TIE).
- Nacionalidad.
- Fecha de nacimiento.
- Lugar de residencia habitual.
- Número de teléfono.
- Correo electrónico.
- Número de viajeros.
- Relación de parentesco entre los viajeros (en el caso de que alguno sea menor de edad).
Asimismo, los negocios también tendrán que aportar datos sobre la estancia, como la fecha y hora de entrada en salida, el método de pago utilizado por los clientes y otros detalles relacionados con el contrato.
Para ello, la Secretaría de Estado de Seguridad aseguró que pondrá en marcha una nueva herramienta informática para que los autónomos trasladen los datos de los viajeros que pernocten en estos alojamientos turísticos, que será de uso obligatorio desde el mismo 1 de octubre. Por tanto, los trabajadores por cuenta propia no podrán utilizar otros canales de comunicación con las autoridades.