Salvo que se acojan a una de las nuevas modalidades

Los autónomos que solicitaron ERTE por fuerza mayor antes de octubre pagarán este mes cotizaciones

Los autónomos con empleados afectados a un ERTE por fuerza mayor anterior a octubre comenzaran este mes a pagar las cotizaciones de sus trabajadores. Volverían a estar exonerados si se acogiesen a una de las nuevas modalidades de expediente.

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Los autónomos que solicitaron ERTE por fuerza mayor antes de octubre pagarán este mes cotizaciones

España está desde el pasado domingo en estado de alarma y miles de autónomos con empleados podrían necesitar volver a acogerse a alguna de las modalidades de ERTE que se pusieron en marcha el pasado 1 de octubre. Ahora mismo, hay hasta cinco tipos de expedientes distintos, cada uno de ellos con diferentes características, requisitos de acceso y exoneraciones en las cotizaciones de los empleados a la Seguridad Social. 

Desde hace casi un mes, entraron en vigor tres nuevas modalidades de ERTE para cubrir las diferentes circunstancias en las que puede encontrarse un negocio. Por un lado, se pusieron en marcha los expedientes por limitación y por impedimento, que van dirigidos a aquellas actividades que desde octubre hasta enero puedan verse obligadas a cerrar o limitadas por algún decreto de las autoridades sanitarias. 

Además, se extendieron los ERTE por fuerza mayor para una lista de 42 actividades y también para aquellos negocios que demostraran antes del pasado 19 de octubre que formaban parte de su cadena de valor. Aquellos negocios que accedieran a esta nueva modalidad podrían beneficiarse de exoneraciones de hasta el 85% en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social por sus empleados. 

Los antiguos ERTE por fuerza mayor ya no están bonificados

Sin embargo, "los autónomos que no pudieron acogerse a estas nuevas modalidades a partir del 1 de octubre, y que  mantengan un antiguo ERTE por fuerza mayor, podrán seguir con sus trabajadores afectados y sin pagar sus nóminas, pero tendrán que empezar a pagar las cotizaciones a la Seguridad Social de este mes de octubre. Seguramente sea el caso de muchos hosteleros y comerciantes que, en la mayoría de los casos, se acogieron en marzo o abril a un ERTE por fuerza mayor, pero en octubre no entraron en el listado de las 42 actividades afectadas que publicó el Gobierno", explicó Luis San José Gras, abogado laboralista del despacho AGM Abogados. 

Según el experto, podría darse la circunstancia de que un negocio hubiera solicitado antes del 1 de octubre el ERTE por fuerza mayor y siga acogido a esta antigua modalidad. "No hay ningún problema. Mientras no se cierre el antiguo ERTE, se puede seguir afectando a empleados para no tener que afrontar el pago de sus nóminas".

Eso sí, deben tener en cuenta que, a final de mes, "la Tesorería les cargará las cotizaciones de todos sus empleados por igual, estén o no estén afectados al expediente. Esta antigua modalidad dejó de estar bonificada el pasado 30 de septiembre, cuando se pusieron en marcha los nuevos ERTE por fuerza mayor, por limitación y por impedimento", explicó Luis San José. 

Los ERTE por limitación o impedimento sí tienen exoneraciones

Ahora bien, a raíz del estado de alarma que decretó el Gobierno el pasado domingo 25, "muchos de los negocios que están acogidos al antiguo ERTE por fuerza mayor y no pudieron acceder a la nueva modalidad, ahora sí podrán acceder a un ERTE por limitación o impedimento. Sin ir más lejos, todos los hosteleros y pequeños comercios al por menor pueden solicitar desde el pasado domingo un expediente por limitación, si tienen restricciones de aforo u horario de cualquier tipo, o incluso impedimento, si se les ha obligado a cerrar directamente", comentó el experto de AGM abogados. En este caso, los expedientes sí contarían con exoneraciones en el pago de las cotizaciones de los trabajadores.

Si, por ejemplo, el negocio ha tenido que cerrar, como sería el caso de un local de ocio nocturno, puede acogerse a un ERTE de Impedimento. Bajo está modalidad, pueden afectar a sus trabajadores todos los autónomos o dueños de negocio empleadores de cualquier sector o actividad, que "vean impedido el desarrollo de su negocio por nuevas restricciones o medidas de contención sanitaria, ya sea por parte de las autoridades españolas o extranjeras. Si tienen menos de 50 trabajadores, tendrán un 100% de bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social por sus empleados. 

En el caso de que se les deje abrir pero tengan limitada su actividad, como sucedería con la mayoría de comercios, bares, cafeterías o restaurantes, podrán acogerse a los ERTEs de Limitación, que están dirigidos a todos aquellos negocios afectados por restricciones a raíz de las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria exclusivamente española. Con estos expedientes, el negocio también tendrá exoneraciones del 100% en el mes de octubre aunque, si persistieran dichas limitaciones, las bonificaciones irían decreciendo: en noviembre serían del 90%; en diciembre del 85% y en enero  del 80%. 

Las exoneraciones empiezan a contar desde la fecha de solicitud

Si las limitaciones a la actividad o la obligación de cerrar el negocio comenzaron, por ejemplo, el pasado día 25, el autónomo podrá beneficiarse de exoneraciones desde el momento en que solicite el nuevo expediente por impedimento o limitación. "Estos ERTEs están bonificados a partir de la fecha en la que se solicitaron y se afectó a los trabajadores", apuntó el abogado Luis San José.

Esto significa que, en el caso de que un hostelero o comerciante estuviera acogido hasta el domingo a un antiguo ERTE por fuerza mayor, sin exoneraciones, o no estuviera acogido a ningún expediente y solicitara un ERTE por limitación el pasado lunes 26, tendrá que pagar las cotizaciones proporcionales a los 25 días de octubre en los que sus empleados no estuvieron afectados a esta nueva modalidad de ERTE, y estará exonerado al 100% de los seis días siguientes, hasta el 31 de octubre.

Se pueden compaginar dos tipos de ERTE

Además, estos autónomos "deben tener en cuenta que pueden compaginar estos ERTE de impedimento - también los de limitación- con los ERTE por fuerza mayor anteriores al mes de septiembre. En otras palabras, si el autónomo tenía abierto un expediente por fuerza mayor anterior a octubre, puede tener al mismo tiempo el ERTE de impedimento y el ERTE por fuerza mayor y, cuando terminen las restricciones, cerrar el ERTE de impedimento y continuar con el ERTE por fuerza mayor", explicó Luis San José Gras, abogado laboralista del despacho AGM abogados. 

¿Cuándo terminará la clausula de mantenimiento del empleo? 

Según los expertos, una de las dudas más recurrentes de los autónomos en las últimas semanas es el momento en el que dejara de estar en vigor la clausula de mantenimiento del empleo para aquellos expedientes que se abrieron a principios de la pandemia. De hecho, muchos negocios que siguen soportando grandes caídas en la facturación ya se plantean si deberían solicitar un nuevo expediente o si sería mejor esperar a que termine la obligación de mantenimiento del empleo para poder despedir.

Aquellos que se acogieron a los expedientes por causas de fuerza mayor que se pusieron en marcha a raíz del estado de alarma no podrán despedir a ninguno de sus trabajadores hasta pasados los seis meses. "Pero este plazo no empieza a contar desde el momento de apertura del expediente, sino desde el momento en el que se recuperó al primer trabajador. Esto significa que si el autónomo abrió el expediente en marzo no podrá empezar a despedir en noviembre, sino seis meses después del momento en que desafectó al primero de sus empleados", comentó el experto del despacho AGM abogados.