Tributación de las comidas navideñas o las cestas a los empleados y clientes

Nomo explica cómo pueden deducirse los autónomos los regalos de Navidad en IVA o en Sociedades

Muchos trabajadores por cuenta propia obsequian a sus empleados, clientes y proveedores durante las fechas navideñas. Nomo explica en una guía cuáles de estos gastos son deducibles en IVA o Sociedades.

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Nomo explica cómo pueden deducirse los autónomos los regalos de Navidad en IVA o en Sociedades
Nomo explica cómo pueden deducirse los autónomos los regalos de Navidad en IVA o en Sociedades

Llega la Navidad y, como cada año, los gastos de los autónomos se disparan. No sólo por la factura eléctrica, que continúa marcando récords históricos, sino también por muchos obsequios que acostumbran a regalar los autónomos a sus empleados y clientes en esta época. 

Las comidas o cenas de empresa, las cestas de Navidad y otros regalos a trabajadores, proveedores y clientes son gastos habituales durante la época navideña. Como todos los gastos que efectúa un negocio, estos detalles también tienen su particular tratamiento fiscal y, tanto Hacienda como los tribunales, han interpretado cómo deben considerarse estos gastos y, por tanto, si son o no son deducibles.  

El tratamiento fiscal no sólo dependerá de la naturaleza del gasto que haya efectuado el negocio, sino también del impuesto en el que se pretende deducir. Mientras que en IRPF y Sociedades el tratamiento suele ser muy similar ya que ambos impuestos se rigen por la misma normativa, en IVA los criterios pueden ser distintos.

A continuación, la empresa Nomo detalla las claves para deducir correctamente este año los extras navideños en los impuestos más habituales.

¿Cómo tributan las comidas o cestas de Navidad en IVA y Sociedades?
 

Comidas y cenas de empresa

  • Impuesto Sociedades (IS): Según Nomo, las cenas de empresa son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades (IS) y también en IRPF. Hay que demostrar asiduidad, es decir, es necesario justificar ante Hacienda que la cena o comida de Navidad es una tradición o costumbre de la empresa a través  de  facturas de gastos similares de años anteriores.

  • Impuesto sobre el valor añadido (IVA): Según esta gestoría online, las cenas de empresa no son deducibles en el IVA. Sólo son deducibles las cuotas de IVA en hostelería y restauración que sean consecuencia de desplazamientos o viajes y que también sean deducibles en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades.


Cestas de Navidad u obsequios

  • Impuesto Sociedades (IS). Los regalos navideños sí son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades, así como en IRPF. En los obsequios a trabajadores, al igual que con las cenas de empresa, hay que demostrar asiduidad a través de  facturas de gastos similares de años anteriores. Con los regalos a proveedores y clientes debe demostrarse que son gastos por relaciones públicas. En los regalos promocionales hay que demostrar que su finalidad es promocionar la venta de productos o servicios. Los donativos y liberalidades no se consideran gastos deducibles.
  • Impuesto sobre el valor añadido (IVA). Los obsequios navideños no son deducibles en el IVA. Sí lo son las muestras gratuitas y objetos publicitarios de poco valor -menos de 200 euros en un año a un mismo destinatario-.

Según recuerda Nomo, para que estos gastos sea deducibles en IVA o Sociedades, hay que cumplir en todo caso los requisitos habituales: 

  • Justificarse mediante factura
  • Registrarse en la contabilidad de la empresa
  • Imputarse en el ejercicio que se devengó
  • Estar correlacionados con los ingresos