Obligatorio a partir del 1 de enero de 2019

Nuevo sistema para devolver el IVA a los turistas extracomunitarios

Los turistas extranjeros que no forman parte de la Unión Europea, cuando salen de España, pueden reclamar que se les devuelva el IVA de los productos que han comprado. Actualmente este proceso se puede realizar tanto de forma manual como digital, pero a partir del próximo año será obligatorio para todos los establecimientos utilizar el nuevo sistema electrónico DIVA para devolver el IVA. Este sistema intenta facilitar el proceso a los autónomos y a sus clientes extranjeros.

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Nuevo sistema para devolver el IVA a los turistas extracomunitarios

En los dos primeros meses de 2018 visitaron España 1.284.649 turistas no comunitarios -es decir no pertenecientes a Unión Europea- según los datos del INE. Más de un millón de personas que recorrieron el país, paseando por las principales ciudades, consumiendo productos y servicios. Los turistas pueden recuperar el IVA pagado de todos aquellos bienes cuyo precio supere los 90,15 euros y puede ser un buen servicio por parte del autónomo que se lo ha vendido ofrecerle este sistema oficial de reembolso que, en definitiva, supone también un ahorro para el cliente extranjero.

Este proceso de devolución empieza en el establecimiento. El vendedor deberá expedir en estos casos una factura y el Documento Electrónico de Reembolso (DER), que puede rellenarse online a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Una vez comprado el producto y expedidos estos dos documentos, el viajero que quiera que le devuelvan el IVA del artículo deberá presentar el bien y los documentos correspondientes en la aduana. Allí le remitirá la factura o DER visado por la aduana al vendedor quien será encargado de devolverle el IVA en un plazo de quince días, mediante un cheque, una transferencia, abono en la tarjeta de crédito u otro medio. Este reembolso, también puede realizarse mediante entidades colaboradoras autorizadas por la Agencia Tributaria. En ambos casos, el encargado deberá comprar el visado del DER en la Sede electrónicas de la Agencias Tributaria para hacer constancia de se que se ha hecho efectivo.

Este proceso del visado en aduana del producto comprado se realiza ahora mismo en España de dos formas: con un sello de caucho en la oficina de aduana de salida y el visado digital que se podrá efectuar tanto en un quiosco como en la oficina de la aduna de salida. El problema para los vendedores viene cuando a raíz del Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre, se modifica el reglamento, haciendo que a partir de 1 de enero de 2019 sea obligatorio para los vendedores utilizar el sistema electrónico, imposibilitando la utilización de medios manuales.

Este real decreto obligada a los dueños de un pequeño comercio a utilizar DIVA, para realizar cualquier operación libre de impuestos.  

¿Qué es DIVA y cómo funciona?

DIVA es el sistema que a partir del próximo año tendrán que utilizar todos los comerciantes para devolver el IVA a los viajeros -de ahí el nombre-.  Este programa permite realizar el sellado electrónico de la prueba de salida de los productos comprados por un turista no comunitario, acelerando y automatizando el proceso de devolución; ya que, tal y como explica el manual para empresas de la Agencia Tributaria, DIVA permite que la Agencia disponga con anterioridad de la información de las ventas susceptibles de devolución del IVA.

Asimismo, dicho manual también detalla el funcionamiento de este sistema:

1.- DIVA comienza en el punto de venta.  Para utilizarlo los establecimientos deben adherirse a él cumplimentando el formulario disponible online en la Sede Electrónica de la AEAT. Es obligatorio disponer del certificado digital. También, se puede realizar mediante alguna de la Entidades Colaboradoras autorizadas por la Agencia para que la devolución del IVA, quien se encargará de instalar un programa que envía directamente la información.

 Una vez instalado DIVA en la tienda, el sistema comenzará e remitir información por cada una de sus ventas de forma electrónica.

2.- La información de DIVA llega  a la Agencia Tributaria que se encargará de realizar comprobaciones mínimas como que no haya campos libres en los documentos, validar del NIF de la tienda o que la transacción sea superior a 90,15 euros.

3.- El vendedor tendrá que entregar al turista no comunitario una copia del formulado libre de impuestos remitido a la AEAT de forma electrónica (o DER). Este documento no tiene por que imprimirse, puede llevarse al punto de sellado en soporte digital en móvil, tablet… Esta copia llevará un Código Seguro de Verificación (CVS) que permitirá al viajero conocer en todo momento cómo está su proceso de tramitación del IVA.

4.- El turista antes de abandonar el país deberá presentar sus facturar en las oficinas de aduana situadas en puertos y aeropuertos. Todas deben permitir el sellado electrónico mediante DIVA.

5.- En este 2018 ocurre una situación compleja y es que, al convivir los dos mecanismos (el manual y DIVA), el turista puede presentarse al sellado con los dos documentos. Para identificar el electrónico, se deberá buscar la palabra DIVA en la parte superior del documento.

6.- El viajero llega al punto de sellado con sus facturas DER y se le procede a la lectura del número de referencia, que recupera los datos de la operación e informará. El sistema ofrecerá dos respuestas: verde o control.

En caso de control, volverán a ser comprobadas las mercancías y la tarjeta de embarque, y se volverán a introducir los nuevos datos al sistema. De nuevo aparecerán dos respuestas: conforme y se procede a la devolución del IVA, o disconforme y no se procede a la devolución. Las razones de ésto último pueden ser que la documentación presentada no es correcta, que no se ha presentado la mercancía o que la compra no corresponde con la factura presentada.

Cuando el resultado sea verde o conforme, se genera un documento de acreditación de salida que vuelve a tener un CVS y que es enviado a la dirección de correo electrónico del turista.

7.- El resultado del sellado electrónico de la transacción se envía a la tienda (o a su operador) para que pueda proceder a la devolución del IVA. Éste siempre podrá consultar el estado del DER -independientemente de la forma en la que suministró la información de la venta- en la página web de la agencia tributaria.

8.- El turista con el documento validado en conformidad puede solicitar que el reembolso del IVA se haga efectivo dirigiéndose a la tienda o a la entidad colaboradora, quien tendrá que comprobar obligatoriamente que tiene validado el documento. Efectuado el pago, es deber del vendedor de informar a la AEAT a través de DIVA.

¿Cómo se rellena el DER?

El Documento Electrónico de Reembolso, por sus siglas DER, está disponible en la web sede electrónica de la AEAT y es la base del sistema DIVA. Su correcto cumplimiento será fundamental para que el resultado sea positivo. Los principales datos que hay que rellenar son:

Datos de la empresa:

  • Identificador Local de Referencia (ILR): es un dato obligatorio y sirve para que la AEAT identifique cada DER de forma única ya que no se puede repetir en el sistema. La tienda será la encargada de asignarlo.
  • Número de la factura: debe ser la numeración propia del establecimiento de venta, no pueden existir dos facturas iguales.
  • Fecha de factura: fecha de emisión de la factura y tiene que tener el siguiente formato: AÑOMESDÍA – AAAAMMDD
  • NIF
  • Razón social
  • Nombre comercial (no es un dato obligatorio y no puede tener más de 70 caracteres y, en ocasiones, puede coincidir con la razón social).
  • Código del Establecimiento(no es un dato obligatorio)

Datos del turista:

  • Pasaporte: es obligatorio dar el número del pasaporte. Si no se rellena este campo no se puede enviar el DER.
  • Nombre y apellidos
  • Fecha de nacimiento: mediante el formato AÑOMESDIA: AAAAMMDD
  • País de residencia
  • Correo electrónico: no es obligatorio, pero si el turista lo proporciona el sistema podrá enviar información sobre el documento electrónico de reembolso.
  • Teléfono: dato no obligatorio.
  • Número de transporte: se trata de toda aquella información referida al vuelvo o al barco.
  • Fecha de transporte: dato obligatorio y se debe proporcionar mediante el formato AÑOMESDIA: AAAAMMDD

Datos de la transacción:

  • Forma de pago: es un despegable donde el vendedor tendrá que elegir: efectivo, tarjeta, cheque, transferencia y otros. No es un dato obligatorio.
  • Descripción del producto: un texto libro de 250 caracteres.
  • Cantidad
  • Base imponible del producto: el precio del producto sin IVA
  • Tipo impositivo: hay que elegirlo de un despegable: 0%, 4%, 10% o 21%.
  • Clasificación: hay que elegirlo de un despegable: alimentación, alcohol y tabaco, bienes culturales y artesanía, deporte y ocio, descuento, electrodomésticos, informática y electrónica, hogar y decoración, joyería y relojería, moda y accesorios.
  • Fecha de la operación: es la factura simplificad en AÑOMESDIA: AAAAMMDD.
  • Número de serie: en el caso de que se trate de un producto de informática y electrónica o de joyería y relojería con un precio de venta -IVA incluido- de más de 500 euros; siempre y cuando el producto disponga de él.

Rellenados todos los datos, el vendedor puede proceder a enviar el formulario y, si es correcto, el sistema enviará un mensaje indicando que el DER se ha enviado correctamente y el CVS. A partir de este momento, se podrá consultar el estado del DER en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Asimismo, y en caso de querer anularlo, se podrá realizar mediante la propia sede electrónica de la AEAT,  siempre y cuando el DER no haya sido sellado.