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Estos son los nuevos trámites que tendrán que hacer los autónomos a través del Sistema Red

La Seguridad Social sigue con el objetivo de digitalizar su relación con los autónomos. La administración ha determinado hacer obligatorios nuevos trámites a través del Sistema Red. Entre ellos, la gestión de partes médicos en altas y bajas o las confirmaciones de Incapacidad Temporal.

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Estos son los nuevos trámites que tendrán que hacer los autónomos a través del Sistema Red

Desde septiembre del 2018, la Seguridad Social determinó que los autónomos deben inscribirse en el Sistema Red para realizar sus trámites con la administración por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones. Después de un año, la Seguridad Social sigue con su objetivo de digitalizar la relación con los autónomos.  El pasado mes de julio se actualizaron de nuevo las obligaciones. A partir de este momento, la gestión de los partes médicos y demás comunicaciones relacionadas con las bajas y altas o  procesos de incapacidad temporal también se tramitarán a través del Sistema Red.

Este sistema telemático se ha convertido en la principal plataforma de acceso a los servicios electrónicos de la Seguridad Social. Hace ya un tiempo que se realizan algunos trámites y actuaciones en el ámbito de la inscripción de negocios y la afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, de forma obligatoria, a través de este sistema. Ahora, a la tramitación de estas altas y bajas se le suma la obligación de gestionar a través de dicho sistema los partes médicos correspondientes.

Las modificaciones  han sido unas cuantas. En octubre del 2018, la Tesorería General de la Seguridad Social amplió las funcionalidades sumando dos nuevos trámites al Sistema Red: la modificación de domicilios y la generación online de informes de incapacidad temporal. Esta vez, los cambios han recaído en los FDI y FRI (ficheros que utiliza la Seguridad Social para informar a autónomos y negocios sobre los resultados en documentos de altas, bajas, o algunas prestaciones). Por tanto, y a partir de ahora, los profesionales ya pueden comunicar de forma telemática a la Administración los siguientes trámites:

  • Partes de Incapacidad Temporal de aquellos trabajadores por cuenta propia afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y en el grupo primero del Régimen Especial del Mar (aquellos que ejerzan su actividad pesquera a bordo de embarcaciones de más de 150 toneladas de registro bruto).
  • Nuevos datos de los trabajadores por cuenta ajena en plantilla incluidos en el Sistema Especial Agrario del Régimen General (SETA).
  • Prestaciones de riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural y cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
  • Prestación por nacimiento y cuidado de un menor.
  • Partes médicos en altas y bajas a la Seguridad Social                                                                                                  

Todos ellos son obligatorios y están ya disponibles en el Sistema Red. Los autónomos que quieran realizar cualquiera de estos nuevos trámites , o algunos de los que se han ido implementando a lo largo del año, deberán aprender a operar a través del sistema.

Cómo operar a través del Sistema Red

Para acceder al Sistema RED y a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, el autónomo debe disponer de un sistema de autenticación que garantice su identidad. Este proceso puede hacerse a través del Certificado Electrónico o DNI Electrónico, o a través del Sistema Cl@ve, que permite acceder a todos los servicios e incluye el acceso a la firma en la nube. Así pues, el autónomo dispone de dos formas de usar el sistema de la administración: Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente.

Además, en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) se encuentran ubicados los servicios que permiten la gestión de la asignación o desasignación del Número de Afiliación (NAF) del autónomo a un Autorizado Red. Éste último podrá operar en su nombre. En la mayoría de los casos, la persona designada es el gestor del trabajador por cuenta propia.

No obstante, a pesar de que los autónomos están obligados a inscribirse en el Sistema RED y realizar sus trámites por vía electrónica, tienen diversas opciones para operar. Por un lado, pueden cumplir con esta obligación acogiéndose a dicho Sistema y gestionando sus trámites a través del Autorizado Red o también cabe la posibilidad de operar directamente desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).