El Supremo dice que están exentas de retención

Pocas autónomas se beneficiarán de las devoluciones en IRPF por maternidad

El Tribunal Supremo ha emitido "doctrina legal" y dictamina que las prestaciones por maternidad están exentas de IRPF. Por ello, todas aquellas trabajadoras --incluidas las autónomas- que hubiesen recibido una ayuda por ser madre entre 2014 y 2017 podrán solicitar la devolución de las retenciones de IRPF sufridas. Una reclamación que el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) recomienda que hagan, pero advierte que el hecho de solicitar no implica que se les vaya a devolver algo, pues sólo les merecerá la pena hacerlo a las autónomas con rentas superiores a 14.000 euros.

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Pocas autónomas se beneficiarán de las devoluciones en IRPF por maternidad

El Tribunal Supremo dictaminó el pasado viernes 5 de octubre que “las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social estaban exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”. De esta forma la sentencia emitida por la Sección Segunda de la Sala III, de lo Contencioso-Administrativo ponía fin a una serie de litigios que se estaban produciendo entre contribuyentes y la Agencia Tributaria. El anuncio fue recibido por los padres primerizos como una buena noticia, muchos de ellos incluso comenzaron los trámites para reclamar ese IRPF.

Pero desde la asociación de Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) han advertido que no a todas las trabajadoras autónomas, ni todas las trabajadoras asalariadas que hayan recibido una prestación por maternidad se les va a devolver el IRPF.  Además, "al contrario de lo que se está anunciando, lo que se va a devolver son sólo las retenciones que se hubiesen hecho de IRPF en la declaración del año que la percibió” explica José María Mollinedo, secretario general de Gestha

Según Mollinedo serán las trabajadoras autónomas con ingresos superiores a 12.000 euros o 14.000 euros a las que más beneficie esta medida, pues es a partir de esa cifra “cuando se empieza a producir la carga del impuesto de la renta”. Esto no implica que las trabajadoras por cuenta propia con unos ingresos iguales o inferiores a estas cifras puedan beneficiarse ya que para calcular el impuesto “se tienen en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada uno, pudiendo haber trabajadoras por cuenta propia con ingresos con 12.000 euros con o sin cargas familiares, con o sin deducciones por viviendas… Factores que influyen a la hora de calcular lo que una persona va a pagar de IRPF”.

A las trabajadoras por cuenta propia con ingresos inferiores a los 12.000 euros y con cargas familiares también les interesa solicitar la devolución de las retenciones de IRPF no porque les vaya a merecer la pena devolución, sino porque podrán reducir los ingresos totales que tuvieron ese año “lo que les puede beneficiar a la hora de solicitar ayudas, ya que muchas de ellas se basan en los ingresos del último año para adjudicar la subvención”.

Muy pocas autónomas se beneficiarán

El secretario general de Gestha afirma que serán muy pocas las madres autónomas que se van a beneficiar de la devolución del IRPF de su prestación por maternidad y es que “las medias anuales de ingresos que declaran los autónomos rondan los 12.000 euros”. Según los datos que maneja la Asociación de Técnicos del Ministerio de Hacienda a partir de las estadísticas del IRPF, los ingresos medios declarados por las 505.557 autónomas que tributaban por estimación directa en 2016 era de 11.416 euros y el de las 104.163 trabajadoras por cuenta propia que tributaban por estimación objetiva o módulos era de 11.416 euros.

Guía para solicitar el IRPF de la prestación por maternidad

Para todas aquellas autónomas que estén interesadas en solicitar la devolución de IRPF de su prestación por maternidad Gestha recomienda paciencia y “esperar unas semanas” antes de comenzar con la solicitud y es que según prevén la AEAT habilitará dentro de unas semanas un formulario específico para solicitar la devolución.

 Asimismo, también han informado en un comunicado emitido por la entidad que trabajarán con la AEAT para poner en marcha una herramienta que ayude a las contribuyentes a calcular lo que le responde de la devolución, para ello consideran que es necesario un acuerdo entre la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, para tener acceso a los datos y poder cruzarlos para determinar si existe un importe a devolver. En caso afirmativo, la Agencia se encargará de enviar vía SMS o correo a la afectada el cálculo de la prestación y la opción de “confirmar la rectificación de su declaración y solicitar la devolución, o no confirmar si desean que no se interrumpa la prescripción”.

No obstante, las contribuyentes pueden reclamar la devolución de las retenciones de IRPF online mediante la Rectificación de autoliquidaciones de Gestión Tributaria, siempre que disponga de certificado electrónico. También podrán acudir a la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal. Pero antes de ello, los Técnicos del Ministerio de Hacienda recomiendan “comprobar que la Administración no haya practicado liquidación provisional o definitiva por las prestaciones por maternidad, así como que no haya pasado el plazo de cuatro años de prescripción desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las declaraciones; y si la declaración se presentó fuera de ese plazo, desde el día siguiente a la presentación”

En este sentido sólo podrán presentar la solicitud las mujeres ya sean autónomas o asalariadas que hubiesen recibido una prestación pública por maternidad entre los años 2014 y 2017, incluidos los casos de nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad.