No es un motivo suficiente para finalizar el contrato

Prohibido echar del local al autónomo jubilado que mantiene su negocio

Hasta ahora ahora, los propietarios de un local u oficina podían rescindir el alquiler por el mero hecho de que el autónomo se hubiera retirado. El Supremo establece una excepción: que el autónomo se mantenga en jubilación activa.
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Prohibido echar del local al autónomo jubilado que mantiene su negocio

Hasta ahora, el propietario de un local u oficina podía rescindir el contrato si el autónomo se retiraba. Pero esto ya no es siempre así. Una sentencia del Tribunal Supremo dictamina que, cuando un trabajador por cuenta se acoge a la modalidad de jubilación activa, es decir, cuando decide cobrar la pensión y a la vez seguir al frente de su negocio, esta cláusula de rescisión de contrato de alquiler queda sin efecto

Gracias a este fallo, el Supremo regula un vacío legal que, hasta ahora, existía en torno a la figura jurídica de la jubilación activa. Desde el año 2013, que comenzó a aplicarse esta modalidad de retiro en España, han sido varios los Tribunales Supremos de Justicia (TSJ) de distintas comunidades autónomas, los que han avalado a los propietarios en su premisa de rescindir el contrato del alquiler del local donde un autónomo tenía su negocio, por el simple hecho de jubilarse, sin tener en cuenta la forma en que la que lo hacía, que era compaginando la prestación con su actividad. 

A día de hoy, según los últimos datos registrados por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), casi 136.200 trabajadores por cuenta propia se encuentran acogidos a la jubilación activa. Por ello, esta sentencia supone un cambio fundamental en las condiciones de trabajo de los autónomos que llevan a cabo su actividad en locales que no son de su propiedad y los tienen arrendados a personas ajenas a su negocio. Por otra parte, desde el Tribunal Supremo especificaron también que la resolución no afecta a los "eventuales desalojos por impago de rentas".

Hasta ahora se basaban en la literalidad de la norma

El fallo más habitual entre los Tribunales de las CCAA cuando les llegaba una denuncia de desalojo por jubilación de un autónomo, era que se posicionasen del lado del propietario, y el trabajador por cuenta propia se viese obligado a abandonar el local. Según el abogado y experto laboralista Alberto Ara, esto ocurría por que "los TSJ se ceñían a las líneas explícitas de los contratos de alquiler, sin mirar cuál era la realidad social que rodeaba al trabajador autónomo. Por lo tanto, si en el contrato ponía que la jubilación era un elemento mediante el cual el propietario puede rescindir el contrato, el tribunal avalaría su decisión", explicó Ara. 

Se trata de otro de los muchos ejemplos en los que "la literalidad de la normativa puede llevar a fallos en el sistema judicial", añadió el experto. Los dueños de los locales entendían que si el autónomo ya está jubilado -sin entrar en el detalle de la jubilación activa-, ellos podrían rescindir el contrato de alquiler que les unía, operando así en un vacío jurídico sobre el que no había ninguna sentencia firme que dijese lo contrario. 

"La ley existente prohibía desahuciar autónomos en ejercicio de su actividad, pero no especificaba nada de la jubilación activa", comentó Jose Antonio Herce, socio fundador de LoRIS, una consultora avanzada de soluciones para la jubilación. "La tensión entre propietarios e inquilinos es algo que siempre suele estar presente. Además, las rentas de los negocios de la mayoría de los autónomos son de hace muchos años, y el dueño sabe que ahora  podrá alquilar el local a un precio mayor. Por eso, también les interesa rescindir el contrato con el trabajador por cuenta propia", explicó Herce. 

No obstante, ambos expertos coincidieron y apoyaron la decisión tomada por el Tribunal Superior de Justicia, "cada Comunidad Autónoma se posicionaba a favor de una u otra parte, pero no había un criterio único al que poder acogerse. La intervención del Supremo en este ámbito era muy necesaria, los autónomos a los que les ha pasado esto, lo recurrirán y se creará jurisprudencia", añadieron. 

El contrato tiene que prolongarse hasta que el autónomo cese por completo

Probablemente la consecuencia más directa que tiene la rescisión de contrato de alquiler a un autónomo que se acoge a la jubilación activa es que le obligaría a poner fin a su actividad. "El trabajador por cuenta propia en jubilación activa  no cesa la actividad, está cobrando la pensión pero sigue a todos los efectos al frente del negocio. Puede seguir trabajando, facturando, e incluso, tener trabajadores en nómina y mantener su responsabilidad con clientes y proveedores", explicó el abogado laboralista Ara. 

De esta forma, y ya que "su negocio continúa exactamente igual que antes, no tiene lógica que ese tipo de jubilación sea una razón para desalojarle del local donde desarrolla su actividad. "El contrato de alquiler tendría que prolongarse hasta que el autónomo cesase por completo su actividad", añadió. Además, el experto incidió en la "necesidad de incluir en la normativa las nuevas formas jurídicas que han ido surgiendo en estos años", ya que, como pasa con la jubilación activa, muchas otras carecen de sentencia y criterio firme mediante el que juzgarlas ante la Ley.  

La importancia de la jubilación activa

Los autónomos cuentan con un importante aliciente para jubilarse más tarde. Una de las posibilidades que se incorporaron a la jubilación de los trabajadores con el Real Decreto Ley de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad, y promover el envejecimiento activo, fue la jubilación activa. Esta figura permite al autónomo disfrutar de su pensión sin tener que dejar su actividad.

"Los trabajadores se jubilan, pero pueden compatibilizar sus ingresos con su pensión", comentó el experto José Antonio Herce. Cobrar la pensión y seguir activo en un trabajo es una fórmula cada vez más habitual, especialmente entre los trabajadores por cuenta propia. y, según los expertos, esta fórmula es clave para el sostenimiento futuro de todo el sistema de pensiones.

¿Cómo acceder a la jubilación activa?

Como se ha dicho, la edad ya no es una traba para poner en marcha un negocio. La realidad es que algunos pensionistas ven la jubilación como un parón innecesario de su actividad. Tienen tiempo para poner en marcha el negocio que siempre quisieron emprender o, simplemente, quieren continuar con la actividad que han desarrollado desde hace años. Para todos ellos existen una serie de requisitos. De cumplirlos, el solicitante podría disfrutar del 100% de su prestación y complementarla con los ingresos de su negocio.

  • Cumplir con la edad y años de cotización establecidos

Para cobrar la pensión y tener un negocio es necesario cumplir con la edad establecida para la jubilación. Esto significa que el emprendedor que quiera disfrutar de su pensión mientras está a cargo de un negocio debe tener, al menos, 65 años. No sólo eso, también debe contar con el 100% de los años de cotización exigibles para cobrar una pensión de jubilación.

  • Contratar a un trabajador si se quiere optar al 100% de la pensión de jubilación

Para disfrutar de la jubilación activa no es necesario tener contratado a un trabajador. Sin embargo, si el emprendedor jubilado pretende cobrar su pensión al completo, es necesario que tenga, al menos, a un empleado a su cargo. En el caso de que decida ser autónomo y jubilado sin contratar a un trabajador, tan sólo podrá optar al 50% de su pensión por jubilación.

Además de esto, hay que tener en cuenta que el beneficiario de la jubilación activa perderá el derecho a complementos y bonificaciones sobre su pensión, como sería el caso de los complementos por mínimos que se aplican en las pensiones que no alcanzan la cantidad mínima establecida. También hay que tener en cuenta que los autónomos que cobran su pensión además de desarrollar su actividad estarán sujetos a una cotización mínima por solidaridad con el Sistema del 8%.