El aumento seguirá ligado a la negociación del SMI

Seguridad Social dice que, por el momento, no aplicará la subida de la cuota a los autónomos prevista este año

La Seguridad Social ha asegurado a este medio digital que, "por el momento", no aplicará el incremento de los tipos de cotización que debía comenzar en junio y que subirían entre 3 y 12 euros más la cuota de los autónomos. 

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Seguridad Social dice que, por el momento, no aplicará la subida de la cuota a los autónomos prevista este año

En tres días, teóricamente, se debería poner punto y final a la paralización de la subida de los tipos de cotización de los autónomos prevista para 2021. Las organizaciones representativas del colectivo alcanzaron un acuerdo con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para paralizar temporalmente, hasta mayo, la aplicación de este aumento en las cuotas de entre 3 y 12 euros a los trabajadores por cuenta propia.

Sin embargo, según confirmaron fuentes de la Seguridad Social a este diario, "la subida sigue, por el momento, congelada". Es decir no se aplicará por el momento. Al parecer, aunque lo pactado con las organizaciones de autónomos haya expirado, la paralización continuará vigente gracias a la Disposición Transitoria cuarta del Real Decreto-Ley 2/2021 que, como ya avanzó este medio, liga el incremento de los tipos de cotización a la subida del Salario Mínimo Interprofesional. Es decir, hasta que no se negocie el incremento del SMI, tampoco se reactivaría el alza en las cuotas de los autónomos, según las mismas fuentes.

Desde la Tesorería remiten al Real Decreto aprobado a finales de enero. Concretamente a la disposición que aborda la "suspensión de la aplicación del tipo de cotización aplicable por contingencias profesionales y por cese de actividad a los trabajadores autónomos". En este apartado, la ley indica que "a partir del 1 de febrero de 2021 y mientras no se lleve a cabo la subida del salario mínimo interprofesional para el año 2021, no será de aplicación lo previsto en la disposición transitoria del Real Decreto- Ley 28/2018", que regula la subida de las cuotas", dice la norma. 

Concretamente, la disposición a la que se hace referencia y que fue aprobada hace tres años preveía incrementos progresivos en los tipos de cotización tanto para 2019, como para 2020 y 2021. De este modo, este año se llevó a cabo en octubre un aumento en el tipo de cotización por cese de actividad del 0,7% al 0,8% y por contingencias profesionales del 0,9% a un 1,1%, que quedó paralizado por el acuerdo con los agentes sociales. Ahora que ya terminó el acuerdo pactado hasta mayo, cuando suba el SMI, el tipo total de cotización a aplicar en la base podría volver a subir, esta vez, del 30,3% al 30,6%- . 

La cuota mínima de los autónomos seguirá siendo de 289 euros, hasta nuevo aviso

Eso sí, independiente de la paralización, no hay que olvidar que la cuota mínima de junio, de todos modos, ya no es de 286 euros como en 2020, sino de 289 euros, porque todavía se está cobrando una deuda pendiente por el incremento de varios meses que no se aplicó el año pasado, y que la Tesorería sí estaría aplicando durante estos meses.

De hecho, como avanzó este diario, la Seguridad Social realizó una campaña de comunicación para avisar a los autónomos de que van a tener que seguir pagando entre tres y doce euros más en su cuota a la Seguridad Social para hacer efectivo el cobro de la deuda por el incremento de los tipos por contingencias profesionales y cese de actividad en 2020, que estaba planeado y recogido en el Boletín Oficial del Estado desde 2018 y que, sin embargo, no había podido cobrarse en el año 2020.

Todos los autónomos tienen una deuda pendiente de, aproximadamente, entre 20 y 84 euros en total - en función de la base por la que cotice el trabajador por cuenta propia-, correspondiente a la subida de los tipos de cotización que se tenía que haber aplicado desde enero de 2020 y que no se llevó a cabo hasta el pasado mes de octubre.

“Se informa de que este mes, además de las cuotas del periodo cuyo ingreso corresponde, van a cargarse adeudos complementarios por el importe de diferentes resultantes de la actualización de liquidaciones de periodos anteriores, recalculadas, como consecuencia de modificaciones en los datos de afiliación o las condiciones de cotización” detallaba la Tesorería en su email.

De este modo, si el trabajador por cuenta propia está por la mínima -por la que cotiza la mayoría del colectivo- su cuota se quedaría, por el momento en 289 euros, es decir:  286 euros fijados por el alza prevista en los tipos de cotización para 2020, a los que habría que añadir la liquidación de un mínimo de tres euros mensuales por los meses que no se cobraron, hasta saldar la deuda pendiente. En el caso de la base máxima, hasta nuevo aviso, se quedaría en 1.245,4 euros.

Los autónomos acogidos a las ayudas no verán subir sus cuotas hasta septiembre

Además, e independientemente de la negociación del Salario Mínimo Interprofesional, según fuentes de la Seguridad Social, la subida, en realidad, no tendrá efectos sobre los autónomos más afectados por la crisis, que se sobreentiende que son aquellos que, o bien hayan percibido la prestación ordinaria-extraordinaria hasta mayo (POECTA) o bien se acojan a una de las modalidades de ayudas desde junio.

Según los últimos datos ofrecidos por la Administración, serían entorno a medio millón de trabajadores por cuenta propia -más de 460.000- los que, a mes de mayo, estarían acogidos a la POECATA. Esto significa que, como mínimo, este medio millón de autónomos que continúan afectados por caídas de la actividad estarán acogidos a alguna de las nuevas ayudas disponibles a partir de junio -o prestación o exoneraciones decrecientes de las cuotas- y, por tanto, no se verán afectados por la reactivación del incremento. 

Tampoco generará deuda la subida durante los meses que están exentos de cotizar

Así mismo, según confirmaron estas fuentes, los meses en los que estos autónomos estén exonerados del pago de su cuota no se sumarán a la deuda pendiente por el incremento de los tipos. "La exoneración es de toda la obligación de cotización", y, en principio, no se guardaría el aumento correspondiente a los meses de junio a septiembre para más adelante.

Cabe recordar que las ayudas aprobadas este jueves por el Gobierno y que entrarán en vigor a partir de junio y hasta septiembre prevén cinco tipos de modalidades que pueden cubrir las diferentes circunstancias en las que se encuentren los trabajadores por cuenta propia: prestaciones extraordinarias por suspensión o bajos ingresos, POECATA, y prestación para autónomos de temporada.

Todas ellas tienen, de uno u otro modo, exonerado el deber de pago de la cuota a Seguridad Social. Además, aquellos autónomos que no accedan a ninguna de estas prestaciones pero vinieran cobrando hasta mayo el cese de actividad  tendrán exento el pago de la cuota de autónomos con las siguientes cuantías:  el 90% de la cuota de autónomos del mes de junio; el 75% de la cuota de autónomos del mes de julio; el 50% de la cuota de autónomos del mes de agosto; y el 25% de la cuota de autónomos del mes de septiembre.