Un 10% de la cotización

La Seguridad Social ha cobrado parte de la cuota a los autónomos en cese de actividad aunque estaban exentos

Según ATA, la Seguridad Social estaría cobrando de oficio un 10% de la cuota a los autónomos que estuvieron en cese de actividad a 31 de mayo. El problema es que muchos estaban exentos.
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Tesorería General de la Seguridad Social
La Seguridad Social ha cobrado parte de la cuota a los autónomos en cese de actividad aunque estaban exentos

La Seguridad Social habría cobrado este mes a todos los autónomos que percibieron el cese de actividad hasta el 31 de mayo un 10% de su cuota, aunque muchos de ellos han vuelto a solicitar las ayudas y deberían haber estado exentos de cotizar. Según confirmaron fuentes de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) a este diario, al parecer, habría "muchos autónomos que, aún habiendo pedido las nuevas prestaciones a lo largo de este mes de junio y, por tanto, teniendo que estar exonerados de su cuota, han recibido un cobro de, al menos, 28 euros en sus cuentas".

El Gobierno alcanzó el pasado mes un acuerdo con las organizaciones representativas del colectivo con el que se articulan cuatro nuevas modalidades de prestación hasta septiembre -en las que no hay que pagar nada de cuota-, además de exoneraciones parciales en la cotización para cubrir también a los antiguos beneficiarios del cese de actividad que no accedan esta vez a las ayudas pero sí vinieran percibiéndolas hasta el mes pasado.  

Por lo tanto, los autónomos que hayan sido beneficiarios de las ayudas por cese de actividad hasta el 31 de mayo sólo habrán tenido que pagar el 10% de su cuota a la Seguridad Social, ya que si no piden ninguna prestación tendrán exento el 90% del pago de su cuota. Si cotizan por la base mínima, el pago sería inferior a 30 euros. 

El problema, según fuentes de ATA, es que la Tesorería no habría distinguido este mes entre aquellos que han vuelto a solicitar las ayudas por cese de actividad vigentes hasta septiembre, y los que han preferido no solicitarlas, y habría cobrado por defecto un 10% de la cuota a todos los que fueran beneficiarios del cese a 31 de mayo, con independencia de si estaban exonerados al 100% del pago de sus cotizaciones o no.

Seguridad Social tendrá que devolver, al menos, 28 euros de cuota

Por su lado, fuentes de la Seguridad Social, ni confirmaron ni desmintieron que se haya cobrado de oficio este 10% de la cuota a todos los autónomos que estaban en  cese de actividad en mayo. Ahora bien, sí advirtieron que esto puede tener que ver con las exoneraciones decrecientes previstas del 90% para los antiguos beneficiarios de la prestación. En todo caso, cuando "la Tesorería intercambie información con las mutuas -para conocer al detalle quién sí y quién no ha solicitado las nuevas ayudas- se les regularizará".

Según confirmaron a este diario las mismas fuentes, "lo habitual" es que sea la propia Seguridad Social la que ingrese, de oficio, el dinero que ha cobrado indebidamente a algunos autónomos por sus cotizaciones. En todo caso, recuerdan, que siempre se puede solicitar esta devolución a través de la pestaña "devolución de ingresos de regímenes y sistemas especiales" que pone a disposición la Tesorería en su sede electrónica. 

Cabe recordar que no es la primera vez que el decalaje en el tiempo en el que las mutuas mandan la información sobre beneficiarios a la Seguridad Social y ésta cobra las cuotas a los autónomos, genera errores en el cobro de las cotizaciones al colectivo. Como ya avanzó este diario, en marzo de este año, la Seguridad Social cobró la cuota a algunos autónomos acogidos al nuevo cese de actividad, a pesar de que deberían estar exonerados de pagar sus cotizaciones.  

Al parecer, al igual que ha pasado esta vez, todo se debió a un descuadre entre el momento en el que las mutuas reciben la solicitud del autónomo para acceder a la prestación, envían la información a la Seguridad Social, y la Tesorería paraliza el cobro de las cuotas de cada contribuyente. "Hay que tener en cuenta que este proceso puede tardar varios días y que, si la comunicación llega a la Administración más allá del día 15, que es más o menos cuando se giran las cuotas de cada mes, se le pasará el cobro de sus cotizaciones al autónomo aunque esté acogido a la prestación", reconocieron fuentes de la Tesorería. 

ATA recomienda reclamar la devolución si se solicitó el cese antes del 21 de junio

En el caso de que así sea, y el autónomo haya solicitado antes del 21 de junio el cese de actividad y, aún con todo, haya tenido que pagar un 10% de su cuota,  la Seguridad Social tiene previsto en su web un apartado específico para la "devolución de ingresos de regímenes y sistemas especiales".

En ese apartado, el autónomo puede solicitar la devolución de estos ingresos indebidos y también consultar el estado de tramitación de su solicitud, tanto si se ha efectuado a través de este medio como si ha sido presentado ante la Administración de la Seguridad Social.

Se puede acceder a ella mediante SMS, usuario y contraseña, certificado digital y Cl@ve.  Para solicitar esta devolución, tan sólo es necesario cumplimentar el formulario electrónico y anexar, en su caso, los documentos que acompañan la solicitud. 

Así, de forma opcional, el autónomo podrá adjuntar la siguiente documentación, que no podrá superar los 10 mb:

  • Documentación que justifique el derecho a la devolución: sentencias, nóminas, resoluciones administrativas o, en este caso, el reconocimiento por parte de la mutua de la prestación.
  • Documento de apoderamiento para actuar en nombre de un tercero. Será necesario adjuntarlo en el caso de actuar en nombre de un tercero, como puede ser el caso del gestor que tramite la devolución de su cliente autónomo.

Una vez realizado el trámite, el autónomo recibirá un "justificante de la solicitud" en formato PDF. Si no recibe el mensaje de confirmación o, en su caso, se recibe un mensaje de error o deficiencia de la transmisión habrá que realizar la presentación en otro momento o utilizar otros medios. 

Exoneraciones para los autónomos que estuvieron en cese pero no soliciten las nuevas prestaciones 

Cabe recordar que esta devolución sólo corresponderá a aquellos autónomos que hayan solicitado entre el 1 de junio y el 21 alguna de las cuatro nuevas modalidades de ayudas por cese de actividad puestas en marcha y vigentes hasta septiembre. 

Los autónomos formen parte del medio millón de cotizantes que sí percibían en mayo la prestación pero que no se hubieran acogido este mes al cese, se beneficiarán de exoneraciones decrecientes durante los próximos cuatro meses en su cuota de la Seguridad Social.

Estas exoneraciones serán de:

  • El 90% de la cuota de autónomos del mes de junio (sólo pagarán un 10%)
  •  El 75% de la cuota de autónomos del mes de julio (pagarán un 25%)
  • El 50% de la cuota de autónomos del mes de agosto (abonarán la mitad de su cuota)
  • El 25% de la cuota de autónomos del mes de septiembre (pagarán el 75% de sus cotizaciones)  

De este modo, los autónomos que cotizan por la base mínima tendrán que abonar en junio tan sólo 29 euros; en julio 72 euros; en agosto 145 euros; y en septiembre 216 euros.