Se trata de una novedad para los autónomos porque no es habitual

Una sentencia permite a una autónoma incluir lagunas de cotización en el cálculo de su pensión

La justicia ha dado la razón a una autónoma que reclamó una base superior en su pensión a pesar de no haber cotizado durante 16 años por verse obligada a cuidar a sus hijos. Los autónomos no tienen reconocidas las lagunas de cotización.

Una sentencia permite incluir las lagunas de cotización de una autónoma por cuidar de los hijos en su pensión
Una sentencia permite incluir las lagunas de cotización de una autónoma por cuidar de los hijos en su pensión
Una sentencia permite a una autónoma incluir lagunas de cotización en el cálculo de su pensión

Las lagunas de cotización justificadas por el cuidado de los hijos deben incluirse en la base de cotización utilizada para calcular la pensión aunque el trabajador sea autónomo. Así lo sentenció del Juzgado de lo Social de Granada a favor de una autónoma que reclamó un aumento de su pensión pese haber estado 16 años sin trabajar por cuidar de sus hijos.

La Seguridad Social concedió a la demandante una pensión de jubilación correspondiente a los 28 años que había cotizado. La autónoma jubilada no cotizó ni figuraba como demandante de empleo durante los 16 años que estuvo sin poder ejercer su actividad por tener que cuidar de sus hijos. En principio y para la Seguridad Social, esta gran laguna de cotización no cumplía con los requisitos para estar incluida en su base de cotización.

Sin embargo, la justicia señaló en su sentencia que siempre existió un animus laborandi por parte de la trabajadora, que recuperó su actividad como autónoma pasados esos 16 años, en el momento en que sus hijos dejaron de depender de ella. Además, el falló consideró que su salida temporal de la vida laboral tiene mucho que ver con su condición de mujer, un argumento que sirvió para equiparar su situación a los casos en los que el desempleado está inscrito como demandante de empleo.

A pesar de que la sentencia muestra un importante cambio en la interpretación de la ley, los expertos recomiendan mantener la prudencia. “Se trata de una sentencia novedosa, aunque no sienta precedente. Es un criterio de un magistrado, que tiene cierto sentido, pero para que se convierta en vinculante debería ascender al Tribunal Superior de Justicia, primero, y al Tribunal Supremo, después. Eso sí, quizás otros juzgados sigan esta línea a partir de ahora”, explicó en este sentido a este diario Rubén Mateu, abogado del despacho AGM Abogados.

El problema de las lagunas de cotización de los autónomos sigue sin solucionarse

A pesar de que la búsqueda de soluciones a la integración de las lagunas de cotización para los autónomos lleva siendo una reivindicación histórica de las organizaciones de autónomos e, incluso, fue intención del Gobierno intentar solucionarla hace dos años, lo cierto es que la situación sigue sin encontrar una respuesta por parte del Ejecutivo.

Ya en la ley de Presupuestos Generales del Estado correspondientes a 2021 se recogió el compromiso de iniciar “los trabajos y consultas necesarios para emprender las reformas normativas que supriman la situación discriminatoria que sufren autónomos y trabajadores agrarios respecto de la integración de lagunas de cotización”.

Sin embargo, este compromiso por parte del Gobierno sigue sin concretarse. Tal y como explicaron los expertos consultados a este diario, “todavía no se ha publicado ninguna normativa sobre si, en el caso de que haya una laguna de cotización en la trayectoria de un autónomo por diferentes motivos, ésta se pueda solucionar”.

¿Cómo afectan las lagunas de cotización a los autónomos?

La integración de las lagunas de cotización en la base reguladora es una de las principales reclamaciones de los trabajadores por cuenta propia con respecto al cálculo de la pensión. En este sentido, los autónomos se encuentran en una situación de desigualdad con respecto a los trabajadores por cuenta ajena, ya que “el RETA no contempla la integración de lagunas como el Régimen General, por lo que directamente pasarán como bases cero a la fórmula de cálculo de la base reguladora", tal y como explicaron desde el portal de BBVA ‘Jubilación y Pensión’.

Así, para valorar el impacto de las lagunas de cotización sobre la pensión de los autónomos, basta con calcular, por ejemplo, la prestación de un trabajador por cuenta propia que se jubilará en 2023 y cotizó los últimos 25 años por la base mínima, tomando unos rendimientos netos de 1.300 euros mensuales, y otro que, en las mismas circunstancias, estuvo un año -de los últimos 25- sin cotizar al RETA.

En el primer caso, la base mínima de cotización en dicho tramo será, a partir del 1 de enero, de 950,98 euros. Multiplicando esta cifra por 300 -el número de meses correspondiente a los últimos 25 años-, el resultado sería de 285.294 euros, que habría que dividir entre 350 para incluir las dos pagas extras que recibe el pensionista. Así, resultaría en una pensión de 815,12 euros a percibir en 14 pagas.

Realizando el mismo cálculo en el segundo caso, y restando los doce meses que el autónomo permaneció sin cotizar en los últimos 25 años, la pensión resultante ascendería a 782,52 euros mensuales, 32,60 euros menos, al mes. O, lo que es lo mismo, 456,40 euros menos cada año en su jubilación.

Esto, en el mejor de los casos, ya que dicha cantidad aumentaría de forma significativa a medida que la base sea mayor a la mínima. Se trata de una cuestión que seguirá cobrando especial relevancia a partir del próximo 1 de enero, cuando entre en vigor el nuevo sistema de cotización para autónomos en base a rendimientos netos.