Las startups llevan meses esperando para recibir el “sello” que les permitirá acceder a ayudas fiscales
El pasado 23 de diciembre entró en vigor la Ley de Startups, una normativa que incluye una serie de incentivos para las conocidas como “empresas emergentes” o “empresas innovadoras”.
Más de tres meses después de su entrada en vigor, el Gobierno todavía no ha publicado la Orden Ministerial con la que se establecerán los criterios oficiales por los que una empresa es considerada “innovadora”.
Para que los autónomos al mando de este tipo de negocios disruptivos puedan acceder a las deducciones fiscales recogidas por la nueva ley, primero deberán haber recibido lo que se conoce como “sello startup”, algo que sólo podrá conceder Enisa una vez se conozcan dichos criterios.
Los negocios que logren 'pasar el corte' y ser considerados innovadores, emergentes o startups podrán acogerse a algunos beneficios fiscales como, por ejemplo, tributar a un tipo nominal reducido del 15% en el Impuesto de Sociedades durante los dos primeros años; aplazar sus autoliquidaciones hasta un año y sin recargo; utilizar hasta 50.000 euros en acciones exentos de tributar para pagar a sus empleados; o crear su negocio sin pagar tasas y en una media de seis horas.
Al Gobierno le quedan sólo tres meses para publicar la Orden Ministerial
A principios de noviembre de 2022, y tras un año pendiente de aprobación en la Cortes, el Congreso dio luz verde al Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como “Ley de Startups”.
Poco más de un mes después, la nueva normativa entró en vigor, prometiendo una serie de ventajas y deducciones fiscales para todos aquellos negocios considerados como “innovadores” y “emergentes”.
Sin embargo, aunque el propio texto fijó una serie de condiciones que deberían cumplir las empresas emergentes para ser consideradas startups y, por tanto, para poder acogerse a estos beneficios a partir de enero de 2023, en realidad, es necesario que el Gobierno realice un trámite intermedio.
Según explicaron desde Europa Press, el Ministerio de Asuntos Económicos debe primero publicar la Orden Ministerial que establezca los criterios por los que una empresa puede ser considerada “innovadora”.Estos criterios son los que permitirán a Enisa, entidad dependiente del Ministerio de Industria, “conceder los bautizados como “sellos startup”, que darán acceso a la deducciones fiscales recogidas por la nueva ley”.
Según aseguraron fuentes del órgano a Europa Press, “el plazo legal es de seis meses, y los técnicos del Ministerio de Asuntos Económicos y Enisa se encuentran trabajando en su redacción”.
Teniendo en cuenta que la Ley de Startups entró en vigor el 23 de diciembre de 2022, al Gobierno le quedarían menos de tres meses para publicar los criterios y permitir que las empresas innovadoras puedan acceder a las deducciones fiscales anunciadas.
Mientras el sector espera la publicación de la Orden Ministerial, Enisa ha habilitado en su portal web un formulario con el objetivo de que los autónomos al mando de una empresa innovadora puedan realizar un registro previo “y se agilicen los trámites una vez el sello ya esté disponible”.
La pasada semana, la secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, Carme Artigas, señaló que cerca de 1.600 empresas ya se han registrado para poder acceder al sello.
El Gobierno ya ha incumplido algunos plazos recogidos en la ley
En la Ley de Startups se incluyó también un plazo para la aprobación de un Real Decreto con el que se crease el marco legal para registrar este tipo de empresas. Concretamente, tal y como recoge la normativa, este trámite podrá hacerse de forma telemática y en un plazo de seis horas.
Sin embargo, tal y como adelantaron desde Europa Press, la pasada semana el Gobierno incumplió el plazo estipulado en la normativa. Esta información ya ha sido confirmada por fuentes del Ejecutivo, quienes, según la agencia de información, atribuyeron este hecho “a la complejidad técnica del decreto y la necesidad de coordinar a varios ministerios”.
Desde su entrada en vigor, según recoge la ley, el Gobierno disponía de un total de tres meses para aprobar este Real Decreto, con el que se regularán los llamados “estatutos tipo”.
“Estos textos legales se elaborarían para ejercer como una especie de plantilla ajustada a las necesidades de las “startups”, con el objetivo de rebajar la burocracia de su constitución legal y acelerar su figuración en el Registro Mercantil”, según explicaron.
Estas son algunas de las ventajas fiscales a las que se tendrá derecho
-
Podrán tributar a un tipo del 15% en Sociedades
La medida más importante que incluye la nueva ley de startups es la reducción hasta un 15% en el tipo que deberán pagar las empresas que sean consideradas "emergentes" en el Impuesto de Sociedades.
Según dice la norma, los contribuyentes de estos impuestos que tengan la condición de empresa emergente tributarán en el primer período impositivo en que, teniendo dicha condición, la base imponible resulte positiva y en los tres siguientes, siempre que mantengan la condición citada, al tipo del 15% en Sociedades.
-
Aplazamientos especiales
La Administración también concederá durante los dos primeros años aplazamientos especiales, sin que sean necesarias garantías, en el pago de impuestos a las startups. Estos aplazamientos serán por un período de doce y seis meses, respectivamente, desde la finalización del plazo de ingreso en período voluntario de la deuda tributaria correspondiente a los citados períodos impositivos.
Para disfrutar de este beneficio, será necesario que el solicitante se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en la fecha en que se efectúe la solicitud de aplazamiento y, además, que la autoliquidación se presente dentro del plazo establecido.
-
Podrán utilizar hasta 50.000 euros anuales exentos de tributar para retribuir a sus empleados
La nueva ley permite también a las startups utilizar hasta un 20% de sus acciones para la fórmula denominada "stock option", es decir, retribuir con participaciones a sus empleados.
Además, se mejora la fiscalidad de estas fórmulas retributivas basadas en la entrega de acciones o participaciones a los empleados elevando el importe de la exención de los 12.000 a los 50.000 euros anuales en el caso de entrega de acciones o participaciones a los empleados de empresas emergentes.
-
Reducción de garantías para las startups que quieran acceder a subvenciones
Para las startups que estén accediendo a una subvención, si ésta está condicionada a alguna prestación de garantías, la empresa emergente beneficiaria podrá solicitar que la garantía se reduzca a cambio de disminuir en la misma proporción el importe de la ayuda o del pago anticipado.
Para ello tendrán que estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social durante los últimos cinco ejercicios y no haber incurrido en procedimiento de reintegro de ninguna subvención otorgada con anterioridad.