Se incluyen en la nueva Ley de Startups

Las ventajas fiscales que disfrutarán los autónomos y negocios que se consideren "innovadores" en 2023

El Congreso aprobó la semana pasada la nueva ley de startups, que pondrá en marcha a partir del 1 de enero de 2023 varias novedades fiscales para los negocios que sean considerados innovadores y "emergentes". Éstas son las ayudas que entrarán en vigor y los requisitos para beneficiarse de ellas.
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Todas las ayudas fiscales para autónomos y negocios digitales que entrarán en vigor con la Ley de Startups
Las ventajas fiscales que disfrutarán los autónomos y negocios que se consideren "innovadores" en 2023

El Congreso dio luz verde el pasado jueves al Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocido como 'Ley de Startups', que lleva un año en las Cortes pendiente de aprobación. Tras el visto bueno de la cámara, la nueva normativa entrará en vigor a partir de enero de 2023 y traerá varias novedades fiscales para miles de autónomos al frente de lo que se considere, en base a unos criterios generales, negocios innovadores y emergentes. 

La ley recién aprobada por las cortes aclara que las nuevas ayudas y la ampliación de varias deducciones van dirigidas a dar una mayor cobertura y respaldo económico a aquellos negocios que denomina "emergentes". De hecho, el propio texto fija las condiciones que deberán cumplir las empresas emergentes para ser consideradas startups y poder acogerse a estos beneficios a partir de enero de 2023.

Algunos de los principales requisitos serían tener, en general, menos de cinco años, ampliables a siete para los negocios de algunos sectores como la biotecnología;  o "desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable". Se da la potestad a la empresa Enisa para determinar qué autónomos sí y cuáles no están al frente de una actividad "innovadora". Algo que, sin embargo, ha causado polémica entre varios sectores de autónomos que están soportando grandes subidas de costes y ven cómo van a quedar una vez más fuera de las ayudas del Gobierno por el mero hecho de no ser  considerado startups.

Los negocios que logren 'pasar el corte' y ser considerados innovadores, emergentes o startups podrán acogerse a algunos beneficios fiscales como, por ejemplo, tributar a un tipo nominal reducido del 15% en el Impuesto de Sociedades durante los dos primeros años; aplazar sus autoliquidaciones hasta un año y sin recargo; utilizar hasta 50.000 euros en acciones exentos de tributar para pagar a sus empleados; o crear su negocio sin pagar tasas y en una media de seis horas.

A continuación, se resumen las principales ayudas y beneficios fiscales a los que se podrán acoger las startups y empresas "emergentes" a partir del 1 de enero de 2023, a expensas de la publicación de la nueva ley en el BOE.

Nuevas ayudas y beneficios fiscales para los negocios innovadores que sean considerados "startups"

Podrán tributar a un tipo del 15% en Sociedades

La medida más importante que incluye la nueva ley de startups es la reducción hasta un 15% en el tipo que deberán pagar las empresas que sean consideradas "emergentes" en el Impuesto de Sociedades. Según dice la norma,  los contribuyentes de estos impuestos que tengan la condición de empresa emergente tributarán en el primer período impositivo en que, teniendo dicha condición, la base imponible resulte positiva y en los tres siguientes, siempre que mantengan la condición citada, al tipo del 15% en Sociedades.

Aplazamientos especiales 

La Administración también concederá durante los dos primeros años aplazamientos especiales, sin que sean necesarias garantías, en el pago de impuestos a las startups. Estos aplazamientos serán por un período de doce y seis meses, respectivamente, desde la finalización del plazo de ingreso en período voluntario de la deuda tributaria correspondiente a los citados períodos impositivos. Para disfrutar de este beneficio, será necesario que el solicitante se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en la fecha en que se efectúe la solicitud de aplazamiento y, además, que la autoliquidación se presente dentro del plazo establecido.

Las personas sin nacionalidad española podrán invertir en estos negocios considerados startups

Para fomentar la inversión en startups españolas se permitirá que las personas físicas que carezcan de la nacionalidad española y que deseen invertir en empresas emergentes españolas y no residan en España, soliciten a la Agencia Estatal de Administración Tributaria española un número de identificación fiscal. No estarán obligadas, a estos efectos, a obtener un número de identidad de extranjero.

Las startups podrán utilizar hasta 50.000 euros anuales exentos de tributar para retribuir a sus empleados

La nueva ley permite también a las startups utilizar hasta un 20% de sus acciones para la fórmula denominada "stock option", es decir, retribuir con participaciones a sus empleados. Además, se mejora la fiscalidad de estas fórmulas retributivas basadas en la entrega de acciones o participaciones a los empleados elevando el importe de la exención de los 12.000 a los 50.000 euros anuales en el caso de entrega de acciones o participaciones a los empleados de empresas emergentes.

Trámites más baratos y ágiles para crear un negocio innovador o startup

Otra de las novedades que trae la ley de startups es la reducción de costes y de tiempo a la hora de crear uno de estos negocios. En el último proyecto debatido por el Congreso en octubre, un mes antes de su aprobación, se rebajaron los aranceles notariales y registrales, en el caso de que los emprendedores que se acojan a los estatutos tipo adaptados a las necesidades de las empresas emergentes y utilicen el sistema de tramitación telemática del Centro de Información y Red de Creación de Empresa. Si su capital social es inferior a 3.100 euros, tendrían que pagar  60 y 40 euros respectivamente. Ahora bien, se llegó a proponer que estos trámites fueran gratis. Habrá que esperar a que la norma salga publicada en el BOE para ver si se logró incluir esta última medida.

Así mismo, el Gobierno informó que se agilizarán los trámites para que se tarde una media de 6 horas en crear una empresa y hasta un plazo máximo de 5 días para algunos casos especiales con estatutos personalizados. Además, la publicación de los actos de inscripción en el Boletín del Registro Mercantil  estará exenta del pago de tasas.

Las startups podrán perder hasta la mitad de su patrimonio sin tener que disolver la sociedad

Otra de las novedades de la nueva ley de startups es que se permitirá durante los tres primeros años que las empresas emergentes no incurran en causa de disolución por pérdidas si ven reducido su patrimonio neto hasta la mitad de su capital social, siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso.

Aumento de las deducciones por invertir en este tipo de startups

La ley también aumenta la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación, incrementando el tipo de deducción del 30 al 50% y aumentando la base máxima de 60.000 a 100.000 euros. Asimismo, se eleva, con carácter general, de tres a cinco años el plazo para suscribir las acciones o participaciones, a contar desde la constitución de la entidad, y hasta siete para determinadas categorías de empresas emergentes. Además, para los socios fundadores de empresas emergentes se permite la aplicación de esta deducción con independencia de su porcentaje de participación en el capital social de la entidad.

Reducción de garantías para las startups que quieran acceder a subvenciones

Para las startups que estén accediendo a una subvención, si ésta está condicionada a alguna prestación de garantías, la empresa emergente beneficiaria podrá solicitar que la garantía se reduzca a cambio de disminuir en la misma proporción el importe de la ayuda o del pago anticipado.

Para ello tendrán que estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social durante los últimos cinco ejercicios y no haber incurrido en procedimiento de reintegro de ninguna subvención otorgada con anterioridad.

Educación en emprendimiento innovador

La norma también indica que las Administraciones Públicas promoverán el desarrollo de programas educativos en materia de emprendimiento y habilidades digitales, incluyendo aquellos nacidos de la colaboración público-privada, particularmente en entornos rurales o con escasa densidad de población para fomentar la creación de empresas emergentes en estas ubicaciones.

¿Qué negocios serán considerados 'startups' y tendrían derecho a beneficiarse de las nuevas ayudas fiscales?

Para acceder a las ayudas y beneficios fiscales recogidos en la nueva ley de startups, los negocios deberán cumplir los siguientes requisitos, que serán verificados por Enisa:

  • Ser de nueva creación  o que no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, o Registro de Cooperativas competente, de la escritura pública de constitución, con carácter general. Este plazo se puede ampliar a siete años en el caso de empresas de biotecnología, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia, diseñada íntegramente en España.
  • No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no tengan consideración de empresas emergentes.
  • Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
  • El 60 % de la plantilla deberá tener un contrato laboral en España. En las cooperativas se computarán dentro de la plantilla, a los solos efectos del citado porcentaje, los socios trabajadores y los socios de trabajo, cuya relación sea de naturaleza societaria.
  • Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable. Esta consideración la otorgará la empresa Enisa
  • No distribuir ni haber distribuido dividendos, o retornos en el caso de cooperativas.
  • No cotizar en un mercado regulado.
  • No podrán acogerse a los beneficios de la Ley aquellas empresas emergentes fundadas o dirigidas por una persona que no esté al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, haya sido condenada por sentencia firme por un delito de administración desleal, insolvencia punible, delitos societarios, delitos de blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, por delitos contra la Hacienda pública y la Seguridad Social, por delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales o por delitos urbanísticos así como a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. 

Por otro lado, la norma dice que se considerará que una empresa emergente es innovadora "cuando su finalidad sea resolver un problema o mejorar una situación existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica y que lleve implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial o en el propio modelo de negocio".

Para determinar esta calificación, "los emprendedores que quieran acogerse a los beneficios y especialidades de esta Ley deberán solicitar a ENISA, Empresa Nacional de Innovación SME S.A., que evalúe todas las características, además del criterio del carácter innovador de su modelo de negocio. La innovación propuesta podrá ser de producto o de negocio". El procedimiento de evaluación llevado a cabo por ENISA se efectuará en un plazo no superior a tres meses.