Se podrán solicitar hasta el próximo 12 de agosto

Los autónomos de Castilla y León disponen de nuevas ayudas de hasta 6.000 euros para contratar empleados

El pasado junio, el Gobierno de Castilla y León lanzó una nueva convocatoria de ayudas para que los autónomos de la región puedan contratar empleados. Pueden solicitarse hasta el próximo 12 de agosto.
Se podrán solicitar hasta el próximo 12 de agosto.
Los autónomos de Castilla y León disponen de nuevas ayudas de hasta 6.000 euros para contratar empleados

Los autónomos de Castilla y León pueden acceder a ayudas a la contratación hasta el próximo 12 de agosto, dentro de las subvenciones dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena. Estas subvenciones tienen un importe máximo de 6.000 euros, y pretenden incentivar la incorporación de nuevos empleados en los negocios de los trabajadores por cuenta propia. 

En concreto, existen varios programas que los trabajadores por cuenta propia pueden solicitar. Tres de ellos, están enfocados a fomentar la contratación indefinida:

  • Programa I. Para formalizar contratos indefinidos ordinarios a tiempo completo, con personas desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo incluidas en determinados colectivos.
    • Jóvenes menores de 30 años.
    • Desempleados de larga duración.
    • Personas de más de 45 años de edad.
    • Mujeres.
    • Personas con discapacidad.
    • Personas en riesgo de exclusión social. 
    • Inmigrantes; personas refugiadas o que tengan reconocido el derecho de asilo. 
    • Emigrantes castellanos y leoneses retornados del extranjero.
  • Programa II. Para fomentar la contratación indefinida ordinaria del primer trabajador empleado.
  • Programa III. Para llevar a cabo la transformación en indefinidos a tiempo completo de determinados contratos temporales:
    • Contratos de formación en alternancia.
    • Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional.
    • Contratos temporales con cláusula específica de relevo.
  • Programa IV está dirigido a la ampliación a tiempo completo de la jornada de los contratos indefinidos ordinarios a tiempo parcial de las mujeres.

¿Qué autónomos pueden solicitar las ayudas a la contratación en Castilla y León?

Los programas I, III y IV tienen por beneficiarios a los trabajadores por cuenta propia -autónomos personas físicas-, y personas jurídicas, entre otros, con centro de trabajo en Castilla y León.

El programa II está disponible para los trabajadores por cuenta propia -autónomos personas físicas- establecidos en Castilla y León.

Las ayudas para los autónomos pueden alcanzar los 6.000 euros, según el tipo de programa y colectivo de la persona contratada

Estas subvenciones alcanzarán cuantías máximas diferentes según el tipo de programa que solicite el autónomo y el perfil del asalariado en cuestión. Así:

  • Con el programa I
    • 4.500 euros si, en la fecha en que se inicia la contratación, el trabajador contratado pertenece a alguno de los colectivos considerados vulnerables.
    • 5.000 euros, para el caso en que, en la fecha de inicio de la contratación, el trabajador contratado sea emigrante castellano y leonés retornado del extranjero, siempre y cuando el retorno se haya producido en el mes inmediatamente anterior a la fecha de la contratación.
  • Con el programa II:
    • 5.500 euros si, en la fecha en que se inicia la contratación, el trabajador contratado pertenece a alguno de los colectivos considerados vulnerables.
    • 6.000 euros, para el caso en que, en la fecha de inicio de la contratación, el trabajador contratado sea emigrante castellano y leonés retornado del extranjero, siempre y cuando el retorno se haya producido en el mes inmediatamente anterior a la fecha de la contratación.
  • Con el programa III:
    • La cuantía de la subvención por la formalización de cada transformación contractual subvencionable será de 2.500 euros.
  • Con el programa IV:
    • Cada ampliación de jornada tendrá una cuantía subvencionable de 2.000 euros, que podrá ser incrementada en 1.500 euros si la ampliación se realiza a una mujer con menos de 30 años de edad.

Se consideran subvencionables las contrataciones, transformaciones contractuales y ampliaciones de jornada cuando la fecha de inicio se haya producido entre los días 3 de octubre de 2023 y 2 de agosto de 2024 -ambos inclusive-.