Canarias lanza ayudas para los autónomos dedicados al cultivo y venta de frutas, hortalizas y otras plantas
El programa para fomentar la venta de productos agrícolas canarios, con un presupuesto de 25 millones de euros, está dirigido a agricultores individuales, afiliados a organizaciones de productores y a cooperativas.
Con el objetivo de incentivar la comercialización de sus producciones locales, y contribuir así con el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, el Gobierno del archipiélago mantiene en marcha una línea de ayudas, con un presupuesto cercano a los 25 millones de euros, para todos aquellos agricultores dedicados a la producción de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, flores y plantas vivas recolectadas en suelo canario.
Estas subvenciones están especialmente dirigidas a productores agrícolas que comercialicen las mercancías anteriormente mencionadas y que se encuentren afiliados a alguna de las organizaciones de productores reconocidas en las islas. El plazo de solicitud de estas ayudas concluye el 1 de agosto de 2024.
Pueden solicitar las ayudas los autónomos agricultores, afiliados a organizaciones de productores o los agrupados en cooperativas
El montante exacto de estas ayudas es de 24,2 millones de euros, y sus beneficiarios son todos aquellos agricultores y pequeñas explotaciones agrarias que pongan a disposición de los consumidores todo tipo de frutas y hortalizas; de raíces y tubérculos destinados a la alimentación; de plantas vivas, flores cortadas o esquejes; de plantas medicinales y/o aromáticas; y de caña de azúcar en cualquiera de las islas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Para acogerse a esta subvención, los productores deberán ser agricultores en activo, y cumplir con los siguientes requisitos:
- Que sus superficies productivas se encuentren ubicadas dentro de la Comunidad Autónoma de Canarias, y debidamente identificadas en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas de Canarias (SIGPAC), regulado por el Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre. Un registro oficial cuyo cometido es la gestión administrativa de las ayudas de la Política Agrícola Común.
- Solicitar esta ayuda para la presente campaña 2024.
- Si se trata de cooperativas, sociedades agrarias de transformación o de uniones de éstas que comercialicen de forma conjunta su producción, o de una entidad jurídica reconocida como agrupación u organización de productores, en este caso deberán ser estas las que presenten la solicitud. En este caso particular, la superficie mínima por agricultor individual y producto deberá ser de 300 metros cuadrados.
- Si se es socio de una agrupación u organización de productores, se debe estar afiliado a una organización de productores de frutas y hortalizas (OPFH) o bien a una agrupación de productores que esté reconocida legalmente por las autoridades de los cabildos insulares.
- En el caso de que se solicite el importe de ayuda por ser “productor agrupado”, las superficies productivas deberán estar inscritas en los Ficheros de Afiliados del Registro de Agrupaciones y Organizaciones de Productores Agrarios de Canarias en la campaña por la que solicita la ayuda, y la declaración de entregas de las producciones por las que se solicita la ayuda antes del 31 de enero de 2025.
- En el caso de producción de plantas ornamentales, de flores y de esquejes para replantar, tendrán la consideración de “productor agrupado”, además de los afiliados a una OPFH o a una agrupación de productores, los socios de cooperativas, sociedades agrarias de transformación (SAT) y/o de uniones de éstas que comercialicen su producción de forma conjunta.
- Si se solicita el importe de ayuda incrementado por tener la producción asegurada, es necesario tener una póliza suscrita por producto, incluida en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados y en vigor para la campaña 2024.
- Los productores ecológicos individuales o agrupados, deberán constar inscritos en el Registro de Producción Ecológica. Y sólo podrán pedir estas ayudas referenciadas a aquellos productos para los que tengan certificado vigente a fecha de presentación del programa de producción y comercialización.
Los autónomos beneficiarios deben comercializar al menos el 80% de la producción
Igualmente, a fin de poder ser incluidos en estas subvenciones, los productos objeto de ayuda deberán ser o haber sido cosechados y comercializados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. Y para optar al complemento de ayuda para productos tropicales, además de las condiciones anteriores, debe haberse comercializado alguno de los siguientes productos: papayas, mangos, aguacates y otros, fuera de Canarias, pero en el resto del territorio de la Unión Europea.
En cuanto a los costes subvencionables, quedan amparados por estas ayudas las acciones de producción y comercialización de las producciones agrícolas mencionadas en forma de euros por tonelada comercializada; dependiendo, eso sí, del tipo de producto agrícola y de si la producción está o no asegurada.
Es preciso tener en cuenta además que sólo puede computarse la ayuda por la producción comercializada, no así la de los excedentes. Sin embargo, si la producción y comercialización supera lo previsto, se abonará hasta un 20% más de lo programado por producto como máximo. Eso sí, para obtener el beneficio total de las ayudas, debe comercializarse al menos el 80% de lo programado.