Nuevas ayudas directas para la creación y consolidación de los pequeños negocios de Logroño
Los emprendedores y pequeños negocios de Logroño van a poder acceder a varias líneas de ayudas que acaba de aprobar el Ayuntamiento. Las subvenciones se dividen en dos programas: el primero destinado a nuevas iniciativas de emprendimiento y el segundo a la consolidación empresarial y al relevo generacional.
Según informó el Ayuntamiento de Logroño, la Junta de Gobierno Local ha aprobado la convocatoria ordinaria de estas ayudas para el año 2024, que será publicada en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR) en los próximos días, así como un presupuesto de 174.000 euros que se repartirá en dos líneas de ayudas y en un total de cuatro programas.
Concretamente, las ayudas aprobadas se destinarán, por un lado, a nuevas iniciativas y a nuevas iniciativas comerciales. Por otro lado, el resto de líneas de ayudas se van a destinar a la consolidación empresarial y al relevo generacional.
Nuevas ayudas para crear y consolidar negocios en Logroño
Según explicaron desde el Ayuntamiento de Logroño, la primera línea, denominada ‘Nuevas iniciativas’, consta de dos modalidades:
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La modalidad A, ‘Nueva iniciativa’, está destinada a financiar la creación de microempresas que inicien una actividad económica y se instalen en el término municipal de Logroño. La cuantía de estas subvenciones alcanzará los 3.500 euros, cuantía que se incrementará en 500 euros en aquellas actividades económicas que se ubiquen en el centro histórico de la ciudad.
- La principal novedad radica, en este caso, en la modalidad B de las subvenciones, denominada ‘Nueva iniciativa comercial’, que busca financiar parcialmente la creación de microempresas que inicien una actividad económica, exclusivamente comercial, en Logroño. Se trata de una línea que sustituye a otra existente en los últimos años dirigida a empresas tecnológicas y que no había contado con beneficiarios en los últimos tres años. Las actividades que se enmarquen en esta nueva modalidad de apoyo a las nuevas iniciativas comerciales deberán encajarse necesariamente en alguno de los grupos de la Clasificación Nacional de actividades Económicas (CNAE) que se recogen en las bases. En este caso, las subvenciones podrán tener una cuantía de 5.000 euros.
Por otro lado, la segunda línea, denominada ‘Consolidación empresarial’, consta también de dos modalidades:
- La modalidad A, ‘Consolidación empresarial’, está destinada a financiar parcialmente los gastos que realicen las microempresas (oficinas, bajos comerciales, instalaciones o talleres) para favorecer su modernización, digitalización y adaptación que permita la continuidad y consolidación de las mismas en el término municipal de Logroño. Las subvenciones alcanzarán en este caso hasta un máximo de 2.500 euros de los gastos subvencionables que se incluyen en el proyecto de bases.
- La modalidad B, ‘Relevo generacional’, está pensada para apoyar el relevo generacional y ayudar así a la continuidad empresarial. Los gastos subvencionables en esta modalidad incluyen la realización de un plan de viabilidad de empresa o plan de relevo; los costes de los servicios profesionales de elaboración y redacción de un proyecto de reforma y/o decoración; obras de reforma, acondicionamiento y actualización de la superficie de exposición y venta del local, así como de la fachada exterior del establecimiento donde se va a desarrollar la actividad de relevo (puertas, letreros, carteles, toldos, etc.). También se subvencionará la adquisición de equipamiento y mobiliario para la zona de venta y exposición del local; la realización de un plan de comunicación y marketing relacionado con la actividad; gastos de formación, gastos derivados de actuaciones o servicios de digitalización, y gastos derivados de la contratación de servicios de asistencia técnica especializada. Las cuantías de subvención alcanzarán hasta un máximo de 3.000 euros de los gastos subvencionables para el sucesor de la actividad, autónomo o microempresa que cumplan los requisitos, y serán de 500 euros para el transmitente de la actividad (novedad significativa que trata de poner en valor la colaboración y acompañamiento en el proceso de relevo).
El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará a las 9:00 horas del día siguiente hábil al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOR y finalizará a las 14:00 horas del 30 de septiembre de 2024.