Pendiente de fijar los plazos de solicitud

Ayudas de hasta 20.000 euros para los vendedores ambulantes

La Comunidad de Madrid pretende poner en marcha una línea de financiación para la concesión de ayudas al comercio ambulante en la región. Los vendedores ambulantes podrán beneficiarse de subvenciones de hasta 20.000 euros destinadas a la modernización, innovación y mejora de este sector.

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Ayudas de hasta 20.000 euros para los vendedores ambulantes

La Comunidad de Madrid pretende poner en marcha una serie de ayudas a la venta ambulante. Actualmente, se estima que en España hay alrededor de 5.000 mercadillos y 174.000 puestos de venta ambulante. Se calcula que este sector que cuenta con alrededor de 60.000 trabajadores autónomos registrados mueve en torno a los 1500 millones de euros anuales. Sin embargo, hasta hace pocos años, el comercio ambulante ha estado poco regularizado.

Con esta línea de subvención se pretende incentivar la modernización, innovación y mejora de este sector que reúne a 2774 autónomos en la región, según su registro general de vendedores ambulantes.

Las ayudas prestadas por la Comunidad consistirán en subvenciones directas del 75% de las inversiones presentadas y realizadas por el comerciante entre el 31 de julio de 2017 y el 1 de agosto de este año. El límite de estas ayudas asciende hasta 20.000 euros destinados a cubrir gastos de inversión relacionados con la adaptación y modernización de los puestos.

Gastos de inversión subvencionables

Los gastos de inversión realizados por el vendedor ambulante y que la comunidad de Madrid considera subvencionables:

Adquirir o adaptar un vehículo destinado a la venta ambulante o que sirva como herramienta para el desarrollo de la actividad

Compra de toldos, instalaciones metálicas, carpas o estructuras similares destinadas a renovar el puesto de venta

Adquirir mobiliario o equipamiento que sirva para la exposición de los productos

Compra de cualquier otro equipamiento específico como pueden ser las carretillas elevadoras o equipamiento para la conservación en frío de los productos.

Adquisición de equipos informáticos y software que vayan a destinarse exclusivamente al comercio ambulante. Ejemplo de ello pueden ser las balanzas electrónicas o las cajas registradoras conectadas en red.

Beneficiarios de las ayudas

Podrán ser beneficiarios de este régimen de ayudas los pequeños negocios y emprendedores que se adapten a una serie de requisitos. Los autónomos deberán estar establecidos en cualquier estado miembro del espacio económico europeo y desarrollar su actividad de comercio en, al menos, dos municipios madrileños.

La subvención abarca desde los más pequeños hasta los más grandes ya que el límite se establece para todos los negocios interesados que tengan menos de 50 personas empleadas y un volumen de negocios anual o un balance general anual que no supere los 10.000.000 de euros. Además, su actividad debe incluirse en el epígrafe 663 del Impuesto de Actividades Económicas (dedicado a la venta ambulante) y no deben estar incursos en las prohibiciones establecidas por la ley general de subvenciones.

Criterios de valoración de solicitudes

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) indica que el procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva, hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios disponibles.

Las solicitudes de subvención se evalúan con criterios de valoración basados en puntuaciones con un límite máximo de 45 puntos.

Adquirir o adaptar un vehículo destinado a la venta ambulante o que sirva como herramienta para el desarrollo de la actividad se valora con hasta diez puntos.

La compra de equipamiento y mobiliario especializado que sea necesario para el desarrollo de la actividad comercial y en especial para la exposición de productos, suma hasta diez puntos.

- Que el vendedor solicitante esté inscrito en alguna asociación profesional del sector, con fecha anterior a la presentación de la solicitud se valora con cinco puntos.

- Adquirir equipos informáticos, tanto hardware como software, dirigidos a su utilización en el comercio ambulante puede sumar hasta diez puntos en la valoración.

- Que más del 50% de la plantilla del negocio este contratada de forma indefinida. En el caso de trabajadores autónomos, se entenderá que tienen un contrato de carácter indefinido. Este criterio de estabilidad en el empleo se valorará con hasta diez puntos.

Una vez evaluadas las solicitudes de subvención y realizado el recuento de puntos, se establecerá un orden de candidatos que puedan optar a estas ayudas. En caso de empate a puntos, tendrán preferencia aquellos proyectos que se basen en algún asesoramiento o estudio de desarrollo comercial con antigüedad inferior a dos años. En caso de mantenerse el empate, se resolverá atendiendo al orden de entrada en el registro de la solicitud de ayuda. La resolución y notificación a los beneficiarios de las ayudas se realizará con un máximo de seis meses contados desde la publicación de la convocatoria.